Justicia

Concentración de poder por parte de la CSJ amenaza independencia judicial

La CSJ busca recuperar el poder que perdió cuando se emitió la Ley de la Carrera Judicial en 2016, advierten expertos.

El CCJ interpuso un amparo contra el intento de la CSJ por tener el control en el traslado de jueces. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

El CCJ interpuso un amparo contra el intento de la CSJ por tener el control en el traslado de jueces. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó a Recursos Humanos del Organismo Judicial (OJ) a que no acate ningún traslado de jueces realizado por el Consejo de la Carrera Judicial (CCJ). Esto abre la puerta para que, en un futuro, los juece sean removidos y trasladados a otras judicaturas cuando sus resoluciones afecten a actores de poder, advierten analistas.

Por medio de un oficio del 10 de septiembre la gerencia de recursos humanos notificó al CCJ que “únicamente atenderá lo ordenado por el pleno de la Corte Suprema de Justicia en relación con registrar movimientos de jueces de paz y de primera instancia en plazas vacantes o nuevas”.

Cuando se emitió la Ley de la Carrera Judicial, en 2016, se estableció que el CCJ sería el órgano rector del OJ de la carrera judicial y asumiría funciones administrativas para que la CSJ se dedicara a tareas puramente jurisdiccionales

En ese sentido, la ley estableció en su artículo 26, inciso b) que los jueces solo podrían ser trasladados a otra judicatura a solicitud propia y si a juicio del CCJ habían acumulado méritos en el ejercicio del cargo, si hay causa justificada y si no se afectaría la administración de justicia.

Carmen Aída Ibarra, del Movimiento Pro-Justicia, considera que es importante que el CCJ goce de independencia con respecto a la CSJ para que en un futuro un juez no sea removido o trasladado de su judicatura por causas injustificadas.

“Para que juez ejerza cargo con independencia su cargo tiene que sentir que se van a respetar leyes, que se garantizará su trayectoria en el OJ y que no va a ser despedido arbitraria o ilegalmente en caso emita una resolución que no agrade a actores internos o externos del de poder judicial”, dice.

Ibarra recuerda que la Ley de la Carrera Judicial emitida en 2016 la CSJ perdió poder en los traslados o nombramientos discrecionales de jueces, pero ahora los magistrados buscan recuperar esas facultades mediante prácticas que atentan contra el espíritu de las leyes y la independencia judicial.

Asimismo, la entrevistada comenta que cuando la ley se emitió, se presentaron varias acciones de inconstitucionalidad porque algunos magistrados no estuvieron de acuerdo con que la CSJ perdiera poder, específicamente con relación a que el CCJ se hiciera cargo del proceso de selección de jueces. No obstante, ninguna prosperó.

Ahora, hay intentos a través de iniciativas de ley de retornarse estas facultades administrativas a la CSJ, pero ello atentaría contra el sistema de justicia.

“Ha habido dinámicas políticas en apuntan a fortalecer la carrera judicial y que no haya nada que la ponga en riesgo, pero estas reformas que se están impulsando ahora tratan de revertir todo esto”, advierte Ibarra.

El juez Carlos Ruano, presidente de la Asociación de Jueces por la Integridad, opina que el traslado de jueces es una función que le corresponde con exclusividad al CCJ, no a la CSJ.

Ruano reconoce que la CSJ tiene la facultad de nombrar a los ciudadanos que ingresen a la carrera judicial. No obstante, si ya se encuentran en el ejercicio de la función jurisdiccional y quieren ser trasladados a otra judicatura, el responsable de hacer este proceso es el CCJ.

“Según la Ley de la Carrera Judicial para que un juez pueda obtener un traslado, tiene que pasar por un proceso de formación y tener méritos. Por eso nosotros nos oponemos a que sea la CSJ la que haga el traslado porque no lo hará con un procedimiento de mérito, sino con una decisión discrecional”, dice Ruano.

El presidente de la AJI comentó que pidieron a la Corte de Constitucionalidad que fueran admitidos como terceros interesados en un amparo que presentó el CCJ contra la disposición de la CSJ. De momento, no han obtenido respuesta.

Prensa Libre se comunicó con el presidente de al CCJ, Rolando Barrera, sin embargo, indicó que estaba ocupado y devolvería la llamada. Al cierre de esta edición, no hubo respuesta.

CSJ busca recuperar poder

Luis Fernández Molina, exmagistrado de la CSJ, explica que el nombramiento de jueces le corresponde a la CSJ, pero el hecho de sugerir nominar, postular o sugerir con base a evaluaciones corresponde al CCJ.

El entrevistado considera que hay un choque de poderes en el OJ, ya que la CSJ quiere recuperar el poder que perdió en 2016 cuando se emitió la Ley de la Carrera Judicial, la cual le restó funciones administrativas y las delegó al CCJ.

“En 2015 con la renuncia del presidente y vicepresidenta, la población exigió la despolitización de la justicia. Consecuente con eso, en 2016 se emitió el decreto 32-2016, Ley de Carrera Judicial, el cual resta a la CSJ la facultad de nombrar libremente jueces. Es decir, puede seguirlo haciendo, pero debe atender las evaluaciones, punteos y recomendaciones del CCJ”, dice Fernández Molina.

El entrevistado considera que la CSJ quiere concentrar el poder total en el OJ en la parte política de la administración de justicia.

Por su parte, la CSJ emitió un comunicado en el que indican que tienen la atribución del “nombramiento de jueces, facultad que no puede ser delegada ni asumida por ningún otro órgano, lo cual aplica a plazas nuevas o vacantes para ser ocupadas por jueces en servicio o aspirantes a jueces; de conformidad con el artículo 209 de la Constitución y el artículo 21 de la Ley de la Carrera Judicial”.

Sin embargo, no diferencian entre un nombramiento y un traslado a otro juzgado, explica el juez Ruano. “Los nombramientos corresponden a la CSJ, los traslados al CCJ. Confunden plaza vacante o nueva con el derecho del juez a un traslado por oposición”, dijo.

Ahora es la Corte de Constitucionalidad la que se debe pronunciar en el amparo interpuesto por el CCJ.

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