IDEAS

Y ahora, ¿vendrán las vacunas?

Luego de un día agitado, este jueves por la madrugada el Congreso aprobó la “Ley de Exención de Responsabilidad y de Creación del Mecanismo de Compensación por el uso de Vacunas contra la Covid-19 que posean Autorización de Uso de Emergencia por la Pandemia del Virus SARS-CoV-2”, decreto 8-2021. Muy probablemente hoy lo publiquen de una vez en el diario oficial y eso allanaría el camino para que lleguen más vacunas. ¿Será que ya se resolvió el problema?

' Aunque estoy claro de la necesidad que había de aprobar esta iniciativa, considero que el Congreso excedió sus funciones.

Jorge Jacobs

La nueva ley toma de base lineamientos contemplados en el Public Readiness and Emergency Preparedness Act —PREP Act— de los Estados Unidos, la cual autoriza al secretario del Departamento de Salud a emitir exenciones de responsabilidad a fabricantes. La ley eximirá de responsabilidad civil a los fabricantes de las vacunas contra el covid-19 que sean utilizadas en los programas nacionales de inmunización y se encuentren aprobadas para su uso de emergencia. También resuelve varios de los temas que se han cuestionado con anterioridad, como las cláusulas de confidencialidad de los contratos, que puedan estar escritos en otros idiomas y que puedan estar sometidos a la legislación de otros países o a arbitraje internacional.

Establece, además, un método de compensación para las personas que tengan reacciones adversas por las vacunas, las que consisten, básicamente, en ser tratadas en el IGSS o en los hospitales del MSPAS, y en caso de lesiones o muerte, una indemnización de hasta tres sueldos mínimos (aproximadamente Q9,000.00). Para ello se crea un fondo de Q20 millones que administrará el MSPAS.

Aunque estoy claro de la necesidad que había de aprobar esta iniciativa para que se puedan recibir donaciones o comprar vacunas fabricadas por empresas estadounidenses, considero que en esta aprobación el Congreso excedió sus funciones, ya que, según la legislación guatemalteca, solamente un juez puede eximir de responsabilidad a una persona. A ello hay que agregar que se podría violar la “inmunidad soberana” —derecho reconocido a cada Estado a no ser sometido a la potestad judicial de otro Estado—, sobre lo que tampoco tiene potestad el Congreso. En pocas palabras, el acuerdo aprobado podría ser impugnado por inconstitucional, y tendría muchas posibilidades de ser declarado así.

Pero considero difícil que alguien ponga una acción de inconstitucionalidad, por lo que lo más probable es que quede en vigor los dos años para los cuales fue autorizado, como mucha otra legislación inconstitucional en Guatemala: “legal, mientras nadie lo cuestione”.

Adicionalmente, de acuerdo con la experiencia que se ha tenido en otros países en donde ya se ha vacunado a muchos millones de personas, la posibilidad de “reacciones adversas serias” resultado de la vacunación son tan bajas que difícilmente se van a dar casos que puedan ser reclamados. Ello no quita que, con el incentivo de la “compensación”, haya personas que quieran aprovechar y hagan denuncias falsas de “reacciones adversas serias”, por lo que hay que estar muy pendientes de los casos que se reclamen.

En resumen, cumplido el requisito, lo más probable es que en los próximos días ingresen el millón y medio de dosis pagadas por los tributarios estadounidenses, y no nos debería extrañar que otros millones de dosis les sigan.

Ahora dependerá del MSPAS la agilidad con la que administren las vacunas, tarea que se ve complicada con los antecedentes que se tienen, donde ha habido muchas fallas de organización, pero especialmente de comunicación. Mientras tanto, la enfermedad sigue causando estragos y a todos nos toca cuidarnos, en lo que avanza el proceso de inmunización general.

ESCRITO POR:

Jorge Jacobs

Empresario. Conductor de programas de opinión en Libertópolis. Analista del servicio Analyze. Fue director ejecutivo del Centro de Estudios Económico-Sociales (CEES).

ARCHIVADO EN: