Economía

Ante el silencio del Gobierno, el sector privado pide explicación por salida de directores de la CNEE

Organización empresarial critica que con la destitución de directores de la Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE) sin razones fundamentadas según la ley del sector, se debilita institucionalidad y se genera dudas de la transparencia de los motivos.

Los comisionados, que fueron retirados de CNEE septiembre del 2019, fueron juramentados en  mayo del 2017 para un plazo de 5 años, el cual no se cumplió. (Foto, Prensa Libre: Gobierno de Guatemala).

Los comisionados, que fueron retirados de CNEE septiembre del 2019, fueron juramentados en mayo del 2017 para un plazo de 5 años, el cual no se cumplió. (Foto, Prensa Libre: Gobierno de Guatemala).

El sector empresarial organizado en el Cacif pidió al Presidente de la República Jimmy Morales que explique las razones de las destituciones de los tres  directores de la CNEE que ejercieron en el cargo hasta el 11 de septiembre del 2019. Luego se le sumaron otras organizaciones como la Asociación de Generadores con Energía Renovable (Ager) y la Gremial de Grandes Usuarios de Energía Eléctrica (GGUEE) afiliada a la Cámara de la Industria de Guatemala (CIG).

El Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif) se pronunció este miércoles mediante un boletín refiriendo que “preocupa lo repentino de esta decisión y la falta de argumentos, ya que acciones de esta naturaleza solamente debilitan las instituciones y hacen dudar sobre la transparencia y motivaciones de las mismas”.

En la fecha menciona fueron destituidos Minor López, quien presidía la Comisión, Miguel Santizo y Julio Campos. En su lugar fueron nombrados Rodrigo Fernández, Ángel García y Rafael Argueta.

Según el Cacif el artículo 5 de la Ley General de Electricidad establece que las causales de una remoción  son negligencia o incumplimiento comprobado, pro lo qué, indica dicha organización, las justificaciones deben ser claras.

Al ser consultado el  Secretario de Comunicación de la Presidencia, Alfredo Brito dijo la semana pasada a  Prensa Libre que tenía conocimiento que “el sector energético manifestó una serie de quejas” las cuales fueron analizadas con el fin de determinar el cumplimiento de la normativa vigente y “para mantener la estabilidad y la certeza en ese sector” se procedió a nombrar a los otros directores. Sin embargo dijo desconocer cuáles fueron las quejas del sector.


Carmen Urizar, expresidenta de la CNEE dijo que aunque el Presidente de la República tiene la facultad de removerlos de los cargos, reitera la preocupación porque es necesario conocer las razones ya que se debilita la institucionalidad de un sector que ha mostrado fortaleza desde que se emitió la Ley en 1996.

“Por otro lado en el sector se habla de que la razón fue la fijación del Valor Agregado de Distribución (VAD) de Energuate, y yo creo que si fue así, es un motivo de preocupación porque es un proceso que lleva un año de trabajo técnico. Puede ser que la empresa no estuviera de acuerdo, pero para eso hay canales y recursos legales, pero ya hablar de una remoción, si esa fue la razón, es preocupante” dijo Urizar.

La experta en el tema de electricidad dijo que se debe reconocer la experiencia y capacidad técnica de los nuevos comisionados, y a su consideración no se ha cuestionado tanto la llegada de ellos a la CNEE, sino la forma en que se retiró a los directivos anteriores.

Agregó que se está vulnerando la institucionalidad del sector y mencionó que varias empresas han estado en desacuerdo con el VAD, EEGSA lo estuvo en su momento en el 2008, pero impugnó y usó mecanismos legales nacionales e internacionales. En el 2004 por orden de la Corte de Constitucionalidad el mandatario Óscar Berger, destituyó a los comisionados de ese entonces, debido a la fijación del  VAD de EEGSA, pero en ese caso por un monto elevado, recordó Urizar.

Energuate no ha respondido a las solicitudes de información acerca del cambio de directores de CNEE y nuevas demandas internacionales contra el Estado de Guatemala presentadas por accionistas de la empresa propietaria de las distribuidoras, debido a la inconformidad por la fijación del VAD para el plazo del 2019 al 2024.

Critican procedimiento de destitución

“Se debió haber abierto un expediente administrativo de destitución, dentro del cual se debe probar las causales, mismas que se deben expresar en el acuerdo gubernativo”, respondió a Prensa Libre Héctor Quezada, vocero de Asociación Amigos del País.

Dicha organización se pronunció el 14 de septiembre pasado en contra de la decisión del Gobierno que calificó como injustificada.


Le presentamos los argumentos de la Asociación, respondido por Quezada por medio de un correo electrónico.

¿Por qué considera que la destitución fue indebida?

El Presidente y el Ministro de Energía y Minas al igual que todo habitante de Guatemala tiene que respetar lo que establece la Constitución y las leyes del país, en especial deben apegarse a los procesos que en ella se establecen. En el Articulo 5 de la Ley General de Electricidad dice “…En caso de renuncia, ausencia definitiva o remoción por negligencia o incumplimiento comprobado de cualquier miembro de la Comisión, el Ejecutivo nombrará al sustituto para completar el período de entre la terna que para el efecto le propuso originalmente el ente respectivo.”  Por lo que una destitución de un Comisionado siempre debe ser justificada y comprobado el motivo de su remoción para tener constancia de que la decisión no fue arbitraria sino que responde a una realidad concreta y objetiva que la justifique.

¿Qué procedimiento se debió seguir?

El Presidente debió haber comprobado la negligencia o el incumplimiento de las obligaciones de los Comisionados removidos.  Es importante resaltar que la ley claramente establece que “Los miembros de la Comisión desempeñaran sus funciones por un período de cinco años contados a partir de su toma de posesión”, por lo cual o se cumple el período o se prueban las causales de remoción.  La Ley General de Electricidad no establece ningún procedimiento solo indica que los motivos deben ser comprobados.

En las leyes se establece que para la destitución en este tipo de cargos se debe basar en causales. ¿Esas causales deben estar expresadas en el acuerdo de destitución o en que documento?

Se debió haber abierto un expediente administrativo de destitución, dentro del cual se debe probar las causales, mismas que se deben expresar en el acuerdo gubernativo para que las personas destituidas tengan claridad de con base en qué es que se les destituye.  Debe ser un expediente por persona y cada uno justificado individualmente.

¿Considera que los comisionados salientes pueden impugnar la decisión?

Creemos que pueden y francamente deben impugnar, más que por una razón de conservar o no un puesto dentro de la Comisión Nacional de Energía Eléctrica, es por el respeto a las leyes y al debido proceso.  El Presidente, el Secretario General de la Presidencia y el Ministro de Energía y Minas, todos signatarios del acuerdo gubernativo deben actuar en total apego a la ley.

Es importante resaltar que el Presidente puede destituir a los miembros pero siempre y cuando cumpla con lo establecido en ley, apegándose al debido proceso y fundamentando su actuar.

Luego del pronunciamiento del Cacif y de la Asociación de Amigos del País, también expresaron su preocupación las organizaciones como AGER y GGUEE que forma parte de la Cámara de la Industria. Coinciden en la necesidad de esclarecer los fundamentos por los cuales se destituyó a los tres directores anteriores ya que temen que se debilite la institucionalidad del sector eléctrico que se ha desarrollado por 23 años con nueva legislación y normativas.

 

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ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.