Las autoridades ediles consideran que es necesario implementar las tasas debido a que dicha municipalidad deberá absorber el costo real de la prestación de servicios públicos.
Entre las tasas destacan: Inscripción y valoración de bienes inmuebles Q10; escritura municipal de bienes inmuebles Q50; derechos de posesión y/o tenencia de bienes inmuebles (tierras) Q10; matrimonio civil celebrado por el alcalde Q10.
Además, constancias por residencia o vecindad Q10, Solicitud de licencia de construcción de acuerdo al valor de la obra, por día Q100; permisos para espectáculos públicos, publicidad, propaganda y similares, por día normal y festivo Q10, por metro cuadrado.
Sin embargo, de acuerdo con la publicación oficial, las multas aprobadas son más elevadas que las inscripciones, constancias y permisos.
Por ejemplo, entre las multas están Q600 por arrojar animales muertos en lugares públicos o privados que no tengan ese destino.
Por arrojar basura en lugares públicos o privados que no tengan ese destino Q500; por colocar ventas u obstáculos en la vía pública sin autorización municipal Q100 y descargar aguas negras o servidas en la vía pública Q500.
El cobro de los arbitrios comenzará a hacerce efectivo ocho días despues de la publicación en el “Diario de Centro América”.