Guatemala

Iniciativa impone pago para acceso a la información

Con un trasfondo de  bloquear y desmotivar la fiscalización ciudadana  a los funcionarios públicos, es vista la aprobación, por parte de diputados, de   la ley del sistema nacional de archivos, que en uno de sus artículos impone un impuesto para la reproducción de la información pública.

La iniciativa busca conservar archivos públicos, pero con ello crea una barrera para el derecho a la información.

La iniciativa busca conservar archivos públicos, pero con ello crea una barrera para el derecho a la información.

El proyecto, que ya fue aprobado en tercera lectura, pero aún no es un decreto,  tiene varias inconsistencias e ilegalidades si se aprueba como tal está ahora, según la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH).

En principio, este nuevo tributo contradice lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública, norma que  señala que es de orden público, de interés nacional y utilidad social, y que establece las normas y  procedimientos para garantizar a toda persona, natural o jurídica, el acceso a la información o actos de la administración pública.

Este derecho incluye todo lugar donde se ubique, en  archivos, fichas, registros, bases, banco o cualquier otra forma de almacenamiento de datos que se encuentren en los organismos del Estado, municipalidades, instituciones autónomas y descentralizadas y las entidades privadas que perciban, inviertan o administren fondos públicos, incluyendo fideicomisos constituidos con fondos públicos, obras o servicios públicos sujetos a concesión o administración.

La iniciativa en mención, con el número 5013, superó su tercer debate el 17 de noviembre último, y quedó pendiente su aprobación por artículos y redacción final.

Establece pago

El artículo 54 de la iniciativa de ley establece la creación del “timbre para la conservación de archivos públicos”, el cual   será distinto  de los costos por concepto de emisión o reproducción de documentos, los cuales son fijados libremente por cada archivo público.

Las certificaciones de documentos también estarían afectas al pago de timbre para la conservación de archivos. Se exceptúan las inscripciones ante el Registro Nacional de las Personas y las certificaciones que este emita sobre esas inscripciones.

También las del Registro General de la Propiedad, del Registro Mercantil de la República, Registro Industrial, Registro de la Propiedad Intelectual, del Registro del Organismos Judicial, en donde conste la carencia de antecedentes penales, y del Ministerio de Gobernación en donde conste la carencia de antecedentes policíacos.

El proyecto establece que el Archivo General de Centro América será el que emita el timbre de acuerdo con el diseño y costos que apruebe el Consejo Nacional de Archivos, por lo que deberá realizar las gestiones correspondientes para su elaboración con la Tipografía Nacional.

Ven barrera

El presidente de Acción Ciudadana (AC), Manfredo Marroquín, manifestó que la ley no debe ni puede menoscabar los principios establecidos en la Ley de Acceso a la Información Pública, pues en ella está claro que no hay cobro alguno por la entrega de información al ciudadano.

 “A través de una ley ordinaria no se pueden generar impuestos. Me parece que está fuera de lugar lo que están proponiendo en esta ley; en este caso es una barrera económica para el ciudadano”, subrayó Marroquín.

La jefa de la Secretaría de Acceso a la Información de la PDH, Violeta Mazariegos, consideró que en la medida en que se cobre por trámites básicos para los ciudadanos, como el acceso a la información, se violenta un derecho humano.

Agregó que hay una iniciativa de ley que busca establecer la gratuidad en la reproducción de fotocopias cuando la cantidad sea menor a las 500 hojas.

La presidenta de la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG),  Ileana Alamilla, no entiende porqué se quiere hacer una nueva ley, cuando la Ley de Acceso a la Información es suficientemente amplia y  fue creada para “pavimentar todo este camino” para la sociedad y tener acceso a la información en poder del Estado.

Se trató de hablar con uno de los  ponentes,  Oliverio García Rodas, pero no contestó su teléfono. La diputada Dolores Beltrán solo dijo que se pretenden hacer enmiendas, pero no preciso cuáles.

Ilegalidades

El secretario general de la PDH, Jorge Mario Andrino, consideró que la iniciativa tiene varias inconsistencias e ilegalidades. A pesar de que se le entregaron observaciones a la Comisión de Legislación, no fueron tomadas en cuenta, afirmó.

El artículo 56 contradice el principio de gratuidad de la Ley de Acceso a la Información Pública y constituirá un desincentivo para acceder a los archivos públicos.

El profesional explicó también que el artículo 20 establece la creación de un consejo, y se incluye al Procurador en la lista, no obstante en varios fallos de la Corte de Constitucionalidad ya se ha establecido que el Magistrado de Conciencia no puede integrar otros entes como ese consejo, ya que puede perder objetividad al ser juez y parte.

Incongruente

La presidenta de la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG), Ileana Alamilla, manifestó que no es posible que se quiera eliminar por parte de los diputados un derecho establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública.

 “Esta normativa costó mucho para que fuera aprobada por los diputados  para que ahora se pretenda poner un obstáculo a los ciudadanos a tener derecho a información que es pública”, indicó Alamilla.

La comunicadora señaló que no es necesario aprobar una nueva ley cuando el tema está incluido en la Ley de Acceso a la Información Pública.

“El Congreso debería  estar preocupado de la realidad del país para ver cuáles son las normas urgentes que deben ser aprobadas”, refirió.

Opacidad  

El presidente de Acción Ciudadana, Manfredo Marroquín, señaló que a través de una ley ordinaria no se pueden generar impuestos, menos para cobrar por la reproducción que es información pública y a la que se tiene derecho.

“Me parece que está fuera de lugar lo que están planteando  en esta ley.  La iniciativa no tiene congruencia con el espíritu establecido en la Ley de Acceso. Este cobro debería de ser excluido de la iniciativa”, expone Marroquín.

El directivo señaló que este proyecto no puede desacreditar lo que establece la normativa de información pública, a pesar que en esta Ley  se impone el cobro, este es solo para archivos voluminosos y que no puede sobrepasar al valor del mercado el cual es establecido en los precios de referencia registrados en el Instituto nacional de Estadística.

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