Economía
Bernardo Arévalo sanciona decreto que exonera temporalmente de impuestos a los combustibles
El Decreto 22-2026 exonera temporalmente del pago del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo (IDP) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los combustibles.
La ley también suspende temporalmente la retención aplicable a las compras con tarjetas de débito o crédito de gasolina superior y regular, diésel y gas oil.
Además, prohíbe exportar, reexportar o extraer del territorio nacional combustibles que hayan gozado de las exenciones.
El Ministerio de Energía y Minas cuenta con cinco días hábiles, a partir de la entrada en vigor del decreto, para emitir el reglamento.
La medida entra en vigor el 1 de octubre y estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2026.
