Economía

MEM suspende licencia de explotación de Fénix, la última mina metálica activa en Guatemala

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) suspendió la licencia de explotación LEX-049-05 que había sido aprobada mediante la resolución 1,208 del 17 de abril de 2006 para el Derecho Minero Fénix, con base a resolución de la CC, según informó este lunes.

La minera Fénix se ubica en El Estor, Izabal, fue denunciada por la Gremial de pescadores del lugar. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

La minera Fénix se ubica en El Estor, Izabal, fue denunciada por la Gremial de pescadores del lugar. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

La suspensión es temporal, y cobró vigencia desde el 17 de febrero del 2021, agregó esa institución.

Se tomó esa decisión en cumplimiento de la resolución provisional decretada por la Corte de Constitucionalidad (CC) en julio del 2019 en la cual suspendió la licencia, dijo el ministro de Energía y Minas, Alberto Pimentel.

La empresa que la opera, la Compañía Guatemalteca de Níquel (CGN), puede hacer uso de los recursos legales que considere, se expuso.

Antecedentes del proceso

En junio del 2020, la CC emitió la sentencia confirmando la suspensión y ordenando la consulta comunitaria, para la cual fija 18 meses.

En dicha sentencia se reduce el área que cubre la licencia emitida por el MEM de 247.99 kilómetros cuadrados (Kms2) a 6.29 Kms2 por que el resto no cuenta con el Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), según la CC.

Por el momento no se ha delimitado el área de la licencia porque la resolución de 2019 no habla de un área en kilómetros y la de 2020 aún no está en firme, agrega el MEM.

Reacción empresarial: “No procede”

El sector minero considera que, si ya existe una resolución definitiva sobre ese caso con la sentencia de la CC en el 2020, no procede la suspensión con base en la provisional del 2019 sino que el MEM debía esperar a que cobrara firmeza la sentencia para proceder en lo que ahí se establezca.

David Orellana, gerente de Relaciones Públicas de CGN-PRONICO, agregó que la resolución del 2019 no surte efectos, ya que desde el 9 de enero de 2019 se resolvió el amparo en definitivo en la primera instancia Corte Suprema de Justicia (CSJ) por lo que, refirió, “hay que guiarse por la resolución del amparo definitivo de primera instancia, hasta que esté en firme la sentencia de apelación de amparo definitivo de segunda instancia”.

Le puede interesar: Por qué el oro, la plata y el zinc son más caros que en la prepandemia (y cómo afecta a Guatemala)

Impacto económico de la suspensión

En el área que abarca la licencia de Fénix se detuvo la explotación (extracción) de mena de níquel el día siguiente que se recibió la notificación, se agregó. Con la detención de operaciones se dejan de explotar 120 mil toneladas de mena de níquel al mes, dijo Orellana.

Agregó que la compañía cuenta con más de 2 mil  colaboradores, de los cuales más de 1 mil 250 puestos de trabajo son de habitantes del municipio de El Estor, Izabal.

Hasta el 22 de febrero del 2021 se han suspendido de conformidad con la ley, 75 contratos laborales y se espera la suspensión de 300 más a inicios del próximo mes, agregó el ejecutivo quien mencionó que la suspensión de la licencia impactará al menos a 11 sectores económicos, debido al incumplimiento de contratos con más de 300 proveedores que generan alrededor de 4 mil empleos de forma indirecta.

La compañía ha invertido en el proyecto alrededor de US$700 millones (unos Q5 mil 300 millones). A criterio de Orellana, la cancelación de este desincentiva al sector y refuerza un mensaje negativo a cualquier potencial inversionista que tenga la intención de invertir en el país, además que cada año se invierte más de US$1 millón, en proyectos de desarrollo social sostenible en las comunidades del área aledañas.

Pendiente vigencia de la sentencia

La compañía está a la espera de que la CC resuelva los recursos de Aclaración y Ampliación para dejar en firme la sentencia de apelación de amparo definitivo, emitida en junio de 2020 para comenzar con los procesos administrativos ante las instituciones del Estado.

También esperan el proceso de consulta comunitaria que debe realizar ahora el MEM, aunque según Orellana este sería el tercer ejercicio que se efectúa en las comunidades del área de afectación del proyecto, ya que en 2005 se convocó uno y otro en 2018. En ambos casos, las comunidades estuvieron a favor del proyecto, expresó.

Respecto al área que cubre la autorización, explicó que la licencia fue emitida por el MEM en 2006, cuando una compañía canadiense era dueña del proyecto, por lo que desconocen por qué dieron la licencia de 247.99 kilómetros cuadrados.

“Suponemos que se presentó un estudio técnico-económico, en donde justifica que, por tratarse de depósitos lateríticos dispersos, la extensión territorial de 20 kms no era suficiente y se solicitó la extensión de 247 km2”, respondió Orellana.

Añadió que no están de acuerdo con los 6.29 Kms2 que pide delimitar la CC, ya que según el EIA aprobado por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales en el 2018, abarca 17 Kms2.

A la fecha la empresa está pendiente de la respuesta a los recursos de Aclaración y Ampliación para que la CC aclare por qué no consideraron el EIA de 2018, se agregó.

“Una señal negativa”

Alfredo Gálvez, vocero de la Gremial de Industrias Extractivas, dijo que la decisión del MEM es otra señal negativa para el sector minero y que “lejos de fortalecerse el estado de derecho y las reglas claras, nuevamente quedamos sujetos a las disposiciones subjetivas de Corte de las autoridades con interpretaciones a su manera de lo que dice la Constitución que establece que la explotación de los recursos del subsuelo es de utilidad y necesidad pública”.

“El proyecto Fénix era el último proyecto de minería metálica que estaba operando”, dijo Gálvez. Agregó que tomando en consideración las inversiones de la empresa, la planta iba a trabajar por lo menos 50 años.

Juan Pablo Carrasco presidente de la Cámara de Comercio Guatemalteco Americana (Amcham) y de la Asociación de las Cámaras de Comercio Binacionales (Ascabi) dijo que la suspensión de los diferentes proyectos mineros no solo afecta la minería sino a toda la inversión extranjera ya que disminuye la certeza jurídica.

Esto se debe a que “son proyectos que ya vienen operando de años atrás con permisos y autorizaciones otorgadas por el Estado. Que la CC desconozca estos temas y suspenda proyectos ya activos manda una señal negativa a todos los agentes económicos especialmente a los inversores extranjeros”, dijo el directivo.

Carrasco expresó además que” este tipo de resoluciones mandan una señal muy negativa ya que esencialmente se convierten en expropiaciones a inversiones ya realizadas en el país, lo cual genera preocupación a inversionistas extranjeros de cualquier sector, especialmente a las inversiones en el área rural del país que es donde más se necesita”.

En breve

  • 2006: MEM emite licencia de explotación LEX-049-05 para el Derecho Minero Fénix.
  • 2005 y 2018: la compañía asegura que en esos años el MEM consultas a las comunidades del área de influencia.
  • 2018 y 2019: La Gremial de Pescadores de El Estor, presentó dos medidas legales para pedir la suspensión de la licencia indicando que no se realizó la consulta a los pueblos indígenas, regulada en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
  • 2019: La CC suspendió de forma provisional la licencia, en julio de ese año.
  • 2020: La CC emite sentencia definitiva y mantiene suspendida la licencia, ordena realizar consulta comunitaria y delimitar área que cubre la licencia. Está pendiente de resolverse aclaraciones y ampliaciones para que cobre firmeza.
  • 2021: MEM suspende en forma temporal la licencia de explotación minera, la decisión cobra vigencia el 17 de febrero. La empresa empezó a reducir personal ya que indica no puede operar.

Otros casos

  • La operación de la Puya, que se ubica en San José del Golfo y en San Pedro Ayampuc, departamento de Guatemala, fue suspendida en el 2016 por un amparo definitivo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y de forma provisional por la CC.  En junio del 2020 la CC emitió sentencia, confirmó la suspensión y ordenó realizar una consulta comunitaria. Inversionistas del proyecto demandaron un arbitraje internacional en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) por US$300 millones, caso que no ha concluido.
  • En julio de 2017 la CSJ suspendió el área El Escobal de Minera San Rafael, ese mismo año emitió suspensión provisional la CC y la cual emitió sentencia en septiembre del 2018 indicando que podría operar pero antes deberá efectuar la consulta comunitaria la cual no se ha efectuado. En enero de 2021 el MEM anunció que en abril de este año tiene programado iniciar la preconsulta a comunidades del área de influencia del proyecto para luego pasar al proceso de consulta según el convenio 169 de la OIT. El Parlamento del Pueblo Xinca expresó que participará en la preconsulta solo si se cumple con la ley por las otras partes.  El proyecto se ubica en el municipio San Rafael Las Flores, Santa Rosa.

ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.