Desnudan, también, un sistema judicial en el que la delación y la arbitrariedad reinaban. Los personajes de estas historias, quizás, no contaron con un abogado “de número” o gratuito, pues apenas habían sido autorizados el 30 de noviembre de 1799.
En ese entonces, el alcaide de la prisión presentaba la denuncia al juez —quien alternaba ese cargo con el de alcalde durante ciertos períodos—. Este era quien conocía las causas civiles y criminales, siempre que no fueran políticas.
“Vivían en un caótico sistema normativo”, sintetiza el exmagistrado Luis Fernández Molina. Ni siquiera había sido promulgada la Constitución de Cádiz de 1812, el primer antecedente de la Carta Magna.
Los delitos de amancebamiento —trato sexual habitual entre hombre y mujer no casados entre sí— y amistad ilícita, aunque pertenecían al ámbito privado, se consideraban que afectaban a la sociedad en su conjunto, a la integración social, afirma Fernández, quien, además, cuenta que en el país el delito por adulterio fue abolido hasta hace poco más de una década.
Aunque en el código todavía permanece imborrable el estupro, que se comete cuando una menor accede a tener relaciones sexuales a cambio de una falsa promesa de matrimonio.
Tampoco existía la presunción de inocencia como hoy se entiende, la cual está establecida en la Constitución de 1985. Su concepción deriva del pensamiento liberal francés, que busca la protección de las personas mediante un proceso penal justo, explica el abogado Gustavo Martínez.
Brígida y Manuel
Brígida Soto tenía solamente 18 años cuando fue enviada a la Casa de Recogidas —un lugar destinado a las jóvenes dedicadas a la prostitución— con la esperanza de “que prevalecieran los efectos de reforma y no continuaran sus escandalosas disoluciones”. Así dice la resolución del juez que conoció su causa en mayo de 1800. Esta mujer fue acusada de mantener una amistad ilícita con Manuel Eusebio Sánchez, quien no fue culpado de nada.
Brígida, sin embargo, no fue la única sentenciada, Miguel Chinchilla, de oficio platero; el escribano Anacleto Paredes y el mozo Feliciano, empleados de Sánchez, pasaron dos meses presos, hasta que el juez José Tomás Zelaya, del Juzgado Ordinario de Segundo, ordenó liberarlos. ¿La acusación? “haber ayudado (a Manuel) en sus peregrinaciones amorosas”.
El expediente resume la complicidad de los empleados de Sánchez, quienes disfrazaron a Brígida, alquilaron las casas y la trasladaron a Mixco, Villa de Petapa y Amatitlán para facilitar sus encuentros con Manuel.
La viuda enamorada
“Contra Ignacio Ramírez y José Bejarano por heridas mutuas”, eso dice la causa contra aquellos dos amigos fechada 14 de febrero de 1800.
En el mismo expediente aparece otro legajo por “amancebamiento con escándalo” contra Manuela Ramírez.
Resulta ser que Ignacio y José llegaron a la cárcel por un pleito cualquiera entre los dos. Fue tras las rejas cuando Ignacio, como lo declaró ante el juez, se enteró de que su madre Manuela Ramírez, una viuda de 38 años, había tenido relaciones con José. Manuela también fue detenida al reconocer que agredió a Manuela Castro, de 17 años, cuando la encontró con José “en un paraje oculto”.
La viuda declaró, tres meses después de estar presa, que apoderada por los celos, lo primero que se le ocurrió fue lanzarle un queso a su rival y llamarla “putarra”.
Pero cuando le tocó el turno de declarar a la joven, se deduce que recibió algo más que el impacto del lácteo, pues el juez ordenó examinar sus heridas de la cabeza, codos y la nariz.
La suerte de Miguel
Miguel Sandoval era un sastre de 20 años, vecino del barrio de San Sebastián, cuando el juez lo escuchó el 6 de noviembre de 1802.
Era acusado de “intentar la corrupción en público, contra una india pues era doncella”.
Francisco Mogollón, un tejedor vecino del mismo barrio, fue el testigo principal. Miguel había hecho el ademán de “echarle el brazo” y de intentar tomar por la cintura a la joven que venía por la calle con un cántaro, aseguró Mogollón.
La presunción que Sandoval estaba “algo bolo” fue suficiente para abrir la causa.
Aunque no se aclara en que circunstancias, Mogollón afirmó que Sandoval exclamó ¡Ahí va una madama!, y alcanzó a escuchar la respuesta de la ofendida; “Señor, yo no soy su madama”.
De nada sirvió que el sastre, quien para colmo de males había estado preso por blasfemo, alegara que se trataba de una calumnia.
Su sentencia de prisión fue confirmada.
El Vitorio y la Aguilar
“Puse preso en la cárcel a José Manuel, de estado casado, y a María Mercedes Aguilar, de estado soltera, en la Casa de Recogidas por denuncia que tuve que estaban en ilícita amistad”, informó el alcaide al juez José Efraín Gavarrete, aquel 16 de diciembre de 1802.
El expediente abunda en declaraciones de testigos, pero no la versión de los acusados. Sin embargo, la resolución judicial fue contundente. “La Aguilar” debía quedarse 15 o 20 días recluida en la Casa de Recogidas. Y “el Vitorio” debía volver con su esposa a La Antigua “por estar ahí avecindada, según me ha dicho su mujer”, anotó el escribano.
“Una de las transgresiones de la moral católica relacionada con la conducta sexual de los individuos fue el adulterio. Para la legislación vigente de la época, el adulterio fue uno de los mayores errores que los hombres podían cometer, con la diferencia de que si este era perpetrado por el varón no hacía daño ni causaba la deshonra de su mujer”, apunta la historiadora Adriana Rodríguez Delgado en su estudio Mujeres de Mal Vivir.