Esto se debe a que el domingo 31 de diciembre es día inhábil, así como el lunes del 1 de enero debido al asueto por Año Nuevo.
En el caso del 2 de enero también se considera día inhábil para estos trámites, ya que fue aprobado por el gobierno un descanso con goce de salario para los trabajadores del sector público.
Según el calendario tributario, son 7 los regímenes de impuestos o actividades aplazados para declarar:
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Se aplaza la declaración jurada y pago mensual del IVA sobre ventas efectuadas en noviembre del 2023, para los siguientes regímenes o contribuyentes:
- Régimen de Pequeño Contribuyente. Declaración Jurada y pago mensual por venta de bienes o prestación de servicios de noviembre, cuota fija del 5%. Para este trámite se debe usar el formulario electrónico en Declaraguate 2046.
- Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente, que se basa en el decreto 7-2019. Para este trámite se debe usar el formulario electrónico en Declaraguate 2241.
- Contribuyentes que realizan operaciones locales y de exportación. Se debe usar el formulario 2237.
- Régimen Especial de Contribuyente Agropecuario. Formulario, 2280.
- Régimen Electrónico Especial de Contribuyente Agropecuario, según decreto 7-2019. El formulario electrónico es el 2290.
- Pago de retenciones en facturas especiales. Pago mensual de retenciones del 12% sobre el monto de facturas especiales emitidas durante noviembre de 2023. El formulario es el 2085.
Impuesto al servicio del cable:
- Declaración y Pago mensual del Impuesto a la Distribución de señal por cable, correspondiente al mes de noviembre de 2023, según decreto 41-92. El formulario Declaraguate que se usa es el 9031.
La plataforma de Declaraguate sigue funcionando, aunque las oficinas estén cerradas por los asuetos y descansos otorgados.