CON OTRA MIRADA

Y la planificación del territorio ¿cuándo?

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La última versión del Código Municipal es de 2002. Su Art. 142 determina que las municipalidades están obligadas a formular y ejecutar planes de ordenamiento territorial y de desarrollo integral de sus municipios. Las lotificaciones, urbanizaciones y cualquier otra forma de desarrollo urbano o rural que pretenda realizar o realice el Estado, personas individuales o jurídicas, deben contar con aprobación y autorización de la municipalidad en cuya circunscripción se localicen. Deben comprender y garantizar, como mínimo, sin excepción, el establecimiento, funcionamiento y administración de los servicios públicos siguientes, sin afectar los que ya se prestan a otros habitantes del municipio: a) Vías, calles, avenidas, camellones y aceras de las dimensiones, seguridades y calidades adecuadas según su naturaleza. b) Agua potable y sus correspondientes instalaciones, equipos y red de distribución. c) Energía eléctrica, alumbrado público y domiciliar. d) Alcantarillado, drenajes generales y conexiones domiciliares. e) Áreas recreativas y deportivas, escuelas, mercados, terminales de transporte y de pasajeros y centros de salud. La municipalidad será responsable del cumplimiento de esos requisitos.

En Guatemala, la planificación ha estado presente desde época inmemorial. Para el colega Óscar Quintana, experto en urbanismo y arquitectura del mundo maya, su representación plástica “…es como la luz después de la Edad Media y el esplendor de los espacios barrocos en Europa. Son espacios amplios, llenos de luz y ejes visuales, en donde el deambular es parte del espacio construido en espectaculares escenarios llenos de color y movimiento. Estar afuera, en terrazas abiertas al horizonte o, mejor dicho, en cascada de terrazas, permite dimensionar la belleza del espacio construido como un microcosmos, regido por el hombre-dios-gobernante en su geografía sagrada”.

En el Nuevo Mundo se implantaron las Ordenanzas para Descubrimientos, Poblaciones y Pacificaciones expedidas por Felipe II, en San Lorenzo del Escorial, el 3 de mayo de 1576, instrumento que derivó en las conocidas Leyes de Indias. Manteniendo los caminos preexistentes del territorio, con esa guía se determinó la fundación, trazo y construcción de nuevos pueblos y ciudades, partiendo de un espacio central en el que se ubicó la Iglesia (muchas veces impuesta sobre un templo precolombino), casa parroquial o convento y casas consistoriales.

En palabras del planificador Alfonso Yurrita, “… el urbanismo reúne una suma de conocimientos sustanciales relacionados con la construcción y conservación de las ciudades y con el estudio de las relaciones socio-económico-ambientales que tienen lugar dentro del fenómeno urbano, del que se ocupa actualmente una multiplicidad de profesionales: arquitectos, economistas, geógrafos, ingenieros, sociólogos y, de forma exclusiva, los urbanistas”.
Para la ciudad de Guatemala del alcalde Manuel Colom Argueta se estableció una política de planificación urbana reflejada en el Plan de Desarrollo Metropolitano, Edom 1972-2000. Le siguieron el Plan de Desarrollo Metropolitano, Metrópolis 2010; Plan 2020 y el actual Plan de Ordenamiento Territorial, que busca regular el uso de terrenos con vocación comercial, residencial y área verde. Esquivan u omiten el problema vial del transporte pesado, que desde los cuatro puntos cardinales la atraviesan y convirtien su acceso en un calvario, estemos o no en época de Cuaresma.

' Las municipalidades están obligadas a formular planes de ordenamiento territorial y desarrollo integral.

José María Magaña

La Antigua Guatemala no se escapa de esos padecimientos a pesar de su valor universal. Al parecer, las amenazas que la acechan no quitan el sueño a sus autoridades, aun teniendo la espada de Damocles sobre la cabeza. La inexistencia de planes de ordenamiento territorial o su inobservancia nos expone a vivir entre crecimiento urbano desordenado, contaminación ambiental, inseguridad, caos vehicular, mercados desbordados y patrimonio cultural en riesgo.

ESCRITO POR:

José María Magaña

Arquitecto -USAC- / Conservador de Arquitectura -ICCROM-. Residente restauración Catedral Metropolitana y segundo Conservador de La Antigua Guatemala. Cofundador de la figura legal del Centro Histórico de Guatemala.