CON OJOS DE MUJER – ¿Belice, sí o no?
La controversia sobre Belice resurge, y se anuncia una Consulta Popular en el 2009, para que el pueblo decidida sobre el caso. ¿Cuál es el caso? Data desde hace 150 años y para los que lo desconocen, déjeme contárselo, querido lector, y decida. Cuando Guatemala era colonia, Belice era parte de su territorio. Ahí se establecieron muchos ingleses para cortar palo de Campeche. Para legalizar su permanencia, en l783 y 86, España celebró con Inglaterra dos acuerdos exclusivos para corte y usufructo del palo de tinte. El primer acuerdo firmado el 3/Sept/l783 entre Carlos III de España y Jorge III de Inglaterra establecía que el derecho de usufructo no era concedido al monarca inglés, sino a sus súbditos, y que el área concedida era entre los ríos Valis (o Belice) y Hondo, de 6000 km2, demarcando claramente sus límites. De la extensión total de Belice, de 22 mil km2, quedaron l6 mil km2, sobre los que jamás, antes o después, España o Guatemala otorgaron ningún derecho. Con la Independencia, en l821, tal usufructo caducó legalmente, pasando toda esa área geográfica, de manera íntegra y libre de gravámenes, a Guatemala; además, el palo de Campeche se había agotado. Desde ese momento cualquier permanencia constituía jurídicamente una ocupación indebida. Esto se confirmó en el Tratado de Reconocimiento de Paz y Amistad entre España y Guatemala, del 29/Mayo/l863, donde el Rey establece: “ ..que España renuncia para siempre, por sí y sus sucesores, a toda forma de soberanía, derechos y acciones que le correspondían sobre el territorio de Guatemala, reconociéndola como nación libre, soberana e independiente, con sus provincias y demás territorios que le pertenecen o en adelante le pertenecieren.” Esto ratificó la cancelación del usufructo, si se dudara que existía. ¿En qué basó Inglaterra su derecho sobre Belice? En el Tratado Clayton-Bower de l850, donde Inglaterra y EE. UU. se comprometen “ a no tener, usar, ocupar ni ejercer dominio sobre parte alguna de América Central pero dejando excluída la permanencia de Inglaterra en Belice.” Posteriormente, en el Tratado Dallas-Clarendon, de l856, Estados Unidos, de su propia voluntad —motu propio— reconoce a Belice como de Inglaterra, y establece a Yucatán como límite norte, y el río Sarstún, al sur. Para estos tratados, Guatemala no fue consultada; no otorgó autorización, representación o los aceptó. El único que Guatemala suscribió fue el de Aycinena-Wyke, en l859, donde, obligada por la creciente invasión inglesa, acepta fijar límites, condicionando para su validez a construir una carretera en determinado plazo. Nunca se construyó, y el tratado caducó. En l946, el Congreso emite el acuerdo 224-46, de total cancelación y anulación, por lo que Inglaterra jamás tuvo ni ha podido probar derecho de dominio, pues lo que existe es solo posesión. En l981, Belice declara una independencia unilateral. En l992, el Gobierno de turno de Guatemala, inconsultamente y violando la Constitución, le otorga un reconocimiento que jurídicamente no vale. Hoy, en aras de la paz y para llegar a un acuerdo, Guatemala reclama un área de 12,700 km2, que le proporcionan ampliamente la salida al Atlántico; Belice no lo acepta, y propone una estrecha y mínima franja. Esta es la controversia sobre la que a usted, lector, se le pedirá votar. Y esta es la base de la historia real. * Para el Año Nuevo que nos llega, quiero desearles que lancen su corazón a la violencia del amor de Jesús, es la única violencia valedera. martapilon@intelnet.net.gt