Fatca es una normativa estadounidense vigente en Guatemala desde el 2014, que añade obligaciones paulatinamente para la que se refiere a las certificaciones de cumplimiento la fecha límite para presentarla es en julio del próximo año.
Ana Lucía Santa Cruz, directora de Impuestos de Deloitte Guatemala, afirma que esa es una obligación, la cual deben atender bancos, puestos o casas de bolsa, fideicomisos de inversión, cooperativas, financieras y otras entidades.
La consultora añadió que las instituciones que no presenten a tiempo la certificación periódica, o que contenga “errores o incumplimientos”, perdería su registro ante el IRS, y quedarán expuestas a multa.
Las sanciones podrían ser de hasta 30% del monto de sus transferencias o la suspensión.
La legislación fiscal de EE. UU. no es territorial sino sobre las personas, explicó Santa Cruz al referir que esa normativa lo que pretende es llevar controles fiscales sobre sus residentes quienes están obligados a pagar impuestos en ese país independientemente de la nación donde se encuentren viviendo y generando la renta.
Para reportar al ente hay dos formas. Uno es que las entidades deben reportar al IRS de EE. UU. y la segunda es que las entidades le reporten al Gobierno de cada país y estos trasladen la información al IRS, pero Guatemala aún no posee un convenio por lo que solo se puede usar la primera opción.
Según Santa Cruz, Guatemala no tiene en la actualidad algún acuerdo de doble tributación firmado con otros países pero EE. UU. sí permite el acreditamiento del impuesto sobre la renta (ISR) pagado en nuestro país por lo que recomienda a las personas a asesorarse al respecto.
“Lo que se quiere (por parte de las autoridades de ese país) es asegurarse que sus residentes tributen el impuesto que les corresponde en su país y se obliga a las instituciones financieras a acogerse a ese sistema de información” añadió.
La Fatca fue aprobada por el Congreso de EE. UU. en el 2010 y reconocida en el 2014 por Guatemala.
Incluye normativas para identificar a los ciudadanos y residentes norteamericanos que tienen dinero fuera de su país en instituciones financieras extranjeras calificadas, con fin de saber si están declarando lo justo.
Además con las normativas que posee nuestro país con base al decreto 37-2016, “ahora van a haber dos frentes revisando la misma base” ya que debido a la ampliación de obligaciones para registros bancarios y acceso a información financiera los residentes estadounidenses que estén desarrollando actividades en Guatemala y que hasta la fecha no hubiera reportado esos ingresos al fisco nacional pueden ser detectados, ejemplificó la auditora.