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Primera condena por discriminación
Fallo: Tres años con dos meses de prisión conmutables
Por:
Conié Reynoso
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| La Nobel de la Paz de 1992, Rigoberta Menchú Tum, se mostró complacida con la decisión, por considerar que sienta un precedente contra el racismo. El abogado de los condenados dijo que apelará la sentencia. Foto Prensa Libre: Antonio Jiménez. |
El primer juicio por discriminación racial realizado en el país dio como resultado condenas de tres años y dos meses de cárcel conmutables para los cinco eferregistas acusados por Rigoberta Menchú, premio Nobel de la Paz de 1992.
El Tribunal Décimo de Sentencia comprobó que Menchú fue ofendida por ser una persona indígena, y condenó a Juan Carlos Ríos Ramírez (nieto del líder eferregista Efraín Ríos Montt), Ana Cristina López Kestler (diputada al Parlamento Centroamericano por el FRG) y a las eferregistas Elvia Domitila Morales de López, Vilma Orellana Ruano y Enma Concepción Samayoa de Rosales, por los delitos de discriminación y desorden público.
Por discriminación, se impusieron dos años y ocho meses, a razón de Q75 diarios, y por desorden público, seis meses, pagaderos por la misma cantidad. Es decir que deberán cancelar un aproximado de Q86 mil cada uno a cambio de no ir a prisión.
El tribunal, integrado por los jueces Leonel Meza, Carol Patricia Flores y Eduardo Enrique Maldonado, también sentenció a los eferregistas al pago de Q5 mil de multa.
Mientras la juez Flores leía el análisis de la sentencia, los acusados se impacientaban, sobre todo cuando se indicó que los delitos de discriminación y desorden público habían quedado acreditados mediante informes de peritos en lingüística y la declaración de testigos.
Traje indígena, respetado
Parte de la resolución se basa en los acuerdos de paz, que señalan que el traje indígena debe ser respetado y que debe garantizarse el derecho a usarlo.
Los jueces concluyeron en que Menchú -que fue insultada el 9 de octubre de 2003 al finalizar una audiencia en la Corte de Constitucionalidad, que debía resolver si aceptaba la inscripción de Ríos Montt como candidato presidencial- fue ofendida por ser una persona indígena y que los acusados cometieron desorden público contra la administración pública.
En cuanto a los delitos de coacción y amenazas, los acusados fueron absueltos, ya que, a criterio del tribunal, el Ministerio Público no pudo comprobarlos.
Los jueces tampoco accedieron a la petición de Menchú de una indemnización de Q753 mil por el estrés postraumático que sufrio, pues no se comprobó en qué consistieron los gastos.
Al finalizar la sentencia, amigos de la Nobel se acercaron a felicitarla, y fue despedida con aplausos.
Menchú: Un precedente
Rigoberta Menchú dijo estar satisfecha con la sentencia, que años atrás no se hubiera dado. “Hoy tenemos una gran experiencia, al poder comunicar a nuestros jóvenes que nadie debe ser discriminado; se sienta un precedente”, opinó.
Ministerio Público: Satisfechos
Alba Gudiel, fiscal del caso, indicó que por ahora están satisfechos con el fallo. “No vamos a promover apelación. Creemos que la acusación que formuló el Ministerio Público por discriminación y desorden público fue probada”, comentó.
Defensa: Apelará
El abogado defensor de los eferregistas, Francisco García, aseguró que apelará la sentencia.
“Aceptamos el fallo, pues el tribunal actuó apegado a la ley (...) Apelaremos para obtener la absolución, inmediatamente después de que seamos notificados”, dijo.
Delitos y penas
Para no ir a prisión, los condenados -actualmente libres bajo caución económica- deberán pagar cada uno:
Por discriminación, dos años y ocho meses de prisión conmutables. Por desorden público, seis meses de cárcel conmutables, a razón de Q75 cada día, lo que hace Q86 mil 687.50.
El tribunal condenó a la pena en concurso ideal, en beneficio de los acusados (se cumple la pena del delito con mayor sanción).
Deberán cancelar una multa por el primer delito de Q3 mil y por el segundo de Q2 mil, que suman Q5 mil.
Se les condenó a pagar las costas procesales, o sea, los gastos en que haya incurrido el Estado en tramitar el caso.
Los sentenciados siguen en la misma situación jurídica (fianza) mientras el fallo queda firme.
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| Juan Carlos Ríos junto a su abogado Francisco García -de izquierda a derecha-, mientras escucha la sentencia del tribunal. Atrás, las otras cuatro acusadas por discriminación. Foto Prensa Libre: Antonio Jiménez. |
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