El comunicado está respaldado por la Universidad Rafael Landívar; La Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asíes); Alianza Evangélica; Fundación Libertad y Desarrollo; la Confederación Guatemalteca de Federaciones Cooperativas (Confecoop); Comunidad Judía de Guatemala; Guatemala Visible; el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif); Jóvenes; Madres Angustiadas; Primero Guatemala; Federación de Organizaciones Rurales de Desarrollo Integral de la Mujer Guatemalteca y la Fundación del Bosque Tropical.
El comunicado menciona que, ante la proximidad de las elecciones generales de junio 2023, las organizaciones firmantes consideran que “es urgente e indispensable aprobar las siguientes reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos para brindar mayor legitimidad y representatividad a sus resultados”
- Elegir diputados en listas distritales desbloqueadas, que permitan un voto directo por los candidatos preferidos por el elector, con el fin de fortalecer la confianza de los ciudadanos en el proceso, sobre todo la de los más jóvenes, mejorar la representatividad y favorecer la rendición de cuentas.
- Definir con claridad el concepto de campaña anticipada para cerrar espacios a la discrecionalidad en su interpretación, que pueda afectar o restringir el principio de igualdad de oportunidades de los candidatos en contienda. La seguridad sobre la imparcialidad en la aplicación de esta reforma dará mayor confianza a los participantes y electores sobre el respeto irrestricto de los principios democráticos que sustentan todo proceso elector
- Aclarar las normas relativas al financiamiento de campaña y la pauta publicitaria, para:
- Facilitar el conocimiento de las diferentes opciones electorales y sus propuestas.
- Fomentar la elección libre e informada.
- Garantizar la libertad de expresión y la transparencia en el uso de los recursos.
- Propiciar una competencia honesta y equitativa.
“Hacemos un llamado a la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso de la República a dictaminar a favor de estos puntos, y a los diputados del Congreso de la República a aprobar con prioridad las reformas propuestas, conforme el procedimiento legalmente establecido”, concluye el comunicado.
Reformas
A cinco meses de la convocatoria a Elecciones Generales 2023, en enero próximo, se cuenta con un borrador de dictamen para reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).
Para que las modificaciones a la LEPP puedan ser aplicables el próximo año tienen que estar aprobadas antes de la convocatoria a elecciones, prevista para los primeros días de enero.
Durante dos años el Congreso fue incapaz de elaborar un documento de cambios a la Ley Electoral, pero ahora que hay ya un documento, el principal enemigo parece ser el tiempo y la apatía y por eso las reformas están estancadas.
La LEPP es una norma de rango Constitucional y necesita el visto bueno de la Corte de Constitucionalidad (CC), y al menos el voto a favor de 107 diputados para cambiar al menos una letra de la normativa.
Principales cambios
En el borrador de dictamen se hace una reducción en los montos de las multas para los partidos políticos por infracciones.
En la normativa actual la sanción va desde los US$500 hasta los US$250 mil, sin embargo, con la reforma los diputados pretenden que la multa vaya desde un salario mínimo para actividades no agrícolas (Q2 mil 959.4) hasta 50 salarios mínimos, que varía según el tipo de falta que se cometa, según la modificación que se pretende hacer al artículo 90 de la LEPP.
“Tenemos que castigar a los partidos cuando hagan algo malo, pero tenemos que dejar que corrijan sus errores y sigan participando. No podemos poner multas exorbitantes que inhabiliten a todos los partidos. Nos quedamos sin partidos”, expuso del presidente de la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso, José Alberto Rivera el día de la presentación del borrador.
Lea además: TSE va por reforma de sus reglamentos mientras políticos insisten en promoción de imagen
Cantidad de afiliados
El artículo 19 de la LEEP regula que para que un partido pueda existir necesita un número mínimo de afiliados equivalente a un 0.30% del padrón electoral utilizado en las últimas elecciones, sin embargo, en el borrador de dictamen buscan que se establezca un número fijo mínimo de 24 mil afiliados.
Techo de campaña
El artículo 21 Ter de la LEEP, inciso e) regula el techo de campaña, el cual se establece mediante el cálculo de US$0.50 por cada ciudadano empadronado hasta el 31 de diciembre del año anterior a las elecciones, sin embargo, la reforma pretende que se eleve a US$1.
En el caso de los comités cívicos tienen un techo de US$0.10 por ciudadano empadronado en la circunscripción municipal, pero también se pretende que sea de US$1.
Listados abiertos
Rivera pretende que se adicione a la LEPP el artículo 203 Ter. Referente al voto por listas abiertas, para que se emita el sufragio por cada aspirante de forma individual. Esto aplicaría para diputados distritales y por Listado Nacional.
Para las elecciones del 2023, de ser aprobado, se aplicaría para las diputaciones distritales y para el 2027, al Listado Nacional, según Rivera.
Medios de comunicación
La propuesta de dictamen contempla que el TSE contrate una franja electoral en medios de radio y televisión abierta que posean frecuencia por usufructo del Estado, mientras que el resto de pauta electoral debe ser directamente entre los partidos y los medios, así como plataformas de redes sociales, según Rivera.
En la propuesta se hizo una redistribución de los espacios para cada partido, que debe ser de 30 minutos y distribuida en 35% para presidenciables, 35% para diputaciones y 30% para alcaldías. Actualmente es de 50% para presidenciables, y 25% para diputaciones y corporaciones municipales.
Libros contables
En el borrador de dictamen se elimina la parte donde en el inciso b) del artículo 21 Ter. Se establece que: “No se considerará como procedente de un financista político la contribución que no conste en sus libros contables seis meses anteriores a la fecha realizada”.
Debido proceso
Al artículo 88 de la LEEP referente a las sanciones a los partidos, se pretende agregar un párrafo en el cual se regula que previo a emitir una sanción debe garantizarse el derecho de defensa, así como de audiencia y el debido proceso, para lo cual se debe otorgar una audiencia por un plazo de cinco días a la organización política, al candidato y a quienes tengan interés en el asunto, así como establecer los plazos de apertura a prueba.
Empadronamiento automático
En el borrador de dictamen también se establece la propuesta de que el TSE empadrone de forma automática a todos los ciudadanos que tengan DPI, según una modificación al artículo 8 de la LEEP.
En la propuesta original del TSE se contemplaban modificaciones relacionadas al transfuguismo para que no aplicara cuando un diputado se incorpora a otra organización política si deviene de expulsión, escisión, suspensión o cancelación de la anterior agrupación política, pero no se consideró, porque si se aprueba el artículo de los listados abiertos ya no hará problema con transfuguismo, según la Comisión.