Justicia

Expertos consideran que a partir del domingo habrá un gobierno judicial de facto

El plazo de cinco años para el que fueron electos los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y salas de Apelaciones finaliza el próximo 12 de octubre.

Expertos disertaron sobre la ilegalidad que habría si los magistrados actuales de la Corte Suprema de Justicia y cortes de Apelaciones siguen en sus cargos a partir del domingo. (Foto Prensa Libre: Noé Medina)

Expertos disertaron sobre la ilegalidad que habría si los magistrados actuales de la Corte Suprema de Justicia y cortes de Apelaciones siguen en sus cargos a partir del domingo. (Foto Prensa Libre: Noé Medina)

La Cámara Guatemalteca de Periodismo, el Centro para la Defensa de la Constitución y la Cámara Guatemalteca de Alimentos y Bebidas realizaron un foro denominado: “Justicia en riesgo ante inminente violación a un periodo constitucional en el Organismo Judicial”.

En el foro, los expertos coinciden que se daría un golpe de estado ya que no habría cambio en el Poder Judicial el próximo sábado, ya que hasta el momento no se han elegido los magistrados para ambas Cortes, al anular los procesos la Corte de Constitucionalidad.

El presidente del Centro para la Defensa de la Constitución (Cedecon), Stuardo Ralón manifestó que, de incumplirse el plazo en el poder judicial, es prácticamente una ruptura del ordenamiento diseñado por la Asamblea Nacional Constituyente.

“Los plazos en materia constitucional como lo es el plazo de cinco años para los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y cortes de Apelaciones no es un aspecto de forma, sino de fondo porque es un limite a uno de los tres poderes del Estado para que no puedan ejercer en el futuro cuando han perdido la calidad de magistrado”, refirió.

El experto consideró que la Ley de la Carrera Judicial no está por encima de la Constitución, la norma suprema es la Constitución, el artículo 208 establece que el periodo de los magistrados es de cinco años.

“El 13 de octubre se dará un vencimiento de un periodo constitucional y no hay un acto de resolución, de opinión, de norma inferior que pueda estar por encima de la constitución, estaríamos en un escenario de incumplimiento de violación constitucional”, manifestó Ralón.

El vicepresidente de la Cámara Guatemalteca de Periodismo, Mario Fuentes Destarac indicó que la Constitución habla de la alternancia, y en esa alternancia esta la elección de magistrados quienes solo deben durar cinco años en el ejercicio del cargo, por lo que no hay posibilidad de que sea prorrogado ese plazo.

“La periodicidad, basado en esa limitación y la misma constitución no permite la prórroga, el principio que rige, que si no esta permitido, se entiende por prohibido, no hay posibilidad de extender ese periodo constitucional”, señaló Destarac.

El directivo indicó que la meritocracia es básica al respecto de la elección de magistrados y que esta sea por medio de la honradez, capacidad e idoneidad de los que están aspirando a ocupar los cargos de magistrados.

“El plazo es improrrogable, también es perentorio y este se refiere a que es fatal”, añadió.

“La Ley de la Carrera Judicial dice que pierde la calidad de magistrado al momento que venza el plazo, es decir que se pierde la potestad que tiene el magistrado de juzgar y promover la ejecución de sus actos”, manifestó el experto.

Destarac indicó el artículo 71 de la Ley del Organismo Judicial establece que los magistrados deben de permanecer hasta que lleguen los sustitutos, pero no devuelve la calidad o autoridad se pierde al momento del vencimiento del plazo.

“Al momento de la pérdida de la calidad de magistrado, también se pierde el derecho de antejuicio, el magistrado queda desprotegido, aunque continúe en el desempeño del cargo, este precedente que se da de ampliar el plazo es un precedente complicado”, dijo el directivo.

El abogado y representante de la grupación, alianza en defensa de la república (Ader), José Quesada, manifestó que los plazos constitucionales llevan intrínseca una característica especifica es que son fatales e improrrogables, y no admiten ampliación, ni prorroga ni por la ley ni por ninguna autoridad.

“Ni, aunque existiera una ley que los prorrogara podría ser factible, menos aún cuando se trata de un plazo para ejercer el poder o para dejarlo de ejercer cuando se incumple un plazo, estamos frente a una violación constitucional, estamos frente a un poder defacto, estamos frente a un rompimiento grave del orden constitucional”, añadió.

El abogado manifestó que el país está frente a una autoridad ilegitima no constitucionalmente establecida, y que el plazo que rige a los tres organismos del estado esta establecido en la constitución.

“Esto contradice el pacto legal con el que una sociedad decidió regirse por si misma, la CC generó un evento que pone en jaque las normas y las instituciones del Estado, y cambia las reglas del juego sin previo aviso y sin consultar a la población, esto implica que estaremos fuera del orden constitucional”, indicó Quesada.

El experto señaló que en Guatemala tendremos un gobierno judicial de facto.

 

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