Justicia

Oficina contra la Tortura denuncia vejámenes en las cárceles del país

Las revisiones constantes de la Oficina contra la Tortura en las distintas cárceles del país pondrían en evidencia el abuso de la prisión preventiva, la falta de jueces y violaciones constantes a los derechos humanos de los reos.

La carceleta de la Torre de Tribunales ha sido acondicionada, sin embargo, en ocasiones se satura por tantas personas consignadas. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La carceleta de la Torre de Tribunales ha sido acondicionada, sin embargo, en ocasiones se satura por tantas personas consignadas. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Solo, deshidratado, sentado en una poza de agua, en una celda que fue utilizada durante el conflicto armado interno, sin servicio sanitario ni iluminación, así fue localizado recientemente un joven que llevaba unas 12 horas de haber sido detenido por estar bajo efectos de licor y provocar una riña en Concepción Tutuapa, San Marcos.

En un recorrido de supervisión, relatores de la Oficina Nacional de Prevención de la Tortura encontraron este cuadro como una muestra del abuso al que son sometidos muchos guatemaltecos en un sistema de justicia que, no es que no funcione, sino tiene muchas deficiencias que lo hacen ser, en ocasiones, el verdugo de los ciudadanos.

La improvisada celda donde vivió el joven, quizá, las 12 peores horas de su vida, se encuentra en las instalaciones donde funciona actualmente la municipalidad de Concepción Tutuapa. Fueron los vecinos del lugar los que detuvieron al señalado y lo entregaron a la Policía Municipal.

“Imagínese, estaba a 3 mil 300 metros sobre el nivel del mar, a una temperatura de entre 7 y 8 grados, a veces baja a 5, el señalado fue llevado a ese lugar bajo efectos de licor. Ni siquiera un animal podría estar encerrado en esas condiciones, se recurrió al Juez de Paz, planteamos unos recursos legales y en menos de 24 horas fue liberado”, cuenta Otto Paz, relator de dicha oficina.

Estos casos se repiten a lo largo y ancho del país. En la capital, por ejemplo, el 22 de agosto, en las carceletas de la torre de tribunales falleció Ronald Estuardo Fuentes Cabrera, de 50 años, quien fue consignado por un accidente de tránsito en donde la conductora del otro automóvil resultó herida y fue llevada a un centro asistencial privado.

Representantes de dicha oficina visitaron el sótano de la Torre de Tribunales un día después del deceso de Fuentes Cabrera y comprobaron la desatención en la que esperan las personas detenidas para comparecer ante un juez, desde quienes cometieron un delito grave, hasta los que tuvieron una falta o un accidente de tránsito, como el caso de Fuentes Cabrera, quien necesitaba atención médica, pero, según los relatores, no se le otorgó de inmediato.

En el Instituto Nacional de Ciencias Forenses se confirmó que Fuentes Cabrera falleció por trauma de tórax. El detenido permaneció 15 horas en la carceleta, desde el miércoles 21 de agosto, por un incidente vial por el que iba a ser señalado de lesiones culposas y posiblemente recibiría una medida sustitutiva.

Los relatores comprobaron las condiciones de hacinamiento, suciedad y los malos olores entre los que las personas que están detenidas por algún señalamiento de delito o un hecho de tránsito esperan la audiencia con el juez.

Uno de los testimonios fue el de un reo que estuvo en una carceleta contigua a la de Fuentes Cabrera, donde este falleció.

“Escuché que decían que estaba vomitando sangre y se quejaba, pero no lo atendieron”, dijo el reo.

Una solución inmediata, según Otto Paz, relator titular de la Oficina contra la Tortura, es identificar cuándo es falta y cuándo es un delito, para evitar abusos en el manejo de la prisión.

En el caso de las faltas, el artículo 11 de la Constitución Política de la República establece que el agente captor debe notificarle al detenido que debe comparecer a un juzgado competente en determinado tiempo, si no lo hace, el juez resolverá su situación jurídica, si se ordena su captura, explica Paz.

“Hay privados de libertad por faltas, en la cárcel de Pavoncito (Fraijanes), encontramos personas que infringieron la ley seca en la primera vuelta electoral y pasaron de tres o cuatro meses cumpliendo una sanción sin haber sido escuchados por un juez de paz, ni haberse sometido a un juicio de faltas. Llegó la segunda vuelta electoral y allí estaban”, dice el relator.

Agregó: “El código penal en el artículo 45 refiere que el cumplimento de penas de arresto por faltas no serán mayores a los 60 días, pero hay privados de libertad por sanciones que cumplen más de ese tiempo”.

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No debe haber prisión

Paz refirió que en las subestaciones de la Policía Nacional Civil los agentes, e incluso los mandos policiales, desconocen lo establecido en las leyes y en el Código Procesal Penal.

“No lo conocen y es increíble porque que el artículo 11 -de la Constitución Política- reitera que después de la detención la persona será puesta ante el juez en un plazo de una hora, y cuando hablamos con los policías, dicen que lo hacen en un plazo de seis horas, y esto es ilegal, y eso trae consecuencias, como hacinamiento y muerte en las cárceles y carceletas. Por faltas no debe haber prisión”, insiste Paz.

Por su parte, el relator Mario Veras, explicó que en todas la cárceles se reporta algún grado de hacinamiento, en Jalapa, por ejemplo, ya se está implementando un programa de capacitaciones que está presentando resultados en cuanto a la disminución de personas detenidas.

“La mayoría de las policías en las subestaciones ya conocen el articulo 11 y lo están aplicando”, asegura.

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