EDITORIAL
CSJ puede estrenarse con amparo a libre expresión
Ya que de la anterior Corte Suprema de Justicia (CSJ) nada bueno podía esperarse, no extraña que se hayan hecho los desavisados respecto de la solicitud de amparo a favor del respeto a la garantía constitucional de Libre Emisión del Pensamiento solicitada por la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG). Dicho recurso estaba y está respaldado por otras entidades que aglutinan a comunicadores de diversas áreas y empresas de medios, como Cámara de Locutores Profesionales de Guatemala, Cronistas Deportivos Guatemaltecos, Asociación de Cronistas Deportivos, Federación Guatemalteca de Escuelas Radiofónicas y Red Rompe el Miedo.
No es de ahora la preocupación, intimidaciones y ataques en contra de periodistas mediante subterfugios paralegales que intentan criminalizar la labor de denuncia, garantizada sin excepciones ni cortapisas por el artículo 35 de la Constitución de la República de Guatemala: un bastión de libertad ciudadana que politiqueros y déspotas —si acaso no son lo mismo— intentan vulnerar desde hace décadas. Son múltiples las intentonas, como ocurrió durante el burdo serranazo de 1993, el fracasado golpe que intentó anular la institucionalidad del país y que ordenó el envío de censores a medios de comunicación, lo cual fue amplia y totalmente rechazado.
Es vergonzoso para la anterior CSJ el haber evadido la responsabilidad de respaldar un derecho constitucional ante un temor fundamentado. Quedan claras sus fidelidades al oficialismo y también a sus primeros patrocinadores, los nefastos y extintos Partido Patriota y Líder, de los cuales aún quedan rémoras en el Congreso, en donde también hay viejos adláteres del intolerante aprendiz de autócrata Jorge Serrano Elías.
El lunes último, la APG reiteró el pedido de amparo, que debe ser resuelto favorablemente. La causal de la acción persiste y por lo tanto es impostergable el otorgamiento de la medida. En mayo se señalaba que “se pueda incurrir en vulnerar la Constitución con una ley ordinaria, y con ello el debido proceso y la libertad de expresión, al perseguir judicialmente a periodistas y ciudadanos que hacen uso de ese derecho establecido en la Carta Magna”. Desgraciadamente y para descrédito de funcionarios serviles a la intolerancia, tal riesgo persiste.
El recurso fue endosado a la Corte de Constitucionalidad (CC) y esta lo regresó a la sala de Apelaciones, donde fue presentado con la indicación de otorgar la protección solicitada. Sin embargo, se ha quedado entrampado, quizá por negligencia, por burocracia o por dolo. En todo caso este es el momento histórico en que la recién estrenada CC pueda cobrar el protagonismo que se espera, con hidalguía, altura ética y sentido de servicio a la ciudadanía. Oportuno es mencionar que en agosto último la CC rechazó acertadamente un amparo interpuesto por la fiscal general, Consuelo Porras, en contra del Ejecutivo para que emprendiera acciones para acallar críticas en redes sociales hacia su persona y otros fiscales.
El foco del amparo rezagado señala el peligro de instrumentalización de elementos aislados de la Ley contra la Delincuencia Organizada para tratar de disimular el obvio fin de amordazar a críticos y opositores; es decir, coartar la Ley de Emisión del Pensamiento, que establece: “Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna”.