EDITORIAL
Timbre notarial digital suena ágil y necesario
Para todo abogado y notario eficiente, trabajador, actualizado, proactivo y atento a las necesidades contemporáneas del Derecho, debería ser indudable el voto por el “sí” en la consulta gremial que se desarrollará hoy respecto del Reglamento de Timbres Notariales, gracias al cual será posible la adquisición y utilización del timbre forense y notarial electrónico, el cual coexistirá con las tradicionales estampillas físicas adhesivas de papel, cuyo uso y comercialización continuará vigente, pero como una opción.
Hace 62 años fue emitido el decreto 1401 que establece un impuesto a las actividades de abogados y notarios, recolectado por medio de los timbres. Todo memorial, acta, título o documento elaborado por un profesional del Derecho debe llevar la constancia de ese pago, es decir el timbre. Los fondos recaudados son privativos del Colegio de Abogados y Notarios, básicamente para sufragar los planes de prestaciones de sus agremiados. En 1996 se estableció un reglamento para actualizar los rangos de montos por pagar y se refrendó la utilización de estampillas adheridas a los documentos. Aún era una época de escasa digitalización, pero un cuarto de siglo después es innegable la transformación informática global en todos los órdenes de la vida, incluyendo el ejercicio de la abogacía y notariado.
Actualmente existen documentos digitales, acuerdos internacionales, firmas electrónicas, audiencias por videoconferencia y gestiones a distancia, o auxilios judiciales en horarios en los que un timbre forense físico no se puede adquirir. Los abogados deben tener existencias de los mismos o esperar a horas y días hábiles para poder comprar más.
El factor tiempo es cada vez más crucial, sobre todo en casos en los cuales se necesita presentar un documento en una primera declaración ante juez, solicitar un recurso de amparo o diligenciar alguna gestión legal, los cuales precisan de timbres fiscales para ser válidos. Es por ello que se plantea poner en vigencia los timbres electrónicos, que pueden ser adquiridos a cualquier hora, cualquier día de la semana a través de una plataforma accesible a todos los abogados colegiados, mediante computadora, teléfono o tableta. Un código de barras será la constancia única, irrepetible e infalsificable que podrá ser adjuntada, enviada e impresa junto al documento legal. El cambio tiene lógica, versatilidad y pertinencia en la era tecnológica en que vivimos.
Todos los integrantes del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala están convocados a participar en la consulta de hoy. Por responsabilidad y compromiso con su profesión, debería participar la mayor cantidad de profesionales en su aprobación. Se trata de una votación física, aunque a estas alturas de los tiempos ya el Cang también debería implementar la participación en línea para futuros procesos. En todo caso, la expectativa y el clamor de diversos sectores es que se apruebe el nuevo mecanismo de adquisición de timbres, a fin de fortalecer y actualizar la certeza jurídica en el país como factor de competitividad y cada vez mayor transparencia.
En otros países ya existe este sistema, y para los propios abogados será una oportunidad de ampliar y agilizar su ejercicio público. Si ganara el “no”, todo el país perdería una oportunidad que de por sí ya llega con cierto atraso, pero por fin está aquí. Las ventajas del timbre electrónico notarial o forense deberían sonar imprescindibles e impostergables para todos.