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IGSS rechaza 16 mil solicitudes para pensionarse

Más de 16 mil solicitudes para retirarse y ser pensionado han sido rechazadas por el IGSS, en su mayoría porque se habría incumplido con la cantidad de cuotas obligatorias para solicitar ese derecho.

Estuardo Paredes Contribuyentes intentan cumplir con los requisitos establecidos por el Seguro Social para solicitar su retiro y convertirse en pensionados. (Foto Prensa Libre: Estuardo Paredes)

Estuardo Paredes Contribuyentes intentan cumplir con los requisitos establecidos por el Seguro Social para solicitar su retiro y convertirse en pensionados. (Foto Prensa Libre: Estuardo Paredes)

En el 2011, el IGSS logró incrementar de 180 a 240 las contribuciones para pensionarse, lo que representa cinco años más de trabajo.

En una citación con legisladores de Alianza Ciudadana (AC) se reveló, según datos del IGSS, que más de 16 mil personas que han solicitado su retiro laboral para registrarse en el programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS) no han podido recibir ese beneficio, debido a que en su mayoría incumplen con el número de cuotas.

Durante la citación, el congresista Marvin Orellana explicó que ha habido denuncias de personas de la tercera edad que han tenido problemas para solicitar la pensión por parte del Seguro Social. “Argumentan que no han cumplido con los requisitos; eso es inconcebible. Ellos ya sirvieron, ya aportaron. ¿Dónde van a encontrar trabajo a esa edad, cuando a los que tenemos más de 30 años nos consideran viejos?”, cuestionó Orellana.

Para los asegurados que se hayan afiliado antes del 1 de enero del 2011, los requisitos son: 228 cuotas a partir del 1 de enero del 2014, y 240 a partir del 1 de junio del mismo año.

Haber cumplido 60 años.

Para las personas que se afiliaron después del 1 de enero del 2011 deben presentar constancia de tener un mínimo de 240 contribuciones.

Haber cumplido 60 años.

En ambos casos se deben presentar original y copia del Documento Personal de Identificación (DPI).

Original y 2 fotocopias del DPI, pasaporte o certificación de la partida de nacimiento de los integrantes del grupo familiar.

Certificación de matrimonio extendida por el Registro Nacional de las Personas (Renap), o bien algún documento que compruebe la convivencia.

Original y fotocopia del carné de afiliado al IGSS o de la constancia temporal extendida por la División de Registro de Patronos y Trabajadores.

Original y fotocopia del carné del Número de Identificación Tributaria (NIT), extendida por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

Constancias laborales, sin descripción de los salarios, de los patronos con los que cotizó al Régimen de Seguridad Social, anotando el nombre del patrono, número patronal, período laborado y cualquiera otra información importante. En su defecto, presentar una hoja con el detalle del historial de trabajo.


En la citación participaron representantes de la Junta Directiva del IGSS, de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH) y de la Contraloría General de Cuentas. A esta última entidad se le solicitó una auditoría especial acerca de la manera en que se invierten las reservas del programa IVS.

Allan Jacobo Ruano, vocal de la Junta Directiva del IGSS, explicó que los reparos no se concentran en las contribuciones de los afiliados, sino en datos específicos, como nombres incorrectos.

Jorge de León Duque, procurador de los Derechos Humanos, recordó que esa institución presentó una acción de inconstitucionalidad en el 2012 contra el incremento de las contribuciones por violación del principio de igualdad y de los derechos adquiridos de los trabajadores. Sin embargo, “la Corte de Constitucionalidad resolvió a favor del IGSS”.

El ombudsman indicó que a la PDH se han presentado varias denuncias en las que los afiliados reclaman su derecho a adherirse al programa IVS, y en algunos se han ganado los casos.

“En este momento tenemos unas 10 denuncias, la mayoría por la cantidad de contribuciones; sin embargo, hay varios casos administrativos. Por ejemplo, los nombres no coinciden con los que aparecen en el Renap —Registro Nacional de las Personas—. En otras más graves, el IGSS ha perdido la papelería de los contribuyentes, y es a él a quien le toca incurrir en gastos”, detalló De León Duque.

El Procurador expresó: “Es evidente que la disposición de incrementar el número de cuotas era demasiado agresivo para el cotizante, y se violaron varios preceptos constitucionales, ya que los derechos de los trabajadores deben de ser progresivos, pero nunca regresivos. No entiendo por qué la CC avaló esa propuesta”.

Se excusan

Pese a que los datos mostrados por los diputados de Alianza Ciudadana fueron otorgados por el IGSS, las autoridades del Seguro Social negaron que haya habido tantos rechazos.

Se indicó que en enero del 2016 el IGSS inició con 16 mil solicitudes pendientes de resolver por casos de IVS, pero al 31 de julio se emitieron seis mil 889 resoluciones, de las cuales cinco mil 854 fueron aprobadas y mil 35 las negaron por no llenar los requisitos establecidos en la Ley.

Según la Subgerencia de Prestaciones Pecuniarias del Seguro Social, se prevé una mejora en la gestión de los trámites, ya que en la actualidad se considera que el proceso por resolución toma ocho meses. Tienen como meta disminuirlo a tres meses, con la implementación de los procesos de digitalización del historial salarial y la sistematización para el cálculo de pensiones.

También se indicó que en muchos casos es difícil emitir las resoluciones positivas, debido a errores en la emisión de planillas por parte del patrono y por el incumplimiento de pago de las cuotas, principalmente las patronales, lo cual perjudica al afiliado al momento de efectuar sus trámites.

Nueva acción

Orellana explicó que hoy presentarán una nueva acción de inconstitucionalidad, en la que se alegará violación al artículo 138 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.

Según el congresista, se viola el principio de igualdad para los contribuyentes y se genera un tratamiento desigual y discriminatorio, ya que quienes cuentan con pensión no aportaron más que quienes ahora deben cubrir más cuotas, y tampoco se les presta un mejor servicio.

A esa nueva acción se sumará el procurador de los Derechos Humanos, quien respalda la propuesta.

Es necesario

Luis Linares, experto en temas laborales de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asíes), aseguró que elevar el número de cotizaciones y edad para jubilarse es necesario para el buen funcionamiento del programa del Seguro Social. Sin embargo, refirió que es necesario establecer períodos de gracia mayores para no perjudicar a los afiliados.

“A una persona que le agarraron las actualizaciones a los 58 o 60 años ya le será muy difícil mantenerse en el trabajo o conseguir otro, porque por la edad no se les otorga. Debió ser más suave el corrimiento de los meses”, indicó.

El analista justificó que era evidente la necesidad de incrementar el número de cotizaciones
para garantizar la sostenibilidad del programa.

Según Linares, el aumento de la expectativa de vida y el hacer ajustes en las pensiones es algo que se tiene que hacer, porque a veces lo que una persona cotiza no es suficiente.

Reconoció que el IGSS tiene graves problemas porque carece de registros de las cotizaciones de afiliados, récord y registro laboral.

“Son los empleados los que tienen que ir a los centros de trabajo a que les extiendan una copia de que trabajaron en una u otra empresa; no puede ser que se carezca de una constancia”, lamentó.

Linares explicó  que en Costa Rica se elevó a 35 la cantidad de años para cotizar y a 65 la edad para jubilarse, y la cuota es el doble de la que se paga en Guatemala.

Fundamento legal

Artículo 15 del Reglamento sobre Protección Relativa a Invalidez, Vejez y Sobrevivencia. Tiene derecho a pensión de vejez el asegurado que cumpla con:

  • Condiciones para los asegurados cuya fecha de afiliación sea anterior al 1 de enero del 2011: a) Tener acreditados el número de contribuciones mínimas de acuerdo a la escala siguiente: a.1) 180 hasta el 31 de diciembre del 2010; a.2) 192 a partir del 1 de enero del 2011; a.3) 204 a partir del 1 de enero del 2013; y a.4) 216 a partir del 1 de enero del 2014. Tener 60 años.
  • Condiciones para los asegurados a partir del 1 de enero del 2011: a) Haber acreditado como mínimo 240 meses; b) Haber cumplido 62 años para tener derecho a pensionamiento. (Según la PDH, la edad no fue modificada por orden de la CC).

Jugosas pensiones

En el 2002, el IGSS aprobó un acuerdo en el que aseguró que sus trabajadores y directivos tuvieran jugosas pensiones. Durante el cambio de cálculo se garantizaron un buen retiro.

La denuncia la efectuó la diputada Nineth Montenegro, quien señaló que personas como el expresidente de la Directiva del IGSS Carlos Wohlers recibirían pensiones de Q44 mil mensuales, cuando el pago más alto que puede otorgarse es de Q5 mil. Además, su retiro era a los 55 años, pese a que la Ley obliga a los 60. Esa medida continuó hasta julio de este año.

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