URBANISMO Y SOCIEDAD
La vivienda en Guatemala
Hábitat es el entorno o conjunto de factores geográficos relativos a la vida del hombre, como el emplazamiento, la forma, etc. “El hábitat rural, el hábitat urbano; los arquitectos han abandonado el estudio profundo de las necesidades del hábitat en una sociedad cambiante como la nuestra. La vivienda es una edificación cuya principal función es ofrecer refugio y habitación a las personas, protegiéndolas de las inclemencias climáticas y de otras amenazas.
“Artículo 25.1 Declaración Universal de los Derechos Humanos: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar. El derecho a la vivienda digna se considera uno de los derechos humanos fundamentales y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. El ser humano siempre ha tenido la necesidad de refugiarse para contrarrestar las condiciones adversas de vivir a la intemperie. En la prehistoria, para protegerse del clima adverso o las fieras, solía refugiarse en cuevas naturales, con su familia. Tradicionalmente, en el mundo rural son los propios usuarios los que construyen su vivienda, según sus propias necesidades y usos a partir de su entorno y de los materiales disponibles en la zona”.
“Artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: Toda persona tiene el derecho a un nivel de vida adecuado para sí misma y para su familia, incluyendo alimentación, vestido y vivienda adecuadas y una mejora continuada de las condiciones de existencia; la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. Tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad”.
La vivienda digna, según la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos es aquella vivienda donde los ciudadanos o familias pueden vivir con seguridad, paz y dignidad. La vivienda digna se inscribe en el derecho a la vivienda adecuada; debe ubicarse en espacios suficientemente salubres y equipados, en barrios urbanos o localidades rurales dotados de servicios, accesibles, con espacios intermedios de relación que permita la comunicación vecinal y social y, donde sea posible, el desarrollo familiar y personal que las sociedades demandan. Para que una vivienda sea digna y adecuada, además debe ser: 1) Vivienda fija y habitable, una vivienda unifamiliar: edificio de uso mayoritariamente residencial para más de dos viviendas. Es una edificación desarrollada para ser ocupada por una familia y pueden ser aisladas, apareadas o adosadas.
Tipos de vivienda son residencia familiar o multifamiliar: es un tipo de hábitat humano en donde varios hogares familiares o domicilios se ubican en el mismo edificio o inmueble. Este concepto se opone al de hábitat individual y también incluye y se diferencia del hábitat intermedio o hábitat semi-colectivo (alojamientos superpuestos como en el colectivo, pero con accesos individualizados y espacios exteriores privativos).
Pero en Guatemala es una misión casi imposible, pues la impunidad no permite desarrollar una planificación urbana con proyectos que integren las sociedades en relación a sus funciones y en medios ambientales que permitan realizar proyectos habitacionales adecuados. En donde la tenencia de la tierra, según el registro catastral, ha identificado que el 30% no tiene certeza jurídica y otros casos de impunidad.
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