CON NOMBRE PROPIO

Campaña anticipada

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Dos son las principales funciones del Derecho Electoral, la primera, conforme a él se integran los órganos de poder, es decir, regula la forma en que se llenan las vacantes de los funcionarios electos —la principal causa es terminación del período—. La segunda función es la más importante, porque legitima el ejercicio de la función pública, lo que entendemos como poder.

¿Qué es algo legítimo? Legítimo es lo que sea conforme las leyes, lo justo, cierto y genuino. Si la democracia es el gobierno decidido por las mayorías, es básico entender cómo se pronuncian esas mayorías y cómo “escogen” a sus funcionarios. No basta con celebrar elecciones, para que la democracia exista estas deben ser competitivas.

Si utilizáramos el ejemplo del futbol, ¿qué ocurriría si en los clásicos al Municipal le dejaran meter mano y a los cremas no? Goles son goles, basta que el árbitro los valide para ganar el partido, pero ¿es legítimo que los rojos celebráramos las victorias sobre Comunicaciones si los goles fueran con mano? Muchos estaríamos en contra de ganar así.

Lo que no es lógico, no es derecho. El dinero en la política es una preocupación para todas las democracias y en Japón hasta suicidios se han producido, porque si la plata en matrimonios ocasiona divorcios, no digamos en cuestiones públicas. Las democracias tienen normativa reguladora del dinero en la política, tarea compleja y difícil y una de las buenas recetas tomadas por varios países es limitar el tiempo de campaña, mientras más pequeño sea su plazo menos plata corre —lógica elemental—.

Los partidos son instituciones de derecho público, esto quiere decir que solo pueden hacer aquello que está, de manera literal, permitido por la ley habilitante, además su dinero está sometido a una serie de controles por parte de la autoridad electoral. Para campaña hay un techo de gastos, hay reglas de donantes y montos. Sería estúpido que existiera una densa normativa para establecer los controles a partir del 2 de mayo —fecha de convocatoria a elecciones—, pero los gastos fueran al antojo antes o después de esa fecha. Hacer campaña sin convocatoria es meter gol con la mano.

Solo con la convocatoria hay candidatos, y si un partido promociona imágenes de eventuales postulantes rompe las reglas de la competencia así como del control financiero y la organización puede ser cancelada, esto dice la ley. Una mentira repetida muchas veces, se toma como verdad. Nos han dicho que la Ley Electoral “no tiene dientes y es sholca, por eso los partidos hacen lo que se les da la gana”, pero es mentira. La ley da herramientas y vemos con buenos ojos que el TSE quiera salir del letargo del último sexenio.

Ojalá cancelaran a más de algún partido abusivo; eso sí, con la misma vara deben ser medidos todos, porque si ganara el partido con gol a mano, no existe legitimidad, perdemos todos y tampoco hay democracia.

abalsells@ea.com.gt

ESCRITO POR:

Alejandro Balsells Conde

Abogado y notario, egresado de la Universidad Rafael Landívar y catedrático de Derecho Constitucional en dicha casa de estudios. Ha sido consultor de entidades nacionales e internacionales, y ejerce el derecho.