CON NOMBRE PROPIO

¿Y la impunidad laboral?

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El Presidente de la República anunció un aumento al salario mínimo, para algunos es mucho, para otros poco. Pero en un país donde el salario mínimo es literalmente un lujo porque al grueso de los trabajadores no se les paga, este es un punto medular y estructural.

Veamos un simple ejemplo: una empleada de sala de belleza, en muchas ocasiones trabaja más de las ocho horas y no tiene acceso ni a salario mínimo y mucho menos a horas extras. Lugares encopetados en zonas residenciales de la ciudad capital y Quetzaltenango, por citar las dos grandes urbes, no cumplen con el pago de lo mínimo y no pasa nada. En algunos de esos lugares se les hace trabajar desde muy temprano y hay sometimiento a servidumbre, con líneas tangenciales a esclavitud.

Mucha de la fuerza laboral del país está en “la informalidad”; sin embargo, el problema mayúsculo es cuando la “formalidad” es con total empacho impune e “informal”. Grandes empresas —hasta trasnacionales— vinculan a su gente “por contrato” y así obligan a sus empleados a facturarles mes a mes sus servicios para tratar de “simular” una relación civil y evadir el pago de prestaciones laborales. Por supuesto, si ese caso llega a tribunales el empleador perderá el juicio y saldrá bastante más caro el caldo que los frijoles.

En un país como el nuestro, que vive al margen de todo concepto jurídico y hasta se alega que la aplicación del derecho es “ideológica”, todos debemos propugnar porque la impunidad sea derrotada en todos los ámbitos. El salario mínimo es una obligación de pago y todo quien tenga un empleado debe pagar ese importe; en caso contrario, hay violación legal.

Como es un tema general, la discusión del salario mínimo no es un debate que debe existir solo entre el Gobierno, el Cacif y los grandes sindicatos; para nada, este es un tema básico para una sociedad que espera construir un régimen de legalidad. Es absurdo que las famosas “Comisiones Paritarias”, que deben ser las que se “pongan de acuerdo” para establecer los nuevos salarios mínimos, nunca consigan un acuerdo, y sea el presidente de la República quien, por cumplimiento de un decreto y de a plumazo, señale, año con año, el aumento. Si existe un procedimiento legal que en poquísimas ocasiones ha generado un consenso, ¿no sería hora de innovar y hacer algo nuevo?

La vinculación de trabajadores por medio de una simulación contractual y contra factura no es cuestión que exista solo en empresas; para nada, es tan descarada la impunidad laboral que un grueso de empleados públicos son contratados por una vía que no les garantiza sus propios derechos laborales —léase muchos que están bajo el renglón 029 y que tienen los elementos de la relación laboral, como lo es el horario y la subordinación—.

El Estado de Guatemala, por “contratar” a sus servidores fuera del régimen de servicio civil, atenta contra sí mismo; primero, porque pierde, al igual que los patronos privados, los casos donde se demanda la simulación; y por un tema fundamental: se perdió el concepto de acceso por capacidad y con mecanismos de oposición al servicio público. Es tan discrecional el tema que el alcalde de Mixco patrocinó un concurso de belleza donde el premio era una plaza en la Municipalidad. Esto significa que pueden hacer lo que les da la gana.

La simulación laboral atenta contra el trabajador y hasta contra el propio empleador, pero sobre todo contra el régimen de seguridad social, porque muchas personas deberían estar “cubiertas” pero al tener relaciones “simuladas” quedan fuera de protección.

@Alex_balsells

ESCRITO POR:

Alejandro Balsells Conde

Abogado y notario, egresado de la Universidad Rafael Landívar y catedrático de Derecho Constitucional en dicha casa de estudios. Ha sido consultor de entidades nacionales e internacionales, y ejerce el derecho.

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