Se debe desjudicializar la acción política

El sistema constitucional guatemalteco, republicano, democrático y representativo se basa en la primacía de la persona humana como sujeto y fin del orden social, a diferencia de constituciones anteriores, que estaban más bien orientadas a una concepción centrada en dar preeminencia al Estado.

La Carta Magna promulgada en 1985 establece un balance entre los tres poderes del Estado y también institucionaliza órganos autónomos de control, tales como la Contraloría General de Cuentas, para fiscalizar los recursos públicos o el Ministerio Público, para ejercer la acción penal pública. Uno de los grandes aciertos de los constituyentes fue la creación de tres figuras que han sido fundamentales en el sistema de pesos y contrapesos: el Tribunal Supremo Electoral; la Corte de Constitucionalidad y la Procuraduría de Derechos Humanos, magistrado de conciencia designado por el Congreso de la República pero no supeditado a él, para la defensa de las libertades básicas.

En este entramado institucional y constitucional, los partidos políticos son entidades de derecho público cuya principal función es ser intermediarios entre la población y el Estado, a fin de poder presentar opciones entre las cuales los ciudadanos empadronados eligen cada cuatro años a las autoridades a cargo de los organismos Ejecutivo y Legislativo, cada uno con sus respectivas obligaciones, derechos y límites. Sin embargo, a lo largo de la historia se convirtieron más bien en maquinarias al servicio de ciertas figuras o grupos y la mejor evidencia se encuentra en aquellos partidos que han hecho gobierno o han gestado aplanadoras legislativas que se olvidan incluso de sus representados.

Hace cinco años se destapó un escándalo sin precedentes: un diputado oficialista, hoy condenado a prisión por tráfico de influencias, ofrecía una posible reelección a una magistrada a cambio de un fallo favorable en un caso que involucraba a la entonces vicepresidenta. El hecho evidenció un secreto a voces: los pactos de conveniencia entre fuerzas políticas para designar a ciertos magistrados afines, con el objetivo de poder influir en una u otra vía en potenciales procesos legales. De hecho, este año un Congreso de la República integrado por una mayoría de diputados en busca de reelección, muchos de ellos tránsfugas, debe designar a la Corte Suprema de Justicia 2019-2024, un escenario sobre el cual ya se plantean dudas y cuestionamientos, precisamente porque hay casos políticos en el plano judicial. El más reciente ejemplo de esta colisión es el de la ex fiscal general Thelma Aldana, ya que ayer trascendió que un juez emitió orden de captura en su contra, pero también se conoció que el TSE la inscribió como candidata, con lo cual gozaría de inmunidad, debido a las protecciones constitucionales del proceso y a su vez deberá hacer uso de su derecho de defensa. Así también se encuentra entre cortes, por una situación distinta, la inscripción de la candidata Zury Ríos, hija del fallecido general Efraín Ríos Montt, jefe de Estado de facto entre 1982 y 1983, circunstancia que le haría aplicable una prohibición constitucional, ya invocada por el TSE; la CSJ le otorgó un amparo para ser inscrita como candidata, pero este fue revocado por la CC. Todavía hay pasos legales por agotar, pero mientras tanto la campaña electoral 2019 arranca entre incertidumbre y señalamientos de intereses ocultos. Por ello es necesario que tales casos sean ventilados con prontitud y apegados a derecho por parte de juzgadores idóneos, a fin de transparentar los fallos, que deben ser respetados, con todo y su impacto político, social y electoral.

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