EDITORIAL
Mal uso de la Ley de Femicidio llora sangre
De ciertas funcionarias y exfuncionarias opacas, de crónica reticencia a la rendición de cuentas, con reputación marcada por descaradas contrataciones clientelares, vinculación con vacuos pactos politiqueros y de sospechosa intolerancia a la crítica no extrañan nada abyectos retorcimientos de la ley con el único fin de prolongar sus discrecionalidades de manera prepotente, farisaica e inmoral.
Pero cuando tales alegatos leguleyos, que pervierten el espíritu de valiosas leyes, son avalados por jueces o juezas, se pone en riesgo la institucionalidad del entramado jurídico y de toda la función del Estado. Un caso lamentable es el manipuleo de la norma para el combate del femicidio, invocada en favor de conveniencias personales y no del bien común. Es posible que algunos jueces o magistrados sean sorprendidos en su buena fe con denuncias espurias interpuestas por representantes legales de personas señaladas por indicios de malversación, fraude, tráfico de influencias o plazas fantasmas, acciones que pretenden proseguir y para ello simulan la condición de víctimas, a fin de lograr medidas cautelares que no aplican ni de forma ni de fondo.
Durante el 2021 se incrementaron en un 33%, respecto del año anterior, los casos de femicidio reales, no inventados ni fingidos, en los cuales hubo víctimas verdaderas y hoy lamentablemente ultimadas por sus cónyuges o convivientes contra quienes, en muchos casos, no llegó a tiempo la necesaria orden judicial de alejamiento que posiblemente hubiera salvado sus vidas. En el gremio de abogados ya debería haber evolucionado la discusión acerca de los criterios éticos de aplicabilidad de una norma y las responsabilidades que entraña apañar las acciones aviesas.
El artículo 35 constitucional es claro al establecer que “no constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos”. Si alguna funcionaria o exfuncionaria, aunque haya tenido cargos inventados a la medida, argumenta que se le acosa debido a los requerimientos de información sobre gastos, contrataciones y resultados, debe recordársele —igual que a los jueces— que el mismo artículo constitucional sentencia: “Es libre el acceso a las fuentes de información y ninguna autoridad podrá limitar ese derecho”. Ninguna. Bajo ningún argumento. Y si no quiere ser fiscalizada que entregue cuentas y renuncie.
Para los jueces de todas las instancias, incluyendo a los de Femicidio, el mensaje se convierte casi en una súplica: protejan a las mujeres que se encuentran en verdaderas situaciones de vulnerabilidad física, económica, psicológica. No permitan que terceros intereses o favoritismos equivocados perviertan el noble sentido de una norma creada para salvar vidas, no para prolongar impunidades ni para disfrazar gestiones anodinas.
Paola Rímola, María José Echeverría, Dionalda Ramírez, María Elena Pérez, Ximena Villela, Litzy Amelia Cordón, Isabel Cotiy Tziquín, María Tambriz, Catarina Guarchaj, Antonia Rosalía Guarchaj, Manuela Tzaput Rosario y Pascuala Tziquin son algunos nombres de las más de 500 mujeres ultimadas en el 2021, para quienes no llegó a tiempo la alerta o medida cautelar. Literalmente llora sangre el despropósito de quienes se burlan de la vulnerabilidad de miles de guatemaltecas al malutilizar la ley para no responder por sus irresponsabilidades.