EDITORIAL

La ciudadanía misma custodia el voto

Cada ciudadano es el primer y último responsable de la democracia a través del cumplimiento de sus obligaciones y el ejercicio de sus derechos en plena consonancia con las garantías que constituyen al Estado de Guatemala. Informarse para formar un juicio crítico, empático, solidario y con visión de futuro debe ser una actitud cívica. Analizar el desempeño y logros o bien las incoherencias y desmanes de candidatos constituye un sano método para tomar la mejor decisión para la cita con las urnas.

Esta decisión, manifestada a través del sufragio, es custodiada por las juntas receptoras de votos: más de cien mil personas que donan su tiempo, esfuerzo y convicción para atender a los ciudadanos. En coordinación con las juntas electorales municipales y departamentales, así como con los magistrados del Tribunal Supremo Electoral, hacen posibles las elecciones generales.

Las 3,219 juntas receptoras de votos son claves, porque están en contacto directo con el votante. Están integradas por tres miembros titulares, con los cargos de presidente, secretario y vocal. Los requisitos para formar parte de ellas son sencillos, pero fundamentales: hallarse en el ejercicio de derechos como ciudadano, radicar en el municipio donde prestará el servicio y, muy importante, no tener ningún cargo directivo en organización política alguna, a fin de evitar cualquier conflicto de interés.

Se trata de cargos temporales, sin remuneración alguna, a los cuales cualquier ciudadano puede postularse cuando el TSE hace la respectiva convocatoria. Reciben capacitación cívica y legal para que la fiesta electoral se lleve a cabo con normalidad. Es un servicio loable.

El artículo 186 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos describe entre sus atribuciones y obligaciones: abrir y cerrar la votación de acuerdo con la ley, revisar los materiales y documentos electorales, respetar y hacer que se respete la secretividad del voto, identificar a los votantes mediante documento personal y constatar su registro en el padrón electoral. También deben vigilar que los votantes depositen las papeletas electorales en las urnas correspondientes, marcar con tinta indeleble el dedo índice de la mano derecha u otro en su defecto, de quien ya depositó su voto.

Una vez terminado el horario de atención de los centros de votación y finalizada la fila que haya hasta ese momento, la junta receptora de votos procede a contar los sufragios en presencia de los fiscales de los partidos políticos y de los comités cívicos electorales que se encuentren presentes; con base en los números obtenidos, se elaboran las actas correspondientes en los libros registrados para tal efecto, dentro de las cuales debe constar cualquier impugnación presentada. Finalmente, se anulan las papeletas electorales no utilizadas y se depositan todas las papeletas marcadas en sacos electorales, que se entregan, junto con las actas, a la Junta Electoral Municipal.

Es vital la responsabilidad de ciudadanos y autoridades para no adelantar juicios cuando se presencie, a través de medios de comunicación, el escrutinio de los votos de las mesas, puesto que unas cuantas no constituyen una tendencia ni un porcentaje representativo como para anticipar conclusiones. Es importante poder presenciar estos momentos como parte de la misma transparencia del proceso, pero las únicas cifras oficiales son las que anuncie el TSE en el momento debido.

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