Este es el tercer antejuicio en contra del jefe edil, en las dos ocasiones anteriores las resoluciones fueron a su favor. En este tercer proceso, Ajanel no canceló una multa impuesta por el juzgado de Trabajo.
A causa de un incidente por violación a leyes laborales, el juzgado había impuesto una sanción a la comuna, el pago de ocho salarios mínimos, que fue incumplido por el jefe edil y se solicitó proceso de antejuicio.
Los magistrados tomaron en cuenta las pruebas recabadas por el juez pesquisidor y valoraron que el alcalde debía asumir la responsabilidad de la acción laboral ya que es él quien responde por la comuna.
Hugo Hernández, abogado defensor, indicó que se ignoraba esta situación laboral ya que las multas fueron impuestas a la corporación municipal anterior.
“Fue un requerimiento a la anterior corporación. Una multa que fue pagada cuando nos dimos cuenta que había un proceso, quizás un año después del requerimiento a la anterior corporación, lo que explicamos al juez pesquisidor”, enfatizó.
Hernández agregó que la sala resolvió con lugar por lo que presentó un amparo que aún no ha sido resuelto.
“Previo a este antejuicio tuvo otro por una situación similar y fue declarado sin lugar. Es algo que no se comprende, pero existe el recurso y ya lo planteamos. La multa impuesta era de uno Q18 mil y ya fue cancelada”, puntualizó el abogado.