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Motociclistas deberán usar chaleco y casco numerado

Con la publicación del acuerdo Gubernativo 289-2013, que reforma el reglamento de tránsito, se establece que los motociclistas deberán usar un chaleco anaranjado y un casco con la placa del vehículo, la cual debe ser visible a una distancia de cinco metros.

Motociclistas deberán circular en el carril derecho. (Foto Prensa Libre: Estuardo Paredes)

Motociclistas deberán circular en el carril derecho. (Foto Prensa Libre: Estuardo Paredes)

CIUDAD DE GUATEMALA – El presidente Otto Pérez Molina indicó que se eligió el anaranjado, porque es un color internacional de prevención, no por aludir a un partido político.

En la parte frontal, el chaleco deberá tener dos franjas verticales y dos horizontales de cinco centímetros de ancho, color gris plateado, en material retroreflectivo. En la parte dorsal deberá tener las franjas y el número de la placa de circulación con letra tipo Arial, de ocho centímetros de alto y cuatro de ancho.

Al caso protector se le deberá adherir el número de identificación de la placa en material retroreflectico color blanco, con fondo negro. Los números y letras deben escribirse con letra tipo Arial de 2.5 centímetros de ancho y cuatro de alto.

El conductor y su acompañante están obligados a no llevar ningún objeto que obstaculice la visibilidad del número de identificación.

El acuerdo establece que el número de personas transportadas en un vehículo no podrá ser superior al de las plazas autorizadas en la tarjeta de circulación o las que señale la autoridad competente. Se exceptúa a los miembros de las fuerzas de seguridad y policías municipales de tránsito.

También se prohíbe que los motociclistas circulen entre ambos carriles y en el carril del lado izquierdo, no podrán sujetarse o engancharse a otro vehículo.

El acuerdo comenzará a regir a partir de este jueves 15 de agosto, con excepción de la implementación de los cascos y chalecos, pues se da a la población 30 días para adquirirlos.

El Ministerio de Gobernación encomienda la supervisión del cumplimiento de la normativa a las delegaciones de tránsito municipales, con el fin de corroborar que las mismas ejercen de manera eficiente la función que les fue trasladada, en caso de incumplimiento o incapacidad, podrá dar por terminada la delegación de competencia de tránsito por medio de un acuerdo gubernativo.

Multas

Quienes incumplan con esta regulación deberán pagar una multa de mil quetzales, así como aquellos que falten el respecto o agredan a una autoridad de tránsito.

Se multará con cinco mil quetzales a quien altere la seguridad del tránsito mediante la colocación de obstáculos imprevisibles por cualquier otro medio, en la vía pública para facilitar carreras, concursos o actividades similares, sin el permiso correspondiente.

Quienes utilicen la vía pública para carreras, concursos o actividades similares, sin el permiso correspondiente, deberán pagar Q25 mil por cada conductor que participe.

Antecedentes

En el 2009 las autoridades de turno implementaron el uso del chaleco y casco numerado, también prohibieron el traslado de dos personas en moto.

Esta medida se tomó para erradicar los constantes asaltos y asesinatos a pilotos de transporte de pasajeros, cometidos por sicarios que viajan en motocicletas. Sin embargo, ninguna autoridad de tránsito exigió su cumplimiento.

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