El colocar sanciones a trabajadores creará un colapso, porque estarían sancionando a quien denunció que se le están incumpliendo sus derechos, comentaron.
Las sanciones para el trabajador o sindicato van desde dos a 20 salarios mínimos diarios del sector no agrícola, mientras que para el empleador o patrono son entre dos y 18 salarios mínimos mensuales, del sector no agrícola.
Mientras las autoridades brindaban una conferencia de prensa para dar a conocer datos de las nuevas disposiciones legales los inspectores se reunieron afuera del despacho y denunciaban que no se les ha dado el apoyo necesario en capacitación, equipo, oficina y más personal para cumplir con esa ley. Por ello, refirieron en grupo, que no se responsabilizarán de las consecuencias legales. Aunque aclaraban que no están en desacuerdo con las reformas sino con la falta de apoyo.
Plazo de 30 días hábiles
De este 6 de junio en adelante se tiene un plazo de 30 días para resolver cada denuncia, aspecto que las autoridades califican de positivo. Explican que en promedio cada caso tardaba entre 30 a 45 días, ahora la ley establece un plazo específico lo cual ayuda a tener más certeza.
Sin embargo los inspectores refieren que en las condiciones de falta de personal, equipo y apoyo no se podrá cumplir con ese plazo ya que hay casos que están en lista de espera y tardan hasta cuatro meses para la fijar una audiencia.
Carlos Sandoval, inspector general de trabajo, expuso que cuentan con 241 personas en inspectoría además que buscan lograr contratar 125 más en el 2018, para lo cual necesitarían unos Q9 millones. Los funcionarios aseguran que sí se les brindó capacitación, y esperan que la resistencia a las nuevas disposiciones disminuya y desaparezca.
Sin embargo los trabajadores también se quejaron que no todos se dedican a la labor de inspectoría y ejemplificaron que para el departamento de Guatemala solo hay 17 personas asignadas para visitaduría y el número total mencionado por Sandoval se debe a personal también asignado a diferentes regiones del país. Agregaron que la única capacitación o directriz que les dieron es que les dieron a leer las nuevas reformas.
Los trabajadores indicaron que no están en desacuerdo con el decreto en mención sin embargo dijeron que en las condiciones que denuncian no se responsabilizan de las consecuencias legales que pueda traer esa legislación.
El otro cambio es que así como hay denuncias a las cuales se les puede dar seguimiento con visitas, ahora con la nueva ley les permite citar a la sede administrativa (en el Ministerio) a los patronos o empleadores para hacer la inspectoría, entre estos como la denuncia por falta de emisión de un certificado del IGSS o inspecciones por posmorten.
Denuncias
En el 2016 el Mintrab recibió alrededor de 40 mil denuncias e hizo igual número de inspecciones, y en cinco meses del 2017 se reportan ya 25 mil dijo Sandoval.
Las denuncias más constantes que se dan son por no pagar el salario mínimo, y prestaciones como el bono 14 y el aguinaldo agregó.
Las empresas con más constantes denuncias en contra son del sector de seguridad privada, se añadió.
Las denuncias que entraron hasta el 5 de junio, antes de la vigencia de las reformas, se le aplicará la ley antigua, refirieron.
En la conferencia participaron el secretario general del Ministerio Felipe Sánchez y Marcelo Richter asesor del despacho.
Richter respondió que analizaron la ley que reforma el Código de Trabajo debido a las dudas que generó un posible error de redacción en el Congreso respecto al artículo que se refiere a la derogatoria de las leyes, pero indicó que el criterio es que esta ley cobró vigencia este 6 de junio y no se autoderoga, además que se necesitaría una ley posterior para derogarla total o parcialmente.