Política

Exdirectivos del TSE fueron capturados por inconsistencias reveladas en informes de Contraloría y MP

Los informes que presentó la Contraloría General de Cuentas (CGC) y el Ministerio Público (MP) fueron claves para pedir las órdenes de captura de Gustavo Castillo y Benny Román, exdirector y exsubdirector de informática del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

El fiscal del Ministerio Publico José Curruchiche durante una citación en el Congreso. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

El fiscal del Ministerio Publico José Curruchiche durante una citación en el Congreso. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Los informes detallan que hubo negligencia por parte de los exdirectores informáticos del TSE. De esa cuenta es que son señalados por los delitos de incumplimiento de deberes y destrucción de registros informáticos.

El jefe interino de la Fiscalía de Delitos Electorales, José Curruchiche, indicó que el delito de incumplimiento de deberes se dio a raíz de que el departamento de Organizaciones Políticas del TSE le informó a Castillo, con tres meses de anticipación, que 27 partidos políticos participarían en la contienda electoral, en las cinco elecciones, por lo que tenía que haber previsto esa cantidad para el uso del sistema informático.

“Si yo le aviso a usted con tres o dos meses de anticipación que van a haber 27 partidos, hay incumplimiento de deberes, quien omitiere, rehusare, o retardare un acto propio de su función a cargo y ellos tenían la posición de ser garantes del proceso -electoral-. En la elección presidencial no hubo problema al final porque solo se inscribieron 19, pero en las otras -diputaciones- sí hubo problemas”, dijo el fiscal.

Curruchiche explicó que, aunque el verbo rector del delito es “destrucción”, el exdirectivo será señalado por alterar el registro informático. El Código Penal establece, en el artículo 274, inciso a, que comete ese delito quien destruye, borre o de cualquier modo inutilizare altere o dañe registros informáticos.

“La alteración del sistema informático se da con lo que se denominó patrón 21, y este refiere la información del partido 11, al partido 21; del partido 12, al 22, y así sucesivamente hasta llegar al 26”, dijo Curruchiche.

Otro punto que detalla el informe es que el log de auditoría (bitácora del sistema) no estaba activado, por lo que no se puede determinar quiénes ingresaron al sistema o qué cambios se hicieron, esto hizo que el sistema fuera vulnerable, por lo que podía entrar cualquier persona sin dejar registro.

El fiscal explicó que los exdirectivos se dieron cuenta del problema el 19 de junio, tres días después de las elecciones. “El sistema lo subsanan, pero el daño ya estaba hecho. Pero el 24 de junio todavía ingresaron un acta y por eso era importante que estuviera activado el log de auditoría”, dijo.

“Se lo hacen saber al presidente del TSE, pero él dijo que se informaría a los fiscales al siguiente día en la reunión prevista con ellos”, indicó.

Descarta fraude

El fiscal Curruchiche descartó la investigación por fraude, al señalar que para que este supuesto se dé debe ocurrir una serie sucesiva de actos premeditados para dañar, perjudicar o beneficiar a alguna organización política.

“Las juntas receptoras de votos al momento de elaborar el acta 4, la pasa a la junta municipal, esta la traslada a la departamental y luego al pleno de magistrados y si el partido sacó cien votos y el otro partido 80 y en las juntas se determina que ganó el que sacó 80, ahí si hay fraude. Pero las inconsistencias que estaban en las actas que estaban tachadas no cambiaron el resultado”, explicó el fiscal.

Curruchiche puso de ejemplo la mesa electoral 617 de Guatemala, en la que la junta receptora colocó cien votos a un partido en lugar de 1, luego hacen la corrección y al hacer la suma de los 400 votantes de esa mesa los sufragios cuadraban, pero si se hubieran sumado los cien votos, la cantidad habría sido otra. Si esta otra cifra se hubiera avalado, entonces sí sería fraude.

 

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