La persona requirió a la Sener información acerca de cada gasoducto, oleoducto, oleogasoducto, poliducto y cualquier ducto construido en México, detallando su nombre, zona, inicio de trayectoria, fin de trayectoria, diámetro, longitud, capacidad máxima y utilización.
Derrame e incendio en ducto, por ordeña clandestina, confirma @Pemex http://t.co/3iyUASaeAJ
— El Universal (@El_Universal_Mx) March 20, 2015
Ante esta petición, la Sener se declaró incompetente para conocer de la información y orientó al particular a presentar su solicitud a Pemex Refinación pero, en el análisis del caso, el comisionado del IFAI, Joel Salas, señaló que la secretaría sí es competente para conocer de la información solicitada, ya que ésta administra el Sistema Nacional de Información de Hidrocarburos (SNIH)
Además, añadió que este sistema no es la única fuente de información con la que Sener cuenta para atender la solicitud, ya que los datos que aportan las subsidiarias de Pemex para alimentarlo deben tener un respaldo documental.
Por otro lado, el sujeto obligado no turnó la solicitud a todas las unidades administrativas que podrían contar con la información solicitada, asegura el IFAI.
Este organismo indicó que en el sector de hidrocarburos es necesario conocer sobre el estado de la infraestructura, las contrataciones e inversiones que se realizan, los efectos ambientales, el desempeño y los beneficios obtenidos por los nuevos operadores privados que se unirán a la exploración y explotación de los recursos.
“La sociedad mexicana tiene derecho a conocer cuándo la infraestructura y los ingresos del sector de hidrocarburos se ven afectados, porque estos recursos financian servicios públicos que el Estado debe proveer” , apunta el comisionado Salas.