Justicia

CC advierte a la CSJ: María Eugenia Morales dispone por sí misma para presidir sesión que conocerá de nuevo el antejuicio contra cuatro magistrados

Magistrada Morales Aceña planteó a la CC que hay motivos que han hecho imposible para ella cumplir con el amparo definitivo del 24 de julio.

María Eugenia Morales, magistrada de la CSJ. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

María Eugenia Morales, magistrada de la CSJ. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La Corte de Constitucionalidad (CC) emitió una resolución este 10 de septiembre donde le ordena a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que permita que la magistrada María Eugenia Morales Aceña pueda presidir el pleno que debe conocer la solicitud de retiro de inmunidad de cuatro magistrados constitucionales.

El 26 de junio, Morales Aceña y magistrados suplentes de la Suprema -los titulares se inhibieron- conocieron la solicitud de antejuicio del abogado José Roberto Hernández Guzmán contra Gloria Porras, Neftaly Aldana, Francisco De Mata Vela y Bonerge Mejía. En esa plenaria Morales presidió la reunión en la que los magistrados suplentes dieron trámite a la solicitud de Hernández Guzmán y remitió el expediente al Congreso, que ese mismo día integró una pesquisidora.

Un día después, mediante un amparo provisional, la CC frenó las actuaciones del proceso de antejuicio que ya estaba en marcha, y el 24 de julio, en un amparo definitivo, suspendió las actuaciones de ese proceso.

La resolución de ese 24 de julio establece que la CSJ debe conocer de nuevo la solicitud de Hernández Guzmán y emitir un nuevo fallo, y siempre con Morales Aceña como presidenta de estas actuaciones.

No obstante, la resolución de hoy describe que Morales Aceña desde el 31 de agosto había solicitado a la presidencia y la secretaría de la CSJ que convocara al pleno que debía celebrarse para conocer de nuevo la solicitud de retiro de inmunidad, sin éxito. Varios inconvenientes han ocurrido para que eso no ocurra, según Morales Aceña, como que los magistrados titulares de la CSJ se inhibieron o que el expediente del caso no estaba en la Suprema. Según Morales Aceña, esos motivos han hecho imposible cumplir con los efectos del amparo del 24 de julio.

Resolución
Para corregir ese panorama, la CC resolvió una debida ejecución del amparo y por lo tanto estable que Morales Aceña, en su calidad de presidenta de la CSJ para este caso, debe “disponer para sí y sin que sea necesario que medie autorización de otro integrante de la CSJ” todos los actos que correspondan para alcanzar la “conformación legítima” de la Suprema para conocer de nuevo la solicitud de retiro de inmunidad de los cuatro magistrados de la CC.

También ordena a la secretaría de la Suprema que cumpla con ejecutar las labores propias de su cargo cuando le sean requeridos dentro del caso por Morales Aceña.

El Congreso -que había retenido el expediente original y orilló a la CC a notificarlo al Ministerio Público (MP) para que investigue comisión de delito- también deberá enviar a Morales Aceña una copia certificada del expediente del antejuicio.

Ese antejuicio contra los cuatro magistrados planteado por Hernández Guzmán señalaba delitos de resoluciones violatorias a la Constitución y violación a la Constitución ante el amparo que los togados dieron al MP para que el Congreso elija cortes judiciales tomando en cuenta los candidatos no elegibles según la fiscalía, proceso que hasta hoy no avanza a pesar de que los jueces debieron haber asumido en octubre de 2019.

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