Economía

Bernardo Arévalo sanciona decreto que exonera temporalmente de impuestos a los combustibles

El Decreto 22-2026 exonera temporalmente del pago del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo (IDP) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los combustibles.

La ley también suspende temporalmente la retención aplicable a las compras con tarjetas de débito o crédito de gasolina superior y regular, diésel y gas oil.

Además, prohíbe exportar, reexportar o extraer del territorio nacional combustibles que hayan gozado de las exenciones.

El Ministerio de Energía y Minas cuenta con cinco días hábiles, a partir de la entrada en vigor del decreto, para emitir el reglamento.

La medida entra en vigor el 1 de octubre y estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2026.

Conozca más detalles.

(Foto Prensa Libre: captura de pantalla de la edición legal del Diario de Centro América).