El fallo implica que la EEGSA no podría modificar la tarifa que desde el 1 de agosto del 2008 cobraba por concepto del VAD.
Este es un cargo que el consumidor debe pagar por utilizar la red de distribución eléctrica cuando recibe la electricidad en su hogar o empresa.
En la actualidad, a los usuarios de la EEGSA les cobran en la factura Q0.23 de VAD por kilovatio hora consumido.
El valor vigente es de US$8.22 por kilovatio (kW) hora al mes, para el segmento residencial, y US$4.24 por kW al mes, para las pequeñas empresas.
Los montos que se cobraban en el quinquenio 2003-2008 eran de US$9.19 y US$11.37 por kw al mes, respectivamente.
La resolución de la CC fue emitida con los votos a favor de los magistrados Juan Francisco Flores Juárez, presidente de la Corte; Roberto Molina Barreto y Alejandro Maldonado. Hubo votos razonados de los magistrados Mario Pérez Guerra y Gladys Chacón Corado.
Los argumentos de la EEGSA se refieren a la violación del proceso en la fijación del VAD.
En mayo último, el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil amparó a la compañía, en un intento por anular la Resolución CNEE 144-2009, que contiene el estudio tarifario del VAD.
El referido juzgado determinó que la resolución de la CNEE no debía ser aplicada a la EEGSA.
Sin embargo, esa comisión recurrió a la CC para revocar ese fallo y le ganó la batalla a la distribuidora.
La Corte asegura que ni en la Ley General de Electricidad ni en su respectivo reglamento se contempla que la CNEE tenga que asumir, con carácter vinculante, el dictamen emitido por la Comisión Pericial. Esta fue convocada luego de que la CNEE y la EEGSA no alcanzaran acuerdos para establecer el VAD.