Economía

Tiempo parcial: Estas son las principales dudas de empresarios los primeros días del nuevo reglamento

El pago de horas extras y prestaciones, así como la presentación de la planilla de trabajadores al IGSS y qué debe contener el contrato son de las dudas que han surgido entre las empresas para aplicar la contratación de tiempo parcial.

Miles de jóvenes buscan una oportunidad laboral, según el sector de empresarios el trabajo de tiempo parcial es una opción. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Miles de jóvenes buscan una oportunidad laboral, según el sector de empresarios el trabajo de tiempo parcial es una opción. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

A una semana de haber entrado en vigencia el reglamento para el trabajo de tiempo parcial (acuerdo 89-2019), las empresas buscan capacitarse para la implementación de esa modalidad.

Las prestaciones pecuniarias (aguinaldo y bono 14, por ejemplo) se deben desembolsar en proporción con el salario que devenga o devengará el trabajador. Sin embargo, algunas no se pueden dar en forma proporcional, sino que se deben liquidar en su totalidad, incluso para el trabajo de tiempo parcial, se explicó.

Entre estas se cuentan la bonificación incentivo (de Q250 mensuales, según la ley), los 15 días hábiles de vacaciones y el derecho a la hora de lactancia, expusieron el viceministro de Trabajo, Francisco Sandoval, quien participó en el foro sobre el reglamento en mención con la Cámara de Comercio Guatemalteco Americana (Amcham).

Consultada al respecto, Ana Lucía Contreras, asesora legal y abogada de competitividad de Agexport, explicó que las empresas deben acondicionar la operación de manera que brinden prestaciones. “Las empresas deben tener clara esta modalidad. Aunque ya está establecida en el artículo 88 del Código de Trabajo, no era de amplia aplicación porque se esperaba más certeza con el reglamento” dijo.

Contreras recomienda las medidas que debe atender una empresa para esa modalidad.

Para empezar se debe tener claro que se trata de un trabajador común pero que no labora la jornada completa sino que puede variar entre 3, 4 o 5 horas según el modelo de negocio de la empresa que lo contrata, menciona la asesora.

Por ello agrega que se deben seguir todos los pasos contratación de igual forma que un trabajador de tiempo completo:

  • Leer el reglamento acuerdo 89-2019
  • Desarrolla el convenio 165,
  • Hacer el proceso de selección, que comúnmente se hace ya sea en la oficina de recursos humanos de la empresa o en alguna firma que presta esos servicios.
  • Suscribir el contrato de trabajo a tiempo parcial en el cual se debe incluir todos los derechos, obligaciones y condiciones que establece la ley.
  • Actualizar su reglamento interno de trabajo para establecer esa modalidad de trabajo a tiempo parcial.
  • Definir de forma clara y según la ley diferentes las prestaciones.
  • Presentar su planilla al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).

Planilla del IGSS

Marcelo Richter, abogado laboralista, indicó que el reglamento es un instrumento positivo y que genera muchas expectativas, pero a su criterio se quedó corto, ya que no se establecen ciertas condiciones de contratación o de pago, entre estas las horas extras y la planilla del IGSS.

A criterio del experto, en el caso de la seguridad social también hicieron falta detalles en el reglamento, pues, aunque el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) es una entidad autónoma y tiene sus propias normas, el Ejecutivo debió establecer que debía modificar sus normativas para la incorporación de la nueva modalidad de contratación, a fin de establecer cómo se deben cumplir las obligaciones del patrono y los beneficios que brindará al afiliado.

“Estoy seguro de que el Seguro Social establecerá sus propios reglamentos, pero era mejor que se le hubieran establecido las pautas”, agregó.

Al respecto la Subgerencia Financiera del IGSS respondió a Prensa Libre este jueves las medidas que está tomando:

  • Se están realizando los estudios respectivos, para definir la forma en que los patronos deberán inscribir o reportar en planilla a los trabajadores que contraten a tiempo parcial ya sea en horario diario, semanal, quincenal y mensual, así como el salario mensual que perciban.
  • Con estos datos se definirá si es factible que se reporten en la misma planilla haciendo separación entre los que laboran a tiempo completo y parcial, o si es necesaria una adicional.
  • Agregó que para tener certeza de la contratación de un trabajador a tiempo parcial se está considerando requerir que presenten al IGSS la copia del contrato de trabajo, en el que conste que fue debidamente entregado a la dependencia del Ministerio de Trabajo respectiva (como en la Inspección General de Trabajo), tal como lo establece el Código de Trabajo en el artículo 28.
  • Este artículo establece obligaciones como presentar contrato por escrito y en 3 ejemplares, los cuales serán uno para el patrono, otro para el trabajador y otro para la Inspección de Trabajo.

Horas extras

Por aparte Richter expuso que al no estar definido de manera concreta cuántas horas o qué horario se pueden considerar una jornada de tiempo parcial, a los empresarios les surgen dudas acerca del tiempo que se debe pagar como extraordinario.

La otra duda se plantea en cuanto a las jornadas y horarios. En este caso, el experto ejemplifica que si se celebra un contrato de siete horas y el horario asignado es entre las 4 de la tarde y las 9 de la noche, se debe tomar como jornada mixta de tiempo completo o un contrato de tiempo parcial.

Contratos

Richter dijo que siempre que se haga una contratación de tiempo parcial se firme un contrato por escrito para cualquier tipo de puesto, a fin de tener certeza al respecto. Aunque algunos indican que las contrataciones pueden ser verbales, el experto no las recomienda.

Contreras agregó que los contratos deben notificarse, como el otro modelo, al Ministerio de Trabajo.

Mencionó que en una mesa técnica de dicho Ministerio se les explicó que no hay necesidad de un documento extra si un trabajador pasa de tiempo completo a tiempo parcial, sino que basta con el contrato.

Sin embargo, expertos y abogados recomiendan a las empresas que en esos casos los trabajadores firmen un documento de aceptación o consentimiento, y se agregue a su expediente, para evitar problemas posteriores.

No perder la atención

  • Contreras recomiendas a las empresas analizar, según su giro de negocio y horarios que este requiera, si puede hacer contrataciones de tiempo parcial.
  • Se debe tomar en cuenta que para una empresa tener varios trabajadores de tiempo parcial es una carga financiera y administrativa ya que en lugar de un puesto de trabajo debe manejar dos o más.
  • En el caso de horarios de las jornadas, considera que no es factible contratar en ciertos casos a una persona por 6 horas, pero si el negocio lo requiere debe pagar dos o más horas extras que tienen un costo más alto que la hora normal. En esos casos es preferible mantener la jornada completa, menciona.

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ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.