Política

Giammattei informa que sancionó la Ley Antitrámites y las modificaciones a Ley de Zonas Francas

Mandatario dijo que con la promulgación de las normativas se atraerá la inversión y habrá más oportunidades de empleo.

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El presidente Alejandro Giammattei, durante su mensaje en cadena nacional.

El presidente Alejandro Giammattei, durante su mensaje en cadena nacional.

El presidente Alejandro Giammattei informó en cadena nacional este martes sobre las sanciones y promulgación a la Ley Antitrámites y las modificaciones a la Ley de Zonas Francas, publicadas ya este día en el diario oficial.

“Quiero darles buenas noticias, de que el día de hoy salieron publicadas las sanciones de las leyes de Antitrámites, que facilita la posibilidad de la digitalización de lo servicios que presta el Gobierno, de manera que reduzcamos la discrecionalidad del funcionario público”, expresó el mandatario.

Con esto, “nos aseguremos que la transparencia sea más efectiva y que los trámites sean menos engorrosos y podamos ir de la mano con las propuestas de inversión y colocar a Guatemala dentro de un país que atraiga la inversión extranjera”, agregó.

“En segundo lugar hicimos lo que consideramos conveniente, y el Congreso lo consideró también, al promulgar la Ley de Zonas francas”, prosiguió el mandatario.

Explicó que las modificaciones a dicha ley “nos permite convertir a Guatemala en un lugar de destino de inversión donde se puedan instalar zonas francas, donde generemos empleo, trabajo y que ha empezado a surtir sus efectos al tener en las dos últimas semanas visitas de inversionistas de distintos países viniendo a preguntar cómo instalarse en Guatemala”.

El gobernante dijo que el futuro de Guatemala “es halagüeño”, y la recuperación “va por buen camino”, pero hace falta la generación de empleo que nos permita que los guatemaltecos tengan mejora calidad de vida y que se queden en el país”.

El 17 de marzo último, el Congreso avaló la Ley Antitrámites.

El decreto 5-2021, Ley para la Simplificación de Requisitos y Trámites, o también conocida como Antitrámitesn  modernizará la gestión administrativa por medio de la simplificación, agilización y digitalización, utilizando las herramientas tecnológicas de comunicación e información, y tendrá un ámbito de aplicación a todos los trámites que se realicen en las dependencias del Organismo Ejecutivo.

Es decir, será de carácter obligatorio en las entidades del Ejecutivo para la realización de trámites.

En tanto, las modificaciones a la Ley de Zonas Francas, este es parte del paquete de leyes de reactivación económica para Guatemala propuesta por el Legislativo.

El sitio del Congreso publicó entonces que entre los beneficios de estas modificaciones está que atraerá la inversión, habrá más oportunidades de empleo, dará certeza jurídica y fortalecerá la producción.

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Mientras que aquellos que tienen dudas de las reformas son de la opinión de seguir con el análisis y hasta de encontrar otras soluciones para la inyección de capital en el país que no sean únicamente beneficios fiscales.

Se denomina zonas francas a 10 áreas geográfica específicas y delimitadas del territorio nacional en las que se desarrollan varias actividades industriales y comerciales regidas por un normativa especial en materia tributaria, de comercio exterior y aduanera.

Vigencia

Las reformas a la Ley de Zonas Francas, aprobadas por el decreto 6-2021 entraron en vigencia este martes 1 de junio mientras que la denominada Ley Antitrámites (5-2021) cobrará vigor en 90 días.

Ambos decretos, aprobados por el Congreso, fueron publicados este martes en el Diario de Centro América.

Sectores

El decreto 19-2016, que modificó la Ley de Zonas Francas 65-89, incluyo 25 nuevas actividades dentro de las prohibiciones para instalarse en ese régimen, sin embargo con las reformas que cobraron vigencia este martes se está eliminando la prohibición, es decir tendrán permitido estar en ese régimen, para actividades como la importación de maquinaria y equipo para vender o para arrendamiento en Guatemala, alimentos para animales, cuero y calzado, plástico y manufacturas, medicamentos, cosméticos, pinturas, muebles, productos cerámicos, juguetes y otros.

Además, están abriendo la posibilidad a nuevas actividades como turismo específicamente centros de recreación y hoteles, así como productos cerámicos, que antes tenían prohibición.

Ya no aparece dentro de la prohibición, que sí incluía el 19-2016, los aparatos electrónicos y electrodomésticos con fines de venta con fines de venta o arrendamiento al territorio aduanero nacional.

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En el nuevo decreto aparecen también dentro de las prohibiciones el sector de bebidas alcohólicas, líquidos alcohólicos y vinagres, excepto vinos y sidras, así como agua mineral, natural o artificial y gaseada, con o sin adición de azúcar u otro edulcorante o aromatizado, hielo y nieve, cerveza y malta.

En tanto en el decreto 19-2016 aparecía la prohibición para el ensamble, maquila, manufactura, procesamiento, transformación o comercialización de alcohol de cualquier origen, así como de cualquier bien que incorpore directa o indirectamente alcohol también de cualquier origen, el cual ya no aparece redactado así en la nueva ley.

Puertas a la inversión

“Con este cambio, Guatemala vuelve a abrir sus puertas al mundo como una plaza interesante para hacer negocios, y se espera que genere una cantidad importante de empleo en el país, y que esto detone en más pago de seguridad social y más capacidad de consumo para los guatemaltecos, lo cual genera IVA” dijo Edy Oswaldo Pérez, gerente general de la firma Grant Thornton Guatemala.

Los beneficios que tendrán las empresas que quieran operar mediante esta ley son: exoneración e ISR por un periodo de 10 años, exoneración del impuesto al valor agregado (IVA) e impuestos de importación para la maquinaria y equipos para desarrollar sus actividades productivas, así como de partes e inventarios, en tanto no se vendan al mercado nacional, agregó Pérez.

En el decreto se estableció, adicionando el artículo 50 bis, el caso especial de defraudación aduanera el obtener la calificación en el régimen de zona franca mediante simulación, ocultación, maniobra, ardid o cualquier otra forma de engaño ante el Ministerio de Economía o la Superintendencia de Administración Tributaria.