EDITORIAL

Argumentos falaces evidencian intenciones

Toda clase de falacias, legalismos carentes de fundamento moral y hasta confesiones desfachatadas figuraron en la sesión plenaria del Congreso de la República el martes último, en la cual se aprobó, con nocturnidad, el mecanismo para la elección de magistrados de Corte Suprema de Justicia y salas de Apelaciones, en el cual se manipula la implementación del voto a viva voz, un requisito de transparencia, para convertirlo en el pretexto para prolongar maliciosamente el proceso de designación, con ulteriores fines urdidos por la alianza oficialista, que integra toda clase de intereses ajenos al bien común.

El primer síntoma de la oficiosa estratagema legislativa fue colocar la elección como último punto de agenda, supuestamente en nombre del beneficio público de aplazar el pago del impuesto de circulación, un asunto populista que bien pudo lanzarse antes, pero no se hizo; al igual que se pudieron haber elaborado reglamentos más eficientes, funcionales y ágiles para entregar la asistencia económica a los afectados por la pandemia, y no hubo capacidad para hacerlo.

El segundo síntoma grave del infeccioso conflicto de intereses es la exclusión del informe presentado por el Ministerio Público sobre los nexos y visitas de algunos aspirantes y diputados con el operador político Gustavo Adolfo Alejos, hoy colocado por el gobierno de Estados Unidos en su lista negra de corruptos. Es como si las pesquisas desarrolladas por la Fiscalía no les importaran o como si no entrañara sospecha alguna la comunicación sostenida entre este personaje y al menos 11 legisladores. Esta es su última oportunidad de colar a sus allegados en cortes: un cíclico botín político que no quieren dejar escapar.

La febril oficiosidad por relegar el requisito constitucional de idoneidad para cargos públicos fue tal que algunos diputados, adláteres del anterior oficialismo, llegaron a decir que los magistrados no son trabajadores del Estado y que, por lo tanto, dicha exigencia no les aplica, en una perorata terminológica que solo exhibe indignos propósitos. Si se aplica el sentido racional más básico y elemental, la correcta deducción del espíritu de la ley es: si para cualquier empleado estatal es necesario cumplir con las características de capacidad, honradez e idoneidad, cuánto más se deben demandar estas cualidades en las más altas autoridades de los organismos del Estado, sobre todo si se trata de personas que se postulan voluntariamente, sometidas a los parámetros de la ley, precisamente para poder defender su aplicación sin cortapisas ni compromisos.

Si no se tratara del foro de los representantes de la ciudadanía, se habría podido interpretar como una línea de comedia de mal gusto lo expuesto por otro diputado: “¿Somos idóneos para escoger a otros?… aquí habemos quienes hasta sin finiquito entramos al Congreso”. Ese era su argumento sofista para ignorar los señalamientos de nexos sospechosos de varios postulados a magistraturas de justicia.

Los diputados que no participaron en la aprobación del mecanismo de elección deben alzar la voz para reclamar la posibilidad de un fraude de ley, es decir, la realización de una acción truculenta —la posible tardanza de hasta un año en elegir— escudándose en una norma existente —el fallo de la Corte de Constitucionalidad que ordena votar de viva voz—, a fin de alargar el mandato extra de los actuales magistrados de la CSJ para que, a su vez, estos incidan en la conformación de la CC a conveniencia. La intencionalidad es evidente.

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