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¿Qué puedo hacer durante las nuevas restricciones del Estado de Calamidad por el coronavirus?

Desde ayer entraron en vigor nuevas medidas de prevención para evitar nuevos casos de covid19 en Guatemala, entre ellas sobresale el uso obligatorio de mascarillas en la vía pública y se confirmó, una vez más, la ampliación del toque de queda.

¿Puedo conducir o ir en un vehículo sin utilizar mascarilla?

No. Según lo estipulan las nuevas disposiciones de gobierno todas las personas que se encuentre fuera de su domicilio deberá de portar una mascarilla, lo anterior incluye a quienes se encuentren en las calles, dentro de algún espacio público o incluso si se movilizan en un vehículo. No cumplir con esta nueva regla tendrá una multa de Q7,000.00 a Q150,000.00.

¿Si debo de trabajar la empresa me tiene que dar una mascarilla?

Sí. Entre las disposiciones emitidas este domingo se ordena que cualquier empleador o contratista, de entidades públicas como privadas, facilite a su personal de trabajo de las mascarillas adecuadas, necesarias y suficientes para desarrollar sus actividades, de conformidad con el Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional. Incumplir con lo anterior seria motivos de procesos que podrían llegar hasta el ámbito penal por ser una violación a los estatutos del Estado de Calamidad.

¿Debo de regresar a trabajar con normalidad?

No. Según el anuncio oficial quienes si pueden continuar labores, con las medidas de salubridad adecuadas, son algunas oficinas de la presidencia, así como las fuerzas de seguridad, entidades bancarias, telecomunicaciones, personal de salud, de recaudación fiscal, control migratorio, expendios de alimentos, combustible y los medios de comunicación. Entre las disposiciones se continúa pidiendo a los empleadores promover el teletrabajo para evitar que las personas salgan de casa.

¿Si trabajo para el Congreso u Organismo Judicial ya debo regresar a labores?

Aún no. Por ser instituciones independientes al Organismo Ejecutivo serán estos poderes de Estado quienes decidan el momento prudente para continuar con sus labores. Tantos los tribunales, personal legislativo y de dependencias de seguridad como el Ministerio Público (MP) decidieron ampliar la suspensión de labores como medida de prevención contra el coronavirus.

¿Me pueden restringir los servicios básicos?

No. Entre los servicios que orden autoridades de gobierno deben de continuar con total normalidad se encuentran, además de las entidades de salud, aquellas que prestan los servicios de agua, luz, señales de radio, televisión, así como el servicio de seguridad privada y la extracción de basura.

¿Hay restricciones al transporte pesado?

Sí. Estos aplican únicamente para los municipios de Mixco y Villa Nueva, de 4 a 9 horas y 14 a 17 horas de lunes a sábado, sin ningún tipo de excepción.

¿Siguen cerrados los centros comerciales?

Sí. Las instrucciones de gobierno no permiten la apertura de los centros comerciales, únicamente funcionarán aquellos locales que vendan alimentos, medicinas, bancos, aseguradoras o cooperativas.

¿Puedo comprar mis alimentos en los mercados?

Sí, pero siguiendo las medidas de prevención. Los horarios en que los distintos mercados estarán abiertos al público son de las cuatro de la mañana al medio día, todos los que ingresen deberán de tener puesta una mascarilla y tomar una distancia prudente mínima de un metro y medio de distancia.

¿Puedo comprar bebidas alcohólicas?

Sí, pero no puede consumirlas en la vía pública. El Ejecutivo levantó, parcialmente, una de las medidas que impuso durante la Semana Santa, permitiendo la venta de bebidas alcohólicas o fermentadas desde las cuatro de la mañana a las tres de la tarde, pero se encuentra prohibido su consumo en la vía pública.

¿Si debo de ir a trabajar puedo hacerlo en bus?

No. Las medidas presidenciales no levantaron la suspensión del transporte público urbano y extraurbano. Solo pueden circular aquellos vehículos que fueron registrados por empresas para movilizar a su personal.

Soy guatemalteco y estoy en el extranjero ¿Puedo regresar al país?

Sí. Pueden retornar nacionales, residentes y cuerpo diplomático acreditado al país, pero deben de cumplir con una cuarentena obligatoria para evitar posibles casos de coronavirus. Si algún extranjero desea dejar el país también puede hacerlo, pero debe de ser bajo su propia responsabilidad y si los controles fronterizos de las otras naciones así lo permiten.

¿Si vivo en Guatemala puedo ir de paseo a Chimaltenango?

No. Todos los viajes sociales están prohibidos, además que entre las medidas continúa la prohibición para que las personas viajen a departamentos ajenos a los de su nacimiento, exceptuando aquellos deban de hacerlo por motivos de trabajo o por condiciones de salud. También los abogados que se demuestre que están cumpliendo con alguna actividad profesional.

Tengo 60 años ¿Puedo salir de casa?

No es lo más indicado. Entre las nuevas disposiciones se recomienda que las personas mayores de 60 años no salgan de casa por ser vulnerables ante el covid19, pero si por su función profesional se ven en la necesidad de hacerlo los patronos deberán de ampliar las medidas sanitarias. Según el censo de población y vivienda del 2018, un millón 208 mil habitantes tiene una edad superior a los 60 años.

Tampoco se permite la libre locomoción de mujeres embarazadas, personas con enfermedades crónicas y niños en mercados y comercios autorizados.

El horario del toque de queda continua siendo de las 16 horas a las cuatro de la mañana y todas las disposiciones anteriores continuaran hasta el lunes 20 de abril, cuando podrían ser ampliadas, revocadas y hasta sustituidas.

ESCRITO POR:

Douglas Cuevas

Periodista de Prensa Libre especializado en temas políticos y del sector justicia, con 15 años de experiencia en periodismo escrito, televisivo y radial.