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Explotación descontrolada de arena en Guatemala causa perjuicios en general

La arena es un recurso mineral no renovable y que se usa en la construcción, y que se extrae de forma indiscriminada, lo cual afecta a la sociedad a todo nivel.

Explotación descontrolada de arena en Guatemala causa perjuicios en general

La sobreexplotación de arena causa graves daños no solo al medio ambiente sino a las comunidades. (Foto Prensa Libre, Carlos Hernández)

La arena y grava, aunque no lo parezcan, son el segundo recurso natural de mayor uso y comercialización global por volumen, después del agua, debido, principalmente, al incremento de población que demanda cada vez más construcciones de todo tipo, para las cuales es indispensable ese mineral no metálico, que se extrae de manera insostenible, legal e ilegal, lo cual genera impacto en la naturaleza y comunidades.

Según informe del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Arena y sustentabilidad (2019), cada año en el mundo se extraen de canteras, pozos, ríos, costas y entornos marinos de 40 mil millones a 50 mil millones de toneladas de arena, por ser barata, versátil y fácil de adquirir. “El problema es que hemos excedido fácilmente los recursos disponibles de arena en una tasa que aumenta por décadas”, dice el informe, que añade que es uno de los recursos más rentables y menos regulados.

La mayoría de ríos en el mundo han perdido de 50 a 95% de su arena natural y gravas del océano. La arena de desiertos, pese a que es abundante, no se puede usar para la mayoría de propósitos porque los granos alisados por el viento no tienen la calidad adherente que requiere la industria del concreto.

La extracción ilegal de arena y su comercialización es el tercer crimen transnacional del mundo con un valor estimado de US$200 mil millones a US$350 mil millones, después de productos piratas —US$923 mil millones—. Dicho informe asevera que la demanda de arena se ha triplicado en los últimos 20 años.

En Guatemala, un 70% de la arena se destina a la construcción de casas y edificaciones; 18%, para carreteras y 2%, para otros usos. El crecimiento urbano ejerce mayor presión sobre los recursos naturales que son clave para todo tipo de construcción como la arena, elemento fundamental para el hormigón, el asfalto o el cristal, indica el ingeniero agrónomo en Recursos Naturales y especialista en manejo de Recursos Hídricos, Bayron González, investigador del Centro de Estudios Urbanos y Regionales (Ceur), de la Usac.

El municipio de Guatemala es donde se registra la mayor demanda de arena y grava, debido al aumento de construcciones y la creciente redensificación de la ciudad, añade. Mientras más grande es el núcleo urbano, más intensa es la actividad minera para extraer materiales para la construcción.

La arena que se extrae de manera masiva de las riveras de los ríos, generalmente, es utilizada para el concreto que se prepara en las obras. La arena blanca se emplea para fines decorativos y para la mezcla del repello y cernido, expone la arquitecta urbanista Isabel Cifuentes Soberanis, miembro de la Asociación de Planificadores Creamos Guate y catedrática de la Usac.

Según datos de junio del 2020, del Banco de Guatemala, el metro cúbico de arena de río tenía un costo de Q104.51, y el de arena amarilla, Q99.97.

El costo actual de un metro cúbico de arena de río oscila entre Q105 a Q150, según la ubicación geográfica, localización del punto de extracción, disponibilidad, tiempo de transporte y cadena de valor, dice González.

Según el Anuario Estadístico del Ministerio de Energía y Minas (MEM). del 2019, el 74% de la producción de minerales no metálicos es utilizado en la construcción, que representa casi Q180 millones al año. Ese año, la producción de minerales no metálicos fue de Q241 millones 808 mil 490, que representa el 99.97% de la producción minera del país. De estos, Q4 millones 213 mil corresponde a arena de río grava; Q10 millones 570 mil, a arena y grava; Q3 millones 450 mil, a arena blanca, y Q8 millones 608 mil, a arena de río.

Extracción masiva de arena en el km 14 carretera a Chinautla. (Foto Prensa Libre, Carlos Hernández)

Daños diversos

La sobreexplotación de arena tiene impactos a nivel ambiental, económico, político y social, al alterar los ecosistemas naturales y provocar daños irreversibles, en algunos casos. Es importante destacar que estos materiales son recursos naturales no renovables, cuyo empleo dará lugar, con el tiempo, a su agotamiento, expone González.

También tiene un impacto en la calidad de agua del río, pues incrementa la turbidez, debido a la resuspensión de material del lecho; sedimentación, a causa de amontonamiento y botadero de excesos inorgánicos y orgánicos, y derrames de aceites provenientes de motores de la maquinaria y equipo de explotación, agrega.

Un ejemplo de cuerpo de agua altamente alterado por depósito de sólidos es el Lago de Amatitlán, explica Norman Siguí, ingeniero sanitarista de la Asociación Guatemalteca de Ingeniería Sanitaria y Ambiental (Agisa). La extracción mecánica, por bombas o maquinaria pesada, también puede implicar el contacto de contaminantes como aceites o combustibles con el agua, que, sin duda, afectarán la vida acuática y el agua para consumo humano, expone.

La mayoría de ríos con depósitos de arena se ven afectados por la sobrexplotación de este producto, principalmente, el de Villalobos, Las Vacas, Ostúa, Motagua, Los Esclavos, San Francisco, Samalá, Nahualate, Madre Vieja, Coyolate, Suchiate, Negro o Chixoy. Sin embargo, los ríos más sobeexplotados son los que drenan al océano Pacífico, debido a sus productos minerales con contenido de hierro, dice González.

Además, este tipo de extracción conlleva a la remoción del material de suelo, a la eliminación de vegetación y almacenamiento de materiales en el cauce, lo cual genera la pérdida directa de hábitat, el disturbio de especies que habitan los depósitos, reducción en la penetración de luz y en la producción primaria.

Si la explotación no respeta un plan minero, se impacta en la flora y fauna por la desertificación del área y el cambio en las condiciones de vida del lugar. Una mina a cielo abierto, sobre una montaña, puede causar erosión y cambio de dirección de cuerpos de agua, lo cual afecta la vida silvestre de la zona, indica Carlos Castañeda, director de Gestión Ambiental y Recursos Naturales del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (Marn).

La mayor parte de la arena blanca, negra, amarilla y piedra pómez está en el subsuelo, expone Raúl Maas, director del Instituto de Agricultura, Recursos Naturales y Ambiente de la Universidad Rafael Landívar, por lo que hay que remover la cobertura vegetal del terreno para llegar a ellas. Al extraer materiales del suelo y subsuelo, se cambia la fisiografía, lo cual impacta en las dinámicas de organismos vivos, así como del agua subterránea y superficial.

Dependiendo del tamaño de la explotación, ocurren cambios en el microclima, pues se transforman las variables ambientales que regulan el clima, cuando las montañas y suelos se degradan, asevera.

La arena y grava contribuyen a que el agua continúe con su ciclo natural, Además, el agua y el viento juegan una importante función para formar este tipo de sedimentos; si el agua deja de circular, el proceso de intemperización —desintegración mineral— se reduce y necesitaría más tiempo para la formación de arena y grava, dice Magaly Arrecis, jefa de la División Socioambiental del Instituto de Problemas Nacionales de la Usac.

Extracción masiva de arena en el km 14 carretera a Chinautla. (Foto Prensa Libre, Carlos Hernández)

El daño de sobreexplotación de arena es irreversible para las cuencas fluviales, y las hace más propensas a la contaminación y a la modificación del pH —grado de acidez o alcalinidad— al poner en riesgo algunas especies de los ríos, refiere Cifuentes.

Asimismo, reduce considerablemente el cauce en rangos de siete a 15 centímetros y puede afectar la infiltración del agua hacia mantos freáticos o subterráneas desde donde se extrae el agua para el consumo humano.

Comunidades son afectadas

Las comunidades se ven afectadas con esta extracción por la eliminación de la capa boscosa, la destrucción de los suelos y la contaminación de aguas superficiales y freáticas. Por otra parte, el veto a la extracción de arena en ríos podría representar graves consecuencias económicas para las poblaciones dependientes de esta actividad, pues es una fuente principal de empleo, especialmente, para personas de escasos recursos, afirma González.

“Es responsabilidad de quienes explotan el territorio garantizar a las comunidades un porcentaje de empleabilidad, planificar la forma para mejorar bienes y servicios, así como el respeto de las costumbres y prácticas del lugar”, explica Cifuentes.

También, refiere que modifica los caudales de los mantos superficiales de agua y los hace propensos a la contaminación, dado que la arena también tiene funciones de protección de los bordes, lo cual provoca zonas expuestas a la erosión. Al verse afectadas las riveras de los ríos, estas se debilitan y, con el paso del tiempo, se dañan infraestructuras como puentes y se reduce la capacidad del territorio de protegerse de inundaciones, sequías y tormentas tropicales, que deriva en desastres.

Un cauce de río sobreexplotado puede, durante la época de lluvia, generar las condiciones propicias para causar daños en viviendas, infraestructura en general y cultivos, expone Arrecis.

Entre los impactos sociales, puede darse un incremento de la violencia, ya que los extractores ilegales utilizan la fuerza y la violencia para desarrollar sus actividades con toda anarquía e impunidad, señala Arrecis.

Además, se genera un impacto visual negativo, que, en algunos casos, se minimiza, debido a que las areneras se encuentran en áreas alejadas. Tal es el caso de la extracción de arena y piedrín no regulada en el río San Francisco en el municipio de Panajachel, Sololá, donde más de cien personas se dedican a la explotación de arena, afectando el paisaje natural y la calidad del agua del Lago de Atitlán, así como el turismo, indica González.

Explotación de arena en las cercanías del río Villalobos, departamento de Guatemala. (Foto Prensa Libre, Carlos Hernández)

Otro conocido caso es el de Chinautla, Guatemala, donde los pobladores han indicado que la erosión de la tierra se acelera por la extracción de arena y grava en el cauce del río Chinautla y en la confluencia de los afluentes Tzaljá y Las Vacas, quienes exigen regular el trabajo “descontrolado” de las areneras, cuyo funcionamiento fue autorizado para 25 años por el MEM, y así “frenar la destrucción de la zona”. Hay que considerar que Santa Cruz Chinautla está asentada en una zona inestable por fallas geológicas. Sus problemas comenzaron antes del terremoto de 1976, pues es un lugar con alta concentración de arcilla.

Diversas organizaciones denunciaron que areneras generaban contaminación a la población cercana a la zona de explotación en aldea Bárcena, Villa Nueva, especialmente del aire, debido al polvo y partículas suspendidas, impacto visual, deforestación, pérdida de agua, erosión, azolvamiento y daños al acueducto Xayá-Pixcayá, según la tesis Diagnóstico del impacto ambiental provocado por la extracción incontrolada de minerales en la aldea Bárcena, Villa Nueva, de Gladys Poroj (2014).

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Efectos para la salud

La sobrexplotación de arena y grava tiene una considerable influencia sobre la calidad del aire y el cambio climático, en especial, en las comunidades cercanas a proyectos extractivos, expone, Christian Saravia, de Agisa.

Cientos de toneladas de piedra, arena y tierra se remueven, trituran y se procesan en las operaciones mineras, lo que aumenta de manera significativa la cantidad de partículas de polvo en el aire, indica Saravia. Además, los remanentes pueden contener desechos finamente molidos e, incluso, tóxicos, que pueden transportarse fácilmente por el aire.

Entre los principales contaminantes del aire que se han detectado en la explotación y extracción minera está el material particulado (PM1), dióxidos de azufre, óxidos de nitrógeno, monóxido de carbono y metales pesados, entre otros, dice Saravia.

Existe un vínculo directo de la contaminación del aire con las enfermedades ocupacionales como silicosis, tuberculosis y silico-tuberculosis. La silicosis es una enfermedad pulmonar fibrótica irreversible, potencialmente mortal que se desarrolla después de la inhalación de grandes cantidades de polvo de sílice a lo largo del tiempo, añade Saravia.

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Escaso control extractivo

Debido al escaso control y regulaciones existentes en Guatemala sobre la extracción de arena y grava, no hay datos y estadísticas que establezcan la cantidad real que se obtiene de estos minerales, indica González.

Según datos recopilados por el MEM, los derechos mineros vigentes hasta enero de este año, referentes a la extracción de arena y grava era de 97 licencias a nivel nacional de un total de 290, equivalente al 36%, con un área de 173 kilómetros cuadrados concesionados para esta actividad con plazo de 25 años. Guatemala, El Progreso, Escuintla, Santa Rosa y Jutiapa son los cinco departamentos donde se lleva a cabo la mayor actividad extractiva de arena en el país.

Según la Memoria de labores del MEM, del 2020, en el 2019 se llevaron a cabo 236 inspecciones, a fin de verificar que los minerales que se están extrayendo sean los autorizados en las licencias de explotación. Durante ese año, se realizaron 104 inspecciones a explotaciones mineras ilegales en todo el territorio nacional, que fueron denunciadas, por las cuales se procedió a iniciar el trámite de suspensión y sanción correspondientes, dice el MEM.

El mismo texto reconoce que muchas empresas no han presentado informes, por lo que estos datos reflejan únicamente el 25% de lo que realmente se produce en los 304 contratos de derechos mineros.

De estas licencias mineras, 122 —40%— correspondían a minerales no metálicos y 146 —48%—, a materiales de construcción.

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Según Anuario Estadístico del MEM, del 2019, la falta de producción minera conllevó a una disminución de los ingresos por cánones de otorgamiento, de superficie de exploración y explotación, entre otros, por lo que la Dirección General de Minería “no tiene los fondos suficientes para contratar más personal capacitado que inspeccione de manera periódica las explotaciones mineras autorizadas y que supervise las que son ilegales”.

Aunque según la ley, las personas que exploten arcillas superficiales, arenas, rocas y otros materiales para la construcción quedan exentas de obtener licencias de explotación, siempre y cuando no se haga con fines comerciales y se cumpla con la protección ambiental, es frecuente ver grupos de familias o individuos haciendo extracción manual esperando que llegue un transporte más grande para comprar lo que han extraído, convirtiéndolo en una explotación masiva, dice Cifuentes.

Contrarrestar problema

González señala que las entidades del Estado que están obligadas a regular la actividad minera deben establecer políticas para contrarrestar la sobreexplotación de arena y grava en Guatemala, por lo que es necesario realizar modificaciones a la Ley de Minería, para verificar que esta actividad tenga las autorizaciones correspondientes y las medidas de control necesarias.

También, se debe promover la auditoría ambiental para definir una correcta política que pueda mantener el respeto hacia los recursos ambientales, al asegurar la restauración integral de las cuencas y los recursos hídricos. Establecer impuestos sobre la extracción de arena y grava para incentivar el uso de alternativas económicamente viables.

Es esencial realizar trabajos de talud de protección de laderas, muros, gaviones y reforestación en las partes altas de las riveras y la estabilización de la pendiente del río donde sea pertinente.

González recomienda dragar regularmente para reducir acumulación de sedimento sin dañar el terreno natural.
Es importante que el representante legal de las empresas areneras tome en cuenta las medidas de mitigación de impactos ambientales que consideró en el Plan de Gestión Ambiental que fue aprobado por el Marn.

Cifuentes sugiere mantener una vigilancia frecuente en los lugares en donde se realizan las extracciones ilegales y aún cuando se haga de manera legal, se deben considerar acciones de protección y recuperación del suelo, de la flora y fauna local. La autorización de las licencias debería contemplar la planificación territorial responsable en la cual se determinen medidas para mejorar el paisaje antes, durante y después de la explotación.

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También se podría reducir el consumo de minerales no metálicos al reutilizar materiales de construcción para obras de bajo uso y establecer límites mínimos y máximos para la extracción, dice Cifuentes.

En la Ley de Minería, señala Maas, en ningún momento se habla de rehabilitación de áreas minadas, por lo que dependerá de la conciencia del minero, al terminar su actividad extractiva, tomar las medidas necesarias para prevenir amenazas como derrumbes, deslaves o escorrentías, asociados a minas que no son cerradas, las cuales ponen en riesgo la vida de personas de comunidades aledañas.

Los mineros deben reportar al MEM la cantidad y calidad de materiales que extraen cada año. Con base a estos datos paga tributos a las municipalidades, pero no todos lo hacen y el MEM carece de recursos humanos y económicos para hacer inspecciones. “Las empresas mineras transportan la arena en camiones y la movilizan a los puertos, sin saber cuánto se están llevando”, dice Maas.

Se debe prohibir el aprovechamiento y extracción de arena de cuencas críticas y de zonas de riesgo, de las zonas de recarga hídrica y cercanas a fuentes de agua, bosques nubosos y asentamientos humanos, señala un informe de Cien, Contribución de la Industria Minera al desarrollo de Guatemala (2009).

El referido informe de las Naciones Unidas propone evitar el consumo natural e innecesario de arena en construcción, usar materiales alternativos para reemplazar la arena natural, optimizar mezclas de concreto para aumentar la eficiencia del recurso y vida útil de materiales de concreto.

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Normativas

  • Autorizaciones legales para extraer arena y grava:
  • Para que una persona o empresa se dedique a la explotación de arena y grava, debe obtener una licencia extendida por el MEM y ajustarse al plan aprobado para la operación.
  • La licencia minera es el instrumento legal que respalda al titular en el desarrollo de sus operaciones mineras, así como un estudio de evaluación de impacto ambiental, como lo establece el decreto 68-86, reformado por el decreto 1-93.
  • También debe gestionar licencia ambiental en el Marn, para verificar que no se alteran los ecosistemas.
  • El marco jurídico a través del cual se rige el MEM para cumplir su función como ente rector de la actividad minera en el país está en la Constitución Política de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, Ley de Minería Decreto 48-97, Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente y el Código Penal, entre otros.
  • Las licencias para la extracción de arena y grava se otorgaron para San Lucas Sacatepéquez, Villa Nueva, Palencia, Palín, Amatitlán, San Miguel Petapa, Chinautla, San Antonio la Paz, San José Pinula, San Martín Jilotepeque, Granados y San Juan Sacatepéquez.
  • Sin embargo, gran número de personas individuales y empresas se dedican a la explotación de arena sin contar con los permisos y licencias de operación.

ESCRITO POR:

Brenda Martínez

Periodista de Prensa Libre especializada en historia y antropología con 16 años de experiencia. Reconocida con el premio a Mejor Reportaje del Año de Prensa Libre en tres ocasiones.