Internacional

Pasos para obtener la nulidad matrimonial en la Iglesia Católica

El papa Francisco reformó radicalmente el martes recién pasado el proceso para la nulidad matrimonial en la Iglesia Católica, permitiendo resoluciones rápidas y eliminando la apelación automática en un intento por acelerar y simplificar el procedimiento.      

Francisco emitió una nueva norma para regular el modo en que todos los obispos del mundo determinarán cuando un fallo fundamental invalida una unión.

 Los católicos deben obtener la nulidad eclesiástica si quieren volver a casarse por la Iglesia, pero el proceso de nulidad era criticado por ser complicado, caro y estar fuera del alcance de muchos católicos, en especial en países pobres donde las diócesis no tienen tribunales del matrimonio.

¿Qué pasos hay que seguir para obtener una nulidad?

Para inciar una demanda de nulidad hay que acudir al tribunal eclesiástico de la diócesis donde se celebró la boda. Allí un perito en derecho canónico hace una primera orientación sobre la viabilidad de emprender el procedimiento.

No hace falta que ambos cónyuges estén de acuerdo en presentar la demanda, basta con la determinación de una de las partes. Si es viable, el demandante deberá elegir un abogado especialista en derecho matrimonial canónico.

¿Cuánto dura el proceso?

El proceso puede durar más o menos tiempo dependiendo del número de testigos, la intervención o no de peritos, así como de otras posibles incidencias en el transcurso de la causa. Actualmente una causa normal suele tardar en dos años en obtener la doble sentencia conforme requerida hasta ahora por el Derecho.

Con la reforma introducida por el Sumo Pontífice los tribunales de primera instancia tendrán un plazo máximo de un año para declarar nula una unión. Además ya no será necesario recurrir a un segundo tribunal –como se exigía hasta ahora– si no hay recurso de ninguna de las partes.

Los nuevos cánones otorgan responsabilidad directa al obispo diocesano, que será juez único en los casos más claros de constatación de la nulidad de un matrimonio.

¿Cuánto costará el proceso?

El Papa ha pedido a las conferencias episcopales que se asegure la gratuidad del proceso. Esto significa que los promotores de una causa podrán hacer aportaciones voluntarias y que la diócesis puede aceptar donativos para el funcionamiento de los tribunales, pero el procedimiento en sí debe ser gratuito.

Actualmente el coste de una nulidad puede variar mucho de acuerdo a la gran cantidad de factores que intervienen en el proceso judicial.

La reforma más importante implica un nuevo procedimiento más rápido, gestionado por el propio obispo, que se puede utilizar cuando ambos cónyuges solicitan el trámite o no se oponen a él.

También es válido para cuando hay pruebas que descartan la necesidad de realizar una investigación más amplia.       

La medida contempla que el proceso sea completado en 45 días. 

Para las personas sin recursos ya existe el “patrocinio gratuito”. Aunque su funcionamiento es desigual en las diócesis, esta figura permite aplicar una reducción de hasta el 75% en las tasas judiciales y asignar al demandante un abogado de oficio.

En la Rota Romana, el 70 o el 80 por ciento de los casos son ya gratuitos, según recordó este martes el presidente de la comisión de reforma y decano del Tribunal de la Rota Romana, Pio Vito Pinto.

 Francisco también pidió que sean exentados los cobros, excepto por el pago “justo” al personal del tribunal.      

Durante mucho tiempo los católicos se han quejado de que tardan años para anular su matrimonio, si es que lo logran.

Los costos pueden llegar de hasta cientos de miles de dólares por cuotas legales y de tribunales.       

Sin la anulación, los católicos divorciados que se vuelven a casar fuera de la iglesia son considerados adúlteros que viven en el pecado y están excomulgados.

¿Cuáles son los motivos para la nulidad matrimonial?

Las causas están fijadas en el código de Derecho Canónico. Las más frecuentes suelen ser por incapacidad para asumir las obligaciones del matrimonio y la simulación en el consentimiento.

En el caso de incapacidad, la mayoría de las demandas que se tramitan responden a grave inmadurez o dependencia psicológica de uno de los cónyuges al padre, la madre o amigo.

Cuando se trata de una simulación en el consentimiento, hablamos, por ejemplo, de un cónyuge que en su fuero interno excluye alguna de las características esenciales del matrimonio como la fidelidad, la indisolubilidad o la procreación.

Es decir, se casa pero no con la intención de tener hijos y su cónyuge no lo sabe.

Demanda de nulidad

Entre los motivos para presentar una demanda de nulidad por la vía breve el documento del Papa menciona explícitamente “la falta de fe que lleva a simular el consenso” en la boda, “la brevedad de la convivencia conyugal”, “el aborto para impedir la procreación”, “una relación extraconyugal en la época de la boda o inmediatamente sucesiva”, así como el “ocultamiento de la esterilidad”, de “una enfermedad contagiosa» o de “hijos nacidos de una relación anterior”. Incluye también causas que pueden disminuir la libertad en el consenso como “un embarazo imprevisto” o “la violencia física para arrancar el consenso”, la “falta de uso de razón”, etc.

Una vez obtenida la sentencia favorable se notifica a las parroquias donde se bautizaron los cónyuges para inscribirla declaración de nulidad en los libros correspondientes.

Después se puede contraer matrimonio por la Iglesia. La gran mayoría de las nulidades se pueden convalidar civilmente.

ESCRITO POR: