Economía

Conceden prórroga al plazo para tramitar y contar con licencia ambiental, pero nadie se librará de una sanción

Las empresas que no tengan una denuncia en su contra y se presenten voluntariamente a regularizar su instrumento ambiental, solo pagarán una multa de Q5 mil.

Las empresas deben contar con un estudio de impacto ambiental y con licencias ambientales. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Las empresas deben contar con un estudio de impacto ambiental y con licencias ambientales. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Este viernes fue publicado en el Diario de Centro América la decisión del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) de prorrogar, hasta el 27 de septiembre de 2024, el plazo para que toda obra, proyecto o empresa, que no cuente con un estudio de impacto ambiental (si está obligada a hacerlo), regularice su situación y presente ese instrumento.

Mediante el Acuerdo Gubernativo 298-2022, el MARN reforma el artículo 119 del Acuerdo Gubernativo 137-2016, Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental, que establecía para el próximo 16 de diciembre el plazo para cumplir con la regularización.

Esa disposición busca que los sujetos obligados cumplan con lo estipulado en el artículo 8 de la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, que establece la obligación de contar, previo al desarrollo de una actividad, con un estudio ambiental aprobado por el MARN. La norma establece multas a quienes no cumplan, que van de Q5 mil a Q100 mil, según la categoría de cada proyecto.

La Unidad de Comunicación Social del MARN, informó a Prensa Libre que la decisión de prorrogar el plazo para que las empresas regularicen su situación se tomó en “consideración de los fenómenos hidrometeorológicos que han impactado al país en los últimos años; la pandemia Covid-19 que afectó a los guatemaltecos y la Política de Reactivación Económica”.

Multa mínima

De acuerdo con Jersson Gudiel, gerente de la consultora ambiental Soluciones Avanzadas para Negocios, Proyectos, Asesorías y Servicios Ambientales, S.A. (NEPRASA), si bien el MARN prorroga el plazo para cumplir con el requerimiento, las empresas que acudan voluntariamente a regularizar este instrumento deberán pagar una multa de Q5 mil, sin importar la categoría.

“Esta multa mínima de Q5 mil solo aplica si el proyecto, negocio o empresa no tiene una denuncia, que haya resuelto el proceso incidental (que haya sido multada por no tener licencia ambiental en el lapso de la prórroga) y se presente voluntariamente a regularizar su situación”, dijo Gudiel.

La nueva disposición también prorroga el plazo para que los proyectos, obras, industrias o actividades aprobadas antes de la vigencia del Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental, presenten su estudio de impacto ambiental.

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