Iniciativa de Ley
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El contenido, necesidades, defensa y señalamientos a la Ley de Protección del Consumidor
Iniciativa de ley, pendiente de aprobación final en el Congreso, crea una procuraduría con diversas funciones y establece prohibiciones y sanciones que atañen a compradores y proveedores.
De aprobarse la nueva ley marco de para la defensa del consumidor, Prodeco sustituiría a la Diaco pero como ente autónomo y descentralizado y con más alcances. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).
La iniciativa de Ley Marco para la Defensa y Protección del Consumidor, conocida como la ley Prodeco, se presentó en el 2016 y desde entonces no había acaparado la atención hasta ahora, en la primera quincena de febrero, cuando fue aprobada en segundo y tercer debate.
A pesar de la inercia política, entidades empresariales solicitaron efectuar una discusión técnica antes de su aprobación final, porque cuestionan parte de su contenido. Entre estas entidades están la Alianza Técnica de Apoyo Legislativo (Atal), conformada por Cacif, Fundesa y Fundación 2020, y por aparte los pronunciamientos de la Cámara de Comercio Americana (Amcham) y del Consejo Nacional Empresarial (CNE).
En el otro extremo, los ahora exdiputados al Congreso, que fueron ponentes de la iniciativa en el 2016, Rudy Castañeda, Carlos Barreda y Óscar Chinchilla exponen la necesidad de fortalecer la legislación y la defensa del consumidor en el país, y coinciden en que la norma contiene aspectos positivos en esa vía, aunque creen que el Legislativo debe establecer una discusión técnica, ya que la propuesta fue presentada hace casi ocho años.
“Es una buena ley, y es necesario fortalecer la defensa del consumidor; pero aún no ha tenido la parte de la discusión técnica con los centros de investigación, universidades y cámaras empresariales”, explicó Barreda. Esta discusión ayudará a contar con los votos necesarios para aprobarle y evitar posibles impugnaciones, expuso.
¿Qué contiene la iniciativa de Ley?
El objeto de la ley es normar las relaciones entre proveedores y consumidores y usuarios como consecuencia de actos jurídicos que lleven a cabo entre sí, establece derechos, obligaciones, prohibiciones, así como infracciones, sanciones, y procedimientos, refiere la iniciativa. Además, esas normas constituyen un mínimo de derechos y garantías de carácter irrenunciable “y contra su observancia no podrán alegarse costumbres, usos, prácticas, convenios o estipulaciones en contrario”.
De aprobarse como se encuentra en la actualidad se crearía la Procuraduría para la Defensa del Consumidor y Usuario (Prodeco), la cual sustituiría la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco) que depende el Ministerio de Economía.
La nueva entidad tendrá competencia en todo el territorio nacional, y se establece como un ente descentralizado y autónomo, con patrimonio y presupuesto propio, con independencia funcional, técnica, administrativa y financiera.
La Procuraduría contaría con una Unidad Específica para atender las denuncias de: servicios masivos públicos o privados, incluidos la energía eléctrica, servicio de agua, las telecomunicaciones, tarjetas de crédito, y los servicios de salud incluidos, hospitales, sanatorios, clínicas privadas y otros que se consideren necesarios, según el artículo 14.
En tanto el procurador será seleccionado por el Congreso de la República para un período de cuatro años y gozará de las mismas prerrogativas del procurador de los Derechos Humanos. La selección será de una terna propuesta por la comisión de postulación y esta a su vez estará integrada por 7 titulares y sus respectivos suplentes, que incluye 3 presidentes de Colegios Profesionales, 3 integrantes de la Comisión Legislativa de Protección al Consumidor del Congreso de la República y un representante del CACIF.
Además, se crea el Consejo Administrativo para la Defensa y Protección al Consumidor y Usuario, la Comisión de Seguimiento y Cumplimiento de las Resoluciones Administrativas y Judiciales, y el procurador puede crear los Consejos Técnicos Consultivos específicos.
También establece 14 derechos de los consumidores o usuarios y 4 obligaciones, y para los proveedores enlista 5 derechos, 27 obligaciones y más de 18 prohibiciones.
Incluye 63 infracciones leves, graves y gravísimas, sus respectivas multas que deberán detallarse en el reglamento. Pero también establece otros procedimientos que dependerán de las acciones que violen la ley como apercibimientos escrito y público, medidas precautorias, decomiso y destrucción de mercadería, cierre de establecimiento, casos de reincidencia.
Crea un capítulo que se refiere a información y publicidad de productos y publicidad engañosa. Aquí la procuraduría podrá ordenar al proveedor que suspenda la información o publicidad que viole las disposiciones de esta Ley y en su caso, al medio que la difunda, ordenar que se corrija la información o publicidad que viole las disposiciones de esta Ley en la forma que se considere necesario o se realicen las aclaraciones necesarias cuando se suspenda la publicidad para que el consumidor pueda contar con información veraz, entre otras disposiciones.
Necesario fortalecimiento, pero también la discusión
Castañeda, Barreda y Chinchilla explicaron que el fin de la iniciativa es fortalecer la defensa y atención al consumidor, aspectos que han sido débiles en el país, y consideran que la ley tiene aspectos positivos con ese fin.
Barreda indica que hay necesidad de crear una entidad autónoma, y Castañeda coincide, aunque refiere que a su criterio ha sido un error nombrarla como Procuraduría por la experiencia que se ha tenido con otras procuradurías en el país.
Aunque existe la Diaco su función ha sido criticada a lo largo de los años. Coinciden también en que se debe establecer las normativas para haya una entidad que verifique que lo aprobado en los registros y lo que se menciona en las etiquetas sea realmente el contenido del producto que se ofrece al consumidor.
Castañeda refiere que se basaron en experiencias de México, Colombia y otros países para crear la propuesta. En el vecino país la legislación ya tiene más de 50 años de operar y la Profeco tiene mucha fortaleza, agrega.
Barreda añade que uno de los primeros temas que se deben discutir es la gobernanza de la entidad, cómo se va a seleccionar al Procurador ya que se debe blindar la gobernanza para mantener independencia y enfrentar los vaivenes y que realmente proteja el consumidor. Y, se debe revisar el tema de que el presupuesto se vaya a alimentar de las multas, ya que podría crear el “efecto cepo” que se ha criticado a las policías municipales de tránsito.
“Consideramos que sí debe existir la entidad, que debe tener más dientes en defensa del consumidor, solicitar información y poner más multas y sanciones que tengan efecto disuasivo, no nos interesa afectar a las empresas”. Carlos Barreda, exdiputado ponente de la ley.
Señalan contenido
La organización Atal, conformada por Cacif, Fundesa y Fundación 2020, señala que las facultades tan amplias que contiene esta propuesta surgen riesgos de abuso de autoridad y que el modelo no redundaría en que la política de protección al consumidor sea funcional.
Entre los puntos que critican es que se otorga un mandato excesivo a Prodeco, porque tendría función de verificar a través de visitas, requerimientos de información o documentación, monitoreo, o por cualquier otro medio el cumplimiento de la ley y esto “implicaría un aparato burocrático extremadamente costoso”.
Que el presupuesto de la entidad se base también en las multas que se recauden y se constituya en un fondo privativo para su funcionamiento generará un incentivo perverso para su actuación, se añade. En tanto cuestiona la función de Unidad Específica para atender las denuncias de servicios masivos públicos o privados, y la facultad para requerir a cualquier funcionario la adopción de medidas legales y necesarias, previa autorización judicial, que tiendan a proteger los derechos de los consumidores y usuarios o para hacer cesar la violación de los derechos de estos, a través de casi cualquier tipo de medida.
Otro señalamiento es que la Procuraduría podría ordenar al proveedor que suspenda la información o publicidad que viole las disposiciones de la Ley, y también podría ordenar al medio que la difunda que se corrija dicha información o publicidad en la forma que la entidad considere necesario.
Se señalan disposiciones que a consideración de Atal resultas excesivas y añade que la ley violenta varios derechos constitucionales, como la libertad de comercio e industria, y la propiedad privada.
En tanto Amcham expone la importancia de contar con marcos legales que aseguren la defensa de los derechos de los consumidores, pero piden a los jefes de bloque realizar un análisis detallado y una discusión amplia, con la participación de todos los sectores impactados por esta iniciativa.
Indican que surge preocupación por la regulación de sectores que ya están supervisados por entidades rectoras en su ámbito y piden una armonización con la regulación existente. Algunos de estos sectores son el financiero que ya está regulado por la Superintendencia de Bancos y el Banco de Guatemala, además del sector de alimentos y salud, cuyo ente rector es el Ministerio de Salud, amplió la cámara.
Es necesario encontrar un balance adecuado entre la protección efectiva de los consumidores y la creación de un entorno propicio para la inversión y el crecimiento económico, y añade que las amplias facultades que tendría la Prodeco entre las que se incluyen movilizar bienes o suspender la comercialización de productos.
Por aparte CNE, refiere que aún hay brechas importantes respecto a la protección de derechos del consumidor en Guatemala respecto de las buenas prácticas internacionales, pero que detectaron fallas técnicas y jurídicas que menoscaban el fin de la iniciativa, entre estos, lo referente a que las multas sean la fuente de su presupuesto, establecidos en los artículos 11 y 139, y coincide con las otras entidades que generaría incentivos equivocados para sancionar.
Y, en el artículo 18, cuestionan la conformación de la comisión de postulación para la terna para el cargo de Procurador ya que se han tenido experiencias en otros ámbitos de consecuencias de politización.