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¿Queda blindada la toma de posesión?

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Ayer la Corte de Constitucionalidad (CC) otorgó el amparo definitivo a un grupo de ciudadanos en el que pedían que se proteja la toma de posesión del binomio electo y de todos los demás funcionarios electos. ¿Será esta la decisión de la CC que finalmente blinde la toma de posesión?

' La clave es el “imperativamente”, que implica que, sí o sí, el 14 de enero se deben renovar los poderes Legislativo y Ejecutivo.

Jorge Jacobs

Como las sentencias de la CC generalmente son difíciles de entender, me permito copiar algunos párrafos, tanto del amparo como del comunicado publicado por esta. El primero detalla sobre qué tema se planteó el amparo:

“Acto reclamado: la amenaza de que, como consecuencia de las acciones y actitudes pasivas de las autoridades denunciadas, en el ámbito de su respectivas competencias, se desobedezca la voluntad popular expresada en las pasadas elecciones, mediante cualquier acción u omisión tendiente a afectar la toma de posesión y ejercicio de sus respectivos cargos, a partir del catorce de enero de dos mil veinticuatro, el Presidente Electo, César Bernardo Arévalo de León, a Ia Vicepresidente Electa, Karin Larissa Herrera Aguilar, a los diputados al Congreso de la República electos por el partido político Movimiento Semilla, así como de todos los funcionarios electos”.

Con esto queda claro que se pidió que no se “afecte” la toma de posesión y el ejercicio de sus cargos, especialmente del binomio electo, pero también de todos los demás que fueron electos en 2023. Como la CC otorgó el amparo, se sobreentiende que ese es “el acto” que protege, es decir, que puedan tomar posesión del cargo el 14 de enero y que, como consecuencia, puedan “ejercerlo”. El amparo fue interpuesto contra varios funcionarios, pero la CC solo se ocupó del presidente, el Congreso y su Junta Directiva, y no aceptó el amparo contra Giammattei. El amparo contra todos los demás funcionarios fue remitido a los “tribunales competentes”, los que, seguramente, todavía no han definido nada.

Transcribo ahora lo que determinó la CC en su resolución, según el resumen que ella misma publicó en un comunicado de prensa:

“I.) CONMINAR al Congreso de la República y su Junta Directiva garantizar la efectiva toma de posesión de todo funcionario electo en el proceso electoral 2O23, conforme los Decretos de oficialización y validación de resultados emitidos por el Tribunal Supremo Electoral, conforme los principios de legalidad, alternabilidad en el ejercicio del poder y al cumplimiento efectivo de los mandatos legales y constitucionales en el marco de la finalización del proceso electoral y se le exhorta preservar el régimen democrático del Estado, observar los valores de la justicia, la seguridad y la paz, observando que, imperativamente, la renovación de los integrantes del Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo se Ileve a cabo el 14 de enero de 2024, fecha prevista en la Constitución, con las personas electas conforme los resultados avalados por el Tribunal Supremo Electoral, procurando la materialización de la unidad nacional, de los intereses de la población guatemalteca, por medio de un proceso pacifico de transición.

“II) Instar al Presidente de la República promover la unidad nacional y la culminación de la transición en proceso.

“III) Prevenir a toda autoridad que actúe en cumplimiento de la última etapa del proceso electoral.

“IV) Lo decidido es sin perjuicio de las facultades de investigación, persecución y acusaciones que corresponden al Ministerio Público y los jueces del orden penal, así de las facultades del Tribunal Supremo Electoral sobre evidencias serias que presenten incidencia en el ámbito de las organizaciones electorales”.

Pienso que aquí la clave es el “imperativamente”, que implica que, sí o sí, el 14 de enero se deben renovar los poderes Legislativo y Ejecutivo “con las personas electas conforme a los resultados avalados por el TSE”. Como ya no da tiempo para que en un mes el TSE haga otras elecciones y declare, creería que con esto deja claro que el actual binomio electo debe tomar posesión. Como siempre, la CC dice que el MP puede seguir con sus investigaciones y acusaciones penales. ¿Está saldado el tema? Lo veremos dentro de un mes.

ESCRITO POR:

Jorge Jacobs

Empresario. Conductor de programas de opinión en Libertópolis. Analista del servicio Analyze. Fue director ejecutivo del Centro de Estudios Económico-Sociales (CEES).

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