“Si las sustancias van en el equipaje de mano, advierte, pueden ser sometidas a revisiones adicionales y si el polvo no puede ser identificado por los oficiales de seguridad en el Aeropuerto Internacional La Aurora no serán admitidos en la cabina de la aeronave”, consigna la agencia.
La nueva normativa restringe el transporte de substancias en polvo mayores a 340 gramos o 12 onzas, una medida que The New York Times compara con el equivalente a una lata de gaseosa.
Esta medida, que ya se aplicaba en los vuelos nacionales o dentro de ese país, será exigida por los inspectores a partir del próximo 30 de junio a todos los viajeros cuyo destino sea Estados Unidos o estén en tránsito.
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Cuando la cantidad de sustancias en polvo sobrepase las 12 onzas, estas estarán sujetas a un escrutinio especial y a un empaquetamiento específico.
Si se llevan cantidades aceptables de algún tipo de polvo, estos podrán permanecer dentro de la maleta de mano del pasajero, aunque los inspectores pueden verificarlos o prohibirlos previo a abordar.
La nueva disposición, sin embargo, no aplica para el transporte leche de fórmula para bebés, medicamentos debidamente comprobables y registrados, y restos humanos.
Compañías aéreas recordaron que “las sustancias en polvo adquiridas en el Duty Free de los aeropuertos que superen las 12 onzas o 340 gramos deberán estar selladas en una bolsa especial Secure Tamper Evident bag (STEB)”, según cita ElSalvador.com.
Para evitar dificultades en las aduanas, Aeronáutica Civil recomienda a los pasajeros meter las sustancias en el equipaje registrado.
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