PLUMA INVITADA

El voto programático

Roberto Chávez Zepeda

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Aunque el tema pareciera extemporáneo porque el próximo evento electoral se encuentra en lontananza, es oportuno tratarlo esperando que en el Congreso  lo sometan a  análisis, por las múltiples ventajas que conlleva en  beneficio para el país. A mi criterio, es algo que debería adoptarse en Guatemala, por sus múltiples y evidentes beneficios para el desarrollo de la Nación y  la creación de una cultura democrática.

La democracia liberal ha sido construida con base en el concepto de representación, tan presente en la práctica política actual, desde los tiempos de Hobbes hasta los teóricos de modelos más recientes.

En el modelo original de la democracia representativa —con sus premisas políticas o diseños jurídicos— no cabe cómodamente una propuesta encaminada a lograr la efectividad de un instrumento que supone la existencia de un mandato imperativo como vínculo de poder. Como es el caso del voto programático.

El ejercicio del voto programático deriva en la creación de un mandato imperativo para el ejercicio del poder público. De manera resumida, es un andamiaje adscrito a la Ley Electoral y de Partidos Políticos consistente, básicamente, en los siguientes elementos: se vota por un programa —los partidos políticos en contienda deben tener un claro programa de gobierno—, que es entendido como una propuesta vinculante, si se llega a acceder al poder es obligatorio su cumplimiento y, en caso de no hacerlo, deriva en la posibilidad de sanciones de diversa índole.

El voto programático fue visto y encuadrado en la teoría democrática de varios países sudamericanos, particularmente en Colombia se ha desarrollado en la práctica eligiendo presidentes, gobernadores y alcaldes.

En el caso de Guatemala, hemos tenido 63 presidentes en 196 años —tomando como uno las juntas de Gobierno—. Si restamos los 62 años que han ocupado las cuatro grandes dictaduras —Rafael Carrera, Justo Rufino Barrios, Manuel Estrada Cabrera y Jorge Ubico— a ese total de 196 años desde la “independencia”, resulta un promedio de un presidente cada dos años.

¿Cómo puede un país “remontar su vuelo” —como reza nuestro himno nacional—, si cada una de las caras y caretas que han ocupado la silla presidencial no han sido más que arribistas politiqueros, sin un plan o programa de gobierno, y solo con el plan de cooptar al Estado?

En nuestra historia patria, el único candidato presidencial que conocía a cabalidad las necesidades y prioridades que el país requería fue el Dr. Juan José Arévalo Bermejo, de tal manera que el dictador Jorge Ubico Castañeda, cuando él se empezaba a perfilar como candidato alternativo, lo obligó directa o indirectamente a exiliarse en la república de Argentina.

El expresidente Vinicio Cerezo Arévalo, recuerdo, presentó un documento que contenía planes por desarrollar, o algo por el estilo. Fuera de ellos, todos los demás candidatos han llegado a la Presidencia sin más visión que enriquecerse y sentir las mieles del poder.

Obviamente, para adoptar e instituir el voto programático en Guatemala es imperativa la creación de leyes y reglamentos en lo atinente al sistema electoral, la Constitución de la República, la Ley Electoral y quizá hasta la creación o derogación de otras normas.

El voto programático consiste en la obligatoriedad a los candidatos a presidente de la República, alcaldes y gobernadores a presentar un programa de gobierno al momento de solicitar su inscripción como aspirantes a tales puestos, y si al ser elegidos no lo cumplen, la población electoral puede invocar algunos mecanismos legales que permiten incluso removerlo del puesto.

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