Economía

Exportadores aprovechan régimen especial electrónico (y el reembolso de crédito fiscal que tiene pendiente la SAT)

En el régimen especial electrónico actualmente existen 78 exportadores inscritos y mensualmente se ha ido incrementando su uso, informó la Intendencia de Fiscalización de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

La SAT evidencia un aumento en el uso del especial electrónico entre los exportadores. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca)

La SAT evidencia un aumento en el uso del especial electrónico entre los exportadores. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca)

La devolución del crédito por el impuesto al valor agregado (IVA) es un derecho que tienen los exportadores y los contribuyentes que prestan servicios o venden bienes a personas exentas de impuestos por ley.

Los demás sectores de la economía nacional deben compensar sus créditos fiscales con sus débitos provenientes de sus ventas locales.

Según explicó la mencionada intendencia, al analizar la integración de solicitudes de devolución de crédito fiscal del IVA del presente año se puede observar que son más utilizados los regímenes especial y general, pero se evidencia un aumento en el uso del especial electrónico entre los exportadores.

“Lo anterior confirma el aprovechamiento que está teniendo el nuevo régimen especial electrónico, el cual, durante los primeros seis meses de este año, representa un 14% del total de autorizaciones realizadas por parte de la SAT”, comentó Vera Calderón, gerente de Políticas Públicas y Estrategia de la Asociación Guatemalteca de Exportadores (Agexport).

Comportamiento General

La Administración Tributaria a julio del presente año ha resuelto mil 359 solicitudes de devolución de crédito fiscal del IVA en sus cuatro regímenes existentes, y ha autorizado a 323 contribuyentes la entrega correspondiente.

En enero de este año se tenían mil 646 solicitudes de devolución de crédito fiscal del IVA pendientes de atender; sin embargo, de enero a julio año han ingresado 277 nuevas solicitudes para una presa total de mil 923.

Por esa razón, la presa al 31 de julio del 2021 es de 908 solicitudes, que se traducen en mil 015 atendidas a este año y refleja una disminución de un 53%.

Las mil 015 solicitudes suman Q1 mil 893.88 millones, de las cuales están en proceso 890 que suman Q1 mil 464.10 y se tiene planificado concluirlas al 31 de diciembre de este año.

Las 908 solicitudes suman Q661.9 millones de quetzales, indicó la SAT.

En opinión de Calderón, la disminución se debe a la implementación de nuevas estrategias relacionadas con las metodologías de trabajo de asignación de auditores encargados de efectuar las revisiones a las empresas.

Según la SAT, la disminución se debe al plan de atención de solicitudes de devolución instruido por la Intendencia de Fiscalización que se lleva a cabo actualmente, cuyo modelo de atención de solicitudes se enfocó en la atención de grupos empresariales conforme a sectores económicos.

Además, la Intendencia de Fiscalización considera que la estrategia ha funcionado porque a la presente fecha más del 95% de solicitudes de devolución de crédito fiscal que corresponden al régimen general son recibidas por la vía electrónica, lo cual ha permitido facilitar las gestiones del contribuyente.

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Las solicitudes de devolución de crédito fiscal en el régimen general se han llevado hasta dos años para ser nombradas para auditoría, en cambio en el régimen especial electrónico se atienden en 30 días luego de ingresado el documento.

Pese a la opción electrónica existe entre los contribuyentes la tendencia a quedarse en el otro régimen, aunque los procesos sean más largos, porque aún no tienen todos los documentos en línea.

Presa se mantiene

Abelardo Medina, analista del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi), dijo que los datos de la SAT “sugieren” que ha existido un tratamiento más rápido en la devolución de crédito fiscal, pero no hay evidencia de que las solicitudes hayan disminuido como consecuencia de que el dinero fue pagado o porque fue rechazada la devolución del crédito fiscal, lo cual podría provocar que después haya juicios en los tribunales de lo Contencioso Administrativo.

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Medina recordó que, desde la jefatura pasada, de Abel Cruz, la SAT optó por la estrategia de no devolver el crédito fiscal, sino que cuando encontraban irregularidades en la solicitud la rechazaban, ante lo cual el empresario afectado presentaba una denuncia en los tribunales de lo Contencioso Administrativo para solicitar su dinero, con lo que dejó de estar en la presa de la devolución y pasó a la   de los tribunales. “Solo hay un cambio de posición”, resaltó.

La presa no se analiza en términos de expedientes, sino en montos y el valor que está por devolver en los pagos de los contribuyentes; por lo tanto, si los valores fueran suficientes tendrían   éxito las estrategias, pero al no conocer los expedientes que fueron rechazados y el monto devuelto, no queda evidencia de si se logró una mejora, concluyó Medina.

Formulario vigente

El Formulario Electrónico para Solicitud de Devolución de Crédito Fiscal (SAT- 2125) está disponible desde febrero del 2019 a través de Agencia Virtual de la SAT, y según lo informado por la autoridad tributaria, “no requiere que se presente ningún documento físico”.

De acuerdo con la SAT, el contribuyente tiene “el resguardo de la documentación que respalda las operaciones comerciales reportadas, hasta que la misma sea requerida por el auditor de la Administración Tributaria, quien es asignado de forma automatizada, con lo cual se reduce la discrecionalidad en los procesos y se atienden 30 días después de ingresada la solicitud”.

ESCRITO POR:

Natiana Gándara

Editora de Economía en Prensa Libre, con más de 15 años de experiencia en medios radiales, televisivos, impresos y digitales.