POR LA LIBERTAD

¿Vacunación forzosa o voluntaria?

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Una “Ley de Vacunación” (Iniciativa 5342) está por aprobarse. De hecho, hoy está prevista la discusión por artículos y aprobación final del decreto que le daría vida. Como en todas las leyes, las intenciones son buenas, pero las consecuencias no necesariamente.

' “A la fuerza, hasta el agua es mala”. La vacunación no debe ser obligatoria, debe ser voluntaria.

Ramón Parellada C.

Puede ser que la redacción no esté tan clara en algún punto donde podría implicarse una obligatoriedad de vacunación. Al leer la iniciativa de ley no parece haber obligatoriedad, pero el artículo 17 dice textualmente que “es obligación de padres, madres, tutores o representantes legales que sus niñas, niños y adolescentes se vacunen de conformidad con el Esquema Nacional de Vacunación”. Es obvio que la vacunación, según este párrafo, es obligatoria. Y si no se hace, hay una penalización que no está definida, pero sí está indicada en el artículo 20.

“A la fuerza, hasta el agua es mala”. La vacunación no debe ser obligatoria, debe ser voluntaria. En el pasado, el Gobierno ha sido exitoso en sus campañas de vacunación y no eran obligatorias. Pero el cuestionamiento viene porque considero que el Gobierno no tiene derecho a meterle ninguna sustancia ajena a ninguna persona que no dé su consentimiento por más razones que pueda tener. Hay muchas justificaciones por las que algunas personas no quieren vacunarse y debemos respetar sus decisiones. Pueden ser por motivos religiosos, desconfianza a esa vacuna y por lo que sea, tengan razón o no. Es su decisión. Es su derecho a escoger libremente lo que crea que mejor le convenga.

El artículo 17 podría dejar de implicar obligatoriedad cambiando la palabra “obligatorio” por “responsabilidad” y aclarar el artículo 20 sobre la penalización, para que no caiga sobre los ciudadanos, sino sobre los miembros del nuevo ente burocrático que se establece en el artículo 7, “Consejo Nacional Asesor para Inmunizaciones”. Aunque en lo personal eliminaría totalmente el artículo 20.

No se necesita una ley, ni crear un nuevo ente burocrático, ya que esta función es parte del Ministerio de Salud. Que lo lleve a cabo o no implica otro tipo de responsabilidades y sanciones ya establecidas en las leyes actuales. Es terrible ver que este nuevo ente se integrará por 10 representantes de instituciones como el Ministerio de Salud, el IGSS, el Ministerio de Finanzas, la Asociación Guatemalteca de Enfermedades Infecciosas, la Asociación Pediátrica de Guatemala, la Asociación de Medicina Interna de Guatemala, la Asociación de Gineco-Obstetricia de Guatemala, la Asociación Guatemalteca de Enfermeras Profesionales, el Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala y un representante de todas las facultades de Medicina y Ciencias de la Salud reconocidas legalmente en Guatemala. Pareciera que quienes lo proponen creen que les sobrará el tiempo a estos profesionales para poder dedicarse a algo técnico que debería hacer el Ministerio de Salud.

Por si esto fuera poco, el financiamiento vendrá de los impuestos específicos a la distribución de bebidas y al del tabaco. Estos impuestos ya tienen destino específico, por lo que no me queda claro si están modificando ese destino para que de ahí se aseguren un determinado monto o si hay que incrementar las tasas de dichos impuestos. Esta iniciativa pretende un mínimo de Q350 millones anuales o el 50% de dichos impuestos si se supera esta cantidad. En 2019, la recaudación entre ambos impuestos fue de Q1,231.70 millones. El 50% sería Q615.85 millones. Sea como sea, si no se incrementa el impuesto, esos recursos dejarán de usarse en otro destino que ya tiene. Mi sospecha es que debemos prepararnos para pagar más por bebidas de todo tipo y tabaco, lo cual fomentará más el mercado informal.

ESCRITO POR:

Ramón Parellada

Empresario. Catedrático universitario. Director del Centro de Estudios Económico-Sociales (CEES).