Economía

Energía: Las lluvias provocan baja en tarifa

De octubre a diciembre próximo el precio de la electricidad podría significar un ahorro de hasta Q0.15 por kWh

Si bien el invierno no trajo consigo copiosas lluvias, la época dará a miles de consumidores nuevos precios por consumo de energía en el próximo trimestre.

A partir de octubre pasado, los usuarios no regulados por la Empresa Eléctrica de Guatemala, EEGSA, verán en sus facturas un ahorro de hasta Q0.15 por kilovatio-hora kWh de consumo. La medida beneficiaría a 9 por ciento de los clientes de la distribuidora.

La rebaja fue anunciada la semana pasada por el ministro de Energía y Minas, Raúl Archila.

De Q1.41 a Q1.26 por kWh

De esta cuenta, para el cuarto trimestre del año, de octubre a diciembre, los usuarios que consumen más de 300 kWh y que no son amparados por la Tarifa Social, TS, deberán percibir una baja de Q1.41 por kWh a Q1.26 por kWh.

Con el nuevo costo de la energía, un usuario que consumió en octubre 350 kWh-mes tendría que pagar Q441 más IVA y el impuesto a la Tasa Municipal, cargos que varían según el municipio en que vive.

Lo anterior le representa al usuario un ahorro de Q52.50 respecto del mes anterior, asumiendo que su consumo se mantuvo en 350 kWh-mes.

Según Archila, la reducción en la tarifa eléctrica se debe a que los embalses de las hidroeléctricas del país lograron niveles adecuados de agua para surtir a las distribuidoras de energía y poder prescindir ?un poco? de las plantas térmicas.

?La energía barata es la que se despacha primero. Las termoeléctricas entran a funcionar una a una conforme va aumentando la demanda diaria en las horas pico?, comentó.

Esperan notificación

Por su parte, Jorge Alonso, gerente de Desarrollo Corporativo de EEGSA, dijo que ?efectivamente los ajustes reflejan una rebaja?.

Alonso agregó que para iniciar la facturación, la EEGSA está a la espera de la notificación formal de la reducción tarifaria, la cual, hasta ayer, no había sido recibida.

?Luego de que recibamos la notificación tenemos que analizarla, para ver si coincide con nuestros costos que hay que distribuirlos entre los usuarios?, dijo el ejecutivo de EEGSA.

Explicó que la distribuidora comenzaría a facturar con los nuevos precios a partir del 4 de noviembre, para trasladar la rebaja en el consumo de octubre.

Olga Rosales, vocera de la Comisión Nacional de Energía Eléctrica, CNEE, indicó que la notificación oficial fue enviada a la distribuidora el jueves por la tarde.

Las rebajas en la tarifa eléctrica están respaldadas por las resoluciones 93-2002 y 92-2002, emitidas por dicha comisión y que cobraron vigencia a partir del pasado 1 de octubre.

También para TS

Rosales informó que la tarifa para los usuarios de EEGSA amparados por la tarifa social también bajó, ?aunque en forma mínima?.

La resolución 93-2002 estipula que la tarifa social que cubre a los usuarios que mantienen un consumo menor a 300 kWh al mes bajó de Q0.6190 a Q0.6110.

Por ejemplo, un usuario que consume 250 kilovatios al mes pagará Q2 menos por su consumo, ya que tendría que pagar Q152.75 más IVA y Tasa Municipal, en tanto que con la tarifa anterior hubiera tenido que desembolsar Q154.75.

Siepac: Nueva norma de comercialización

Con el fin de armonizar la legislación para la comercialización regional de energía, la Comisión Nacional de Energía Eléctrica, CNEE, publicó el 31 de octubre la resolución 300-01 del Administrador del Mercado Mayorista, con la cual se aprueba la Norma de Coordinación Comercial No. 10, NCC10.

Fuentes del sector informaron que esa norma facilitará la importación y exportación de energía entre los países centroamericanos.

?Esta es un paso más para la realización del Sistema de Interconexión Eléctrica para Centroamérica, Siepac?, dijeron.

El sector energético del país operará bajo esta nueva norma que reemplazó a la legislación con la que habían comercializado con anterioridad.

En la Norma de Coordinación Comercial No. 10, NCC10, se toman en cuenta entidades como el mercado Eléctrico Regional, el Operador Regional -EOR- y el Reglamento Transitorio del Mercado Eléctrico Regional, entre otros.

En la NCC10 se establecen también las formas de pago y despacho de energía, las responsabilidades del Mercado Mayorista y los tipos de transacción de importación y exportación de energía, todo con el fin de normar las transacciones y eliminar problemas futuros.

ESCRITO POR: