EDITORIAL

La institucionalidad debe prevalecer

Se suscita actualmente una intensa discusión sobre la integración de la Corte de Constitucionalidad (CC), a causa de la ausencia de algunos integrantes, titulares o suplentes, por deceso, dimisión o motivos de salud. Existe total libertad de expresión de posturas, sugerencias y análisis sobre esta situación, sobre todo por la importancia que históricamente ha tenido la CC en diversos procesos. Sin embargo, por tratarse del máximo tribunal, la resolución de tal predicamento está en manos de los actuales integrantes, titulares y suplentes.

La crisis es peculiar, pero su raíz se hunde en toda una cadena de factores, incluidas situaciones inesperadas como el deceso del magistrado Bonerge Mejía, víctima de covid-19, o la enfermedad del magistrado Neftalí Aldana, pero también por omisiones previas de entidades encargadas de nominar sustitutos de magistraturas vacantes en la CC. Por ejemplo, la propia Corte Suprema de Justicia (CSJ), que para ocupar la plaza suplente dejada por la fiscal general Consuelo Porras en 2018 nombró al abogado Conrado Reyes, sin una convocatoria pública, por lo que la propia CC rechazó provisionalmente la nominación, aunque se tardó dos años para dar un fallo definitivo, el 25 de septiembre último.

No obstante, con el respeto que merecen todas las opiniones, es de un asunto que la misma CC debe dilucidar mediante sus mecanismos institucionales, a través de una discusión asertiva, profesional, serena e independiente de cualquier injerencia. El hecho de que existan magistrados titulares y suplentes nombrados por la Presidencia, la CSJ, el Colegio de Abogados, la Universidad de San Carlos de Guatemala y del Congreso de la República no los supedita. Tal integración obedece a un modelo diseñado por los constituyentes para propiciar la representatividad plural.

Queda claro que se perfilan dos paradigmas, dos fuerzas, dos posturas que en pleno se definen a voto: una situación que no es exclusiva de Guatemala y que forma parte del natural debate legal. Ahora mismo en Estados Unidos está abierta la discusión sobre la conveniencia o no de que el presidente Donald Trump haya nombrado a la jueza conservadora Amy Barret para la Corte Suprema, en sustitución de jueza Ruth Gingsburg, de ideología liberal. Si el Senado la avala, Barret será jueza suprema, para quien le guste y para quien no, porque de eso se trata la institucionalidad.

Es asunto de la CC y solo de esta Corte definir la situación del magistrado Neftalí Aldana -titular nombrado por la CSJ-. La forma de constatar legalmente su condición de salud y declarar su vacante es una discusión que se debe hacer con carácter de urgencia, pero sin precipitación, y mucho menos con conflictos de interés. Es importante que toda autoridad cumpla sus obligaciones y respete la institucionalidad. En este momento ya debería existir una nueva CSJ, que deberá nominar dos magistrados de la siguiente CC en 2021, un proceso para el cual es obvio el interés por prolongar la actual CSJ que está a seis días de cumplir un año de tiempo extra. Si el titular del Congreso hubiese propiciado con ahínco la elección de la CSJ y salas de Apelaciones, quizá tendría un mínimo de autoridad moral para terciar en la discusión.

La CC nació y existe para ser garante del sistema legal y no puede estar sujeta a volubilidades, conveniencias o presiones. Su carácter inherente la coloca en la cima del ordenamiento jurídico y de ahí la necesidad de que sus integrantes aborden con eficiencia y rectitud desafíos como el actual, pues sus acciones marcan el destino de institucionalidad democrática y el estado de Derecho en el país.

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