Justicia

CSJ de facto deberá nombrar al nuevo juez de Mayor Riesgo D, por reformas hechas en el Congreso

Desde hace 29 meses no han sido renovadas las autoridades en la Corte Suprema de Justicia y expertos jurídicos consideran que atenta contra la independencia judicial

Los juzgados de Mayor Riesgo tienen como objetivo garantizar la seguridad a jueces y demás sujetos procesales en casos de alto impacto. (Foto: Prensa Libre Hemeroteca),

Los juzgados de Mayor Riesgo tienen como objetivo garantizar la seguridad a jueces y demás sujetos procesales en casos de alto impacto. (Foto: Prensa Libre Hemeroteca),

Hace 50 días del Congreso de la República reformó la Ley de la Consejo de la Carrera Judicial retirándole las funciones al Consejo de la Carrera Judicial a fin de otorgarle de nuevo a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) el nombramiento de jueces y magistrados, así como traslados y permutas, los podrá avalar por razones de servicio o ascensos.

Los 13 magistrados de la CSJ que han mantenido el control del sector justicia desde ha ce 7 años y 5 meses, serán los responsables en nombrar a los jueces que estarán en el Juzgado de Mayor Riesgo “D” y el Tribunal de Mayor Riesgo “C”, para sustituir a Éricka Lorena Aifán y Pablo Xitumul, respectivamente.

La renovación de la actual CSJ y de las Cortes de Apelaciones se ha retrasado por 29 meses, las nuevas autoridades debieron asumir en octubre de 2019. La extensión de sus funciones ha sido el resultado de la intervención de las resoluciones de la Corte de Constitucionalidad (CC) para resolver las ilegalidades y por el rehúso de los diputados del Congreso para elegir a los magistrados.

Parte de un plan

Los recientes cambios en la referida normativa refleja que “es una estrategia para desarticular la independencia judicial en Guatemala” y esto no permitirá que tomen posesión jueces y magistrados independientes, además de mantener el control en el Ministerio Público refiere Alejandro Rodríguez, del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala.

Rodríguez considera que la reversión que se dio con la Ley de Carrera Judicial le devuelve competencias a “la Corte actual con una prolongación indebida” le permitirá nombrar a jueces que no tengan la idoneidad y capacidad. Desde su punto de vista legal, lo que procedería en este caso es hacer una convocatoria pública para los puestos de los juzgadores, el cual establezca los criterios y competencia a evaluar.

El profesional señala que una de las fases de ese plan es el control sobre los órganos Jurisdiccionales de Mayor Riesgo que “son los que han tenido los casos más delicados y  han demostrado ser los más independientes y estamos viendo el ataque a jueces valientes” no descarta la posibilidad de que surjan nuevos señalamientos contra otros juzgadores con persecución penal y encarcelamiento arbitrario.

Resta independencia judicial

A criterio de Edgar Ortiz de la Fundación Libertad y Desarrollo se regresa a los modelos de hace 6 años para el nombramiento de los nuevos Jueces de Alto Impacto “y no es lo más deseable que sean las Cortes Supremas las que nombren a los jueces inferiores, eso le resta independencia judicial al sistema” e insta a realizar los cambios necesarios porque no se ajusta a las nuevas prácticas.

El experto en materia jurídica resaltó que la reforma a la Ley de la Carrera Judicial que realizó el Legislativo el pasado 3 de febrero es el resultado de un pronunciamiento de la CC en la que “dejo en suspenso ciertos artículos que básicamente eran los referentes al control que tendría la CSJ sobre el nombramiento de jueces”.

Ortiz considera que existe un problema de diseño y subraya que lo más sano es que exista un Consejo de la Carrera Judicial independiente de la CSJ, y sea quien realice los nombramientos.

Reforma superficial

Lo que le hace falta a la actual normativa es una reforma más integral y que realmente se pueda estructurar de forma correcta la carrera judicial, según criterio de José Echeverría del Movimiento Cívico Nacional y considera que la última reforma fue “bastante superficial para intentar devolver atribuciones a la CSJ” derivado a que le CCJ no está funcionando con los recursos adecuados.

Echeverría no percibe “una correlación tan directa” entre las reformas a la Ley de la Carrera Judicial y la reciente renuncia de la jueza Éricka Aifán y la separación del Tribunal del juez, Pablo Xitumul, no obstante reconoce que se requiere una reforma con estructura y diseño que “fortalezca la institucionalidad del Organismo Judicial” dijo.

El profesional considera que para recobrar la credibilidad de la población en el sector justicia “lo más urgente seria la elección de CSJ y de Corte de Apelaciones y dar una solución a ese atraso”.

Los cambios

El decreto 07-2022 le da vida a las reformas a la Ley de la Carrera Judicial, con las que retiran funciones al CCJ, y se las atribuye a la CSJ, el cual fue avalado por 102 Diputados y solamente 21 votaron en contra.

Le resta competencias al CCJ y se las devuelve a la CSJ en materia de traslados de jueces, así como resolver lo relativo a la solicitud de licencias que por diversos motivos puedan hacer los jueces. Además, se adicionó un artículo sobre traslados y permutas, el cual establece que los jueces y magistrados podrán ser trasladados por la CSJ por razones de servicio o ascensos.

También regula la emisión y actualización del Consejo y sus reglamentos, el cual establece que la CSJ elaborará y aprobará un reglamento general de la Ley de la Carrera Judicial en un plazo no mayor de tres meses.

La iniciativa fue presentada en agosto de 2019 por los entonces diputados de la Octava Legislatura: Edna Soto de Kestler, Juan Ramón Lau, José Arturo Martínez, Álvaro Arzú, José Rodrigo Valladares, Flor de María Chajón y Felipe Alejos.

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