EDITORIAL

Una reforma que no se debe hacer a la ligera

Existen múltiples debilidades institucionales, problemas de procedimiento e incluso deficiencias de personal que deberían ser objeto de rigurosa auditoría antes de culpar a la Ley de compras y contrataciones por la lentitud en la adquisición de bienes y servicios necesarios para el funcionamiento de dependencias estatales o gobiernos municipales. El presidente de la República ofreció a jefes ediles plantear cambios a dicha norma para facilitar transacciones destinadas al combate de la pandemia o de sus efectos.

En todo caso, si es que fuera necesaria una reforma, la misma debería ser integral y con una visión sistemática, actualizada, alejada de la coyuntura y centrada en la cuentadancia pública, puesto que modificaciones fragmentarias pueden resultar contraproducentes y tal como lo dice la frase popular, el remedio puede ser peor que la enfermedad.

En primer lugar, se supone que los estados de Calamidad facultan al Estado para efectuar compras de emergencia en casos de necesidad pública. Sin embargo, durante la crisis sanitaria se han señalado repetidamente los rezagos en adquisiciones debido a problemas burocráticos e incluso a trabas que parecen deliberadas, lo cual nada tiene que ver con la norma imperante.

Si son las comunas las entidades que reclaman un mayor margen de libertad para efectuar compras y firmar contratos, invocando la situación de pandemia, existen vías perfectamente legales para permitirles una agilización en el aprovisionamiento de suministros o adjudicación de proyectos atinentes a la declaratoria de calamidad. Ahora bien, si son otros los fines o intereses, se debe llamar a las cosas por su nombre.

Ahora bien, si lo que se busca es dar mayor viabilidad a contratos relacionados con la administración y prestación de servicios de los municipios, lo primero que se debe llevar a cabo es la planificación de los proyectos presentados y aprobados por los alcaldes y concejos municipales.

Desafortunadamente, la historia juega en contra de los intentos de relajar los controles, puesto que hay numerosos precedentes de jefes ediles procesados por asignaciones antojadizas de obras a empresas vinculadas con ellos mismos, con familiares o allegados. Recién el viernes último fue condenado el exalcalde de Chinautla Arnoldo Medrano por un caso denominado Negocios de familia, el cual expone los mecanismos mediante los cuales se le jugaba la vuelta a la ley, al amparo de la autonomía municipal y con fines netamente pecuniarios.

Si existen límites para las compras directas es por una razón de peso. Si se exige una licitación para proyectos grandes es para evitar arbitrariedades. Si se busca la mejor calidad al precio más asequible mediante un concurso público es porque se persigue el beneficio común.

Por lo anterior, si hace falta formular una nueva ley se debe plantear de manera integral y no como parches que no van a solucionar el problema de fondo: la falta de planificación en las gestiones. Por otra parte, el Organismo Legislativo tiene una larga lista de asuntos pendientes en su agenda, por lo cual dicha revisión no podría ocurrir en el corto plazo, a menos que existan otras motivaciones para trastocar la norma. Son de sobra conocidas las negociaciones que efectúan ciertos diputados distritales con alcaldes, sobre todo cuando llega la discusión del presupuesto.

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